Siccae Asesores

Siccae Asesores Servicios de asesoría laboral, fiscal y contable, entre otros. Os esperamos!!

Afrontando con mucha ilusión un nuevo proyecto:
Nace Siccae Asesores, con la intención de prestar servicios de asesoramiento laboral, fiscal y contable, entre otros. El equipo está formado por Sarai Vaz (LICENCIDA EN CIENCIAS EMPRESARIALES, MASTER EN DERECHO FISCAL), María Covelo (DIPLOMADA UNIVERSITARIA EN GRADUADO SOCIAL) y Emilio Vidal (DIPLOMADO UNIVERSITARIO EN GRADUADO SOCIAL) que, avalados

con más de 15 años de experiencia, ofrecen un servicio de calidad y trato personalizado para la gestión óptima de los recursos de nuestros clientes. La apertura de nuestras oficinas será el lunes 18 en horario de verano de 9:00 a 14:00, estamos a vuestra disposición en Avenida Monterreal, número 8, bajo, en Baiona.

Las empresas podrán cesar a un trabajador si demuestran que no es posible adaptarle el puesto o recolocarlo en otro comp...
24/09/2025

Las empresas podrán cesar a un trabajador si demuestran que no es posible adaptarle el puesto o recolocarlo en otro compatible a sus capacidades

24/09/2025

Las empresas podrán cesar a un trabajador si demuestran que no es posible adaptarle el puesto o recolocarlo en otro compatible a sus capacidades

A diferencia de los ejercicios anteriores, en 2024 se permiten dos nuevas formas de pago: mediante transferencias instan...
08/04/2025

A diferencia de los ejercicios anteriores, en 2024 se permiten dos nuevas formas de pago: mediante transferencias instantáneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro (Bizum) y tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro.

La campaña de la Renta 2024 ya está aquí y desde hoy trae consigo importantes novedades que los contribuyentes deben tener en cuenta a la hora de presentar su declaración. Una...

05/12/2024

Los bancos informarán a Hacienda de todos los pagos que reciban los empresarios por Bizum, por pequeños que sean, para evitar el fraude fiscal. El Ministerio que encabeza María Jesús Montero prepara un nuevo Real Decreto que eliminará el límite de 3.000 euros anuales a partir del cual las entidades están obligadas a informar al fisco de cualquier pago que reciban profesionales y autónomos.

El texto, sometido desde este miércoles a información pública y hasta el próximo 26 de diciembre, obligará a bancos, pero también como novedad, a entidades de pago, de dinero electrónico, así como a cualquier compañía financiera extranjera que opere en nuestro país a comunicar cada mes, y por primera vez en la historia, de los pagos por Bizum, así como los hechos con tarjeta.

Es decir, si un autónomo o empresario recibe un pago de 20 euros por Bizum, se deberá informar al fisco. Para ello, la futura norma obligará a reportar cada mes toda la facturación del profesional, diferenciando entre los pagos que le han llegado por Bizum y por tarjeta, ya sea de débito, crédito, virtual, prepago, o de cualquier otro tipo.

02/10/2024

Estimados/as clientes/as

Nuestro nuevo horario de atención al público de invierno será de 09:00 a 14:00 de lunes a viernes, y miércoles de 16:00 a 18:00 horas.

Gracias por su confianza

Todos lo que formamos el grupo humano de Siccae Asesores, les deseamos una feliz navidad, agradeciéndoles un año más la ...
22/12/2023

Todos lo que formamos el grupo humano de Siccae Asesores, les deseamos una feliz navidad, agradeciéndoles un año más la confianza depositada en nuestro Despacho.

El TSXG reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores a disfrutar de permisos para asistir a técnicas de prepa...
16/11/2023

El TSXG reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores a disfrutar de permisos para asistir a técnicas de preparación al parto.

Noticias Judiciales

La Sala en pleno, formada por 15 magistrados, destaca que la resolución del INSS en la que le denegó el complemento de m...
15/11/2023

La Sala en pleno, formada por 15 magistrados, destaca que la resolución del INSS en la que le denegó el complemento de maternidad “vulneró su derecho a no ser discriminado por razón de sexo”

Noticias Judiciales

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que la empresa no puede repercutir ...
02/10/2023

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que la empresa no puede repercutir en el teletrabajador los tiempos de interrupción de la red eléctrica o de desconexión a internet por causas ajenas a su voluntad. Tampoco puede computar como tiempo de descanso el necesario para acudir al aseo y atender sus necesidades fisiológicas, de forma que no procede la recuperación de jornada o reducción del salario por tales situaciones.

Noticias Judiciales

02/10/2023

Desde el 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se ha equiparado con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.

Con esa fecha, ha entrado en vigor la modificación incluida en el Real Decreto-ley 2/2023, una ley que culmina la reforma del sistema de pensiones de nuestro país. Esta medida facilita que los más de 2 millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial -en su gran mayoría mujeres- no se vean perjudicadas a la hora de acceder a estas prestaciones por la aplicación de esos coeficientes de parcialidad.

De este modo, los periodos de actividad pasan a computar por días completos, independientemente de la jornada del trabajador durante ese periodo, lo que elimina el coeficiente global de parcialidad y se pone punto final a las reglas de proporcionalidad a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones, exigiéndose a partir de este momento los mismos períodos de cotización para el acceso a las prestaciones que a los trabajadores a tiempo completo.

Esta modificación opera con retroactividad respecto de los períodos que se van a computar como cotizados a jornada completa. Es decir, la conversión alcanza a períodos trabajados a tiempo parcial anteriores y posteriores al 1 de octubre de 2023 a los efectos del acceso y cálculo de las prestaciones de Seguridad Social. Por el contrario, esta modificación no opera con retroactividad para hechos causantes (cuando se genera el derecho) anteriores a esa fecha.

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Avd. Monterreal, 8, Bj
Bayona
36300

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