14/06/2026
¿Quién cuidará de ti cuando más lo necesites? 🏠👵**
Para muchos adultos mayores, la falta de descendencia, el distanciamiento familiar o el abandono por la alta migración han dejado un vacío que genera mucha incertidumbre.
Existe una vía legal, humana y segura diseñada para garantizar su tranquilidad: el Contrato de Alimentos Vitalicio.
En este acuerdo, el adulto mayor transmite la propiedad de bienes o inmuebles a otra persona a cambio de que esta le garantice vivienda, manutención y asistencia de por vida.
Es, en esencia, un "seguro de vida" en tiempo presente.
Se formaliza ante notario mediante escritura pública, prevalece la Libertad Contractual y permite establecer los pactos necesarios para definir con precisión los cuidados y necesidades.Especifica claramente qué comprende la "asistencia integral" (alimentación, salud, compañía, etc.).
La transmisión de la propiedad está supeditada al respeto absoluto de su dignidad.
El alimentante asume una responsabilidad obligatoria y vinculante durante toda la vida del adulto mayor .
¿Que sucede si quien recibe los bienes incumple sus obligaciones de asistencia y cuidados al adulto mayor?
¿Se puede solicitar judicialmente la resolución (cancelación) del contrato para que el adulto mayor pueda recuperar sus propiedades ?
¿Si el tribunal falla a su favor, nace la obligación legal de devolverle lo recibido ?
¿ El incumplimiento grave permite deshacer la transmisión original?
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Esta información tiene carácter estrictamente informativo y educativo de lo regulado sobre este tema en el Ordenamiento Jurídico cubano.
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