18/08/2021
✅ Crédito a tasa cero para monotributistas ✅
✅ Se oficializo a través del Decreto 512/2021. En el cual se establecen las siguientes formalidades:
📍Monto del crédito:
Categoría A: hasta $ 90.000
Categoría B: hasta $ 120.000
Categoría C en adelante: hasta $150.000
Se tomarán las categorías en las que se encontraban al 30/6/2021.
📍¿Cómo se tramita el crédito?
A través de la página web de la AFIP. Y se otorgará a través de la tarjeta de crédito de cada monotributistas en un solo desembolso.
En la página web de la AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
Allí se visualizará si el contribuyente califica para solicitarlo y el monto que le corresponde según su categoría. Luego se deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito y se finaliza el trámite.
📍Requisitos
✅ Ser Monotributistas.
✅ No percibir ingresos en relación de dependencia, jubilación, y no prestar servicios al sector público.
✅ No encontrarse en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central.
✅ Los beneficiarios del crédito no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
📍¿Cómo se devuelve?
Se devolverá en 12 meses con un período de gracia de 6 meses.
Se aclara que aquellos monotributistas que tomaron el crédito otorgado el año pasado, podrán también tener acceso a este nuevo crédito. Y las restricciones de acceso al mismo serán las mismas que el crédito anterior.
📍¿A partir de cuándo se podrá ingresar para tramitarlo?
La página web de la AFIP estará disponible a partir de la última semana de agosto, entre el 24 y el 25 de agosto.
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