16/05/2026
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𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗜𝗡𝗚.𝗕𝗢 | Auto Supremo AS/0545/2015 Fecha: 04-Ago-2015
El Auto Supremo emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, constituye un precedente relevante en materia laboral, al desarrollar los principios que deben observarse para que un despido sea válido y legal, evitando decisiones arbitrarias por parte del empleador.
El Tribunal Supremo es claro al señalar que el despido no puede ser un acto discrecional, estableciendo que:
“𝑬𝒍 𝒅𝒆𝒔𝒑𝒊𝒅𝒐 𝒅𝒆𝒃𝒆 𝒇𝒖𝒏𝒅𝒂𝒓𝒔𝒆 𝒆𝒏 𝒖𝒏𝒂 𝒄𝒂𝒖𝒔𝒂 𝒓𝒆𝒂𝒍 𝒚 𝒐𝒃𝒋𝒆𝒕𝒊𝒗𝒂, 𝒅𝒆𝒃𝒊𝒅𝒂𝒎𝒆𝒏𝒕𝒆 𝒄𝒐𝒎𝒑𝒓𝒐𝒃𝒂𝒅𝒂, 𝒚 𝒈𝒖𝒂𝒓𝒅𝒂𝒓 𝒓𝒆𝒍𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒊𝒓𝒆𝒄𝒕𝒂 𝒄𝒐𝒏 𝒆𝒍 𝒉𝒆𝒄𝒉𝒐 𝒂𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒊𝒅𝒐 𝒂𝒍 𝒕𝒓𝒂𝒃𝒂𝒋𝒂𝒅𝒐𝒓”
Este criterio reafirma que la sola emisión de un memorándum no es suficiente, si no se cumplen los parámetros jurídicos exigidos por el Derecho Laboral.
CRITERIOS JURÍDICOS ESTABLECIDOS POR EL AS/0545/2015
1. Principio de causalidad
El despido debe estar sustentado en una causa real, objetiva y comprobable, atribuible al trabajador.
Debe existir una relación directa entre la falta imputada y la decisión de despido, descartando decisiones genéricas o arbitrarias.
2. Principio de actualidad
La sanción debe ser contemporánea al hecho atribuido.
El Tribunal enfatiza que el despido debe realizarse de forma oportuna, ya que una reacción tardía debilita la legitimidad del acto sancionador.
3. Principio de proporcionalidad
La sanción aplicada debe guardar equilibrio con la gravedad de la falta.
No toda infracción justifica la máxima sanción, por lo que el despido debe ser razonable y proporcional.
4. Debido proceso y derecho a la defensa
El trabajador tiene derecho a conocer la imputación y ejercer su defensa, no pudiendo ser desvinculado sin un mínimo respeto al debido proceso.
5. Insuficiencia del memorándum como único sustento
Un memorándum de destitución no convalida por sí solo el despido, si este no cumple con los principios de causalidad, actualidad, proporcionalidad y debido proceso.
CONCLUSIÓN JURÍDICA
– El Auto Supremo AS/0545/2015 reafirma que el despido laboral no es un acto discrecional del empleador.
– La desvinculación solo será legal cuando exista causa comprobada, actualidad, proporcionalidad y respeto al debido proceso.
– Un memorándum carente de fundamentación suficiente puede ser declarado ilegal, con las consecuencias de reincorporación y pago de derechos laborales.
𝘌𝘴𝘵𝘦 𝘈𝘶𝘵𝘰 𝘚𝘶𝘱𝘳𝘦𝘮𝘰 𝘤𝘰𝘯𝘴𝘵𝘪𝘵𝘶𝘺𝘦 𝘶𝘯𝘢 𝘳𝘦𝘧𝘦𝘳𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘦𝘴𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢𝘭 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘱𝘳á𝘤𝘵𝘪𝘤𝘢 𝘥𝘦𝘭 𝘋𝘦𝘳𝘦𝘤𝘩𝘰 𝘓𝘢𝘣𝘰𝘳𝘢𝘭 𝘣𝘰𝘭𝘪𝘷𝘪𝘢𝘯𝘰, 𝘧𝘰𝘳𝘵𝘢𝘭𝘦𝘤𝘪𝘦𝘯𝘥𝘰 𝘭𝘢 𝘱𝘳𝘰𝘵𝘦𝘤𝘤𝘪ó𝘯 𝘥𝘦𝘭 𝘥𝘦𝘳𝘦𝘤𝘩𝘰 𝘢𝘭 𝘵𝘳𝘢𝘣𝘢𝘫𝘰 𝘺 𝘭𝘢 𝘦𝘴𝘵𝘢𝘣𝘪𝘭𝘪𝘥𝘢𝘥 𝘭𝘢𝘣𝘰𝘳𝘢𝘭.