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Fallos más habituales entre los autónomos a la hora de presentar la declaración de la RENTANo debería haber ningún probl...
16/05/2023

Fallos más habituales entre los autónomos a la hora de presentar la declaración de la RENTA
No debería haber ningún problema si contamos con un buen gestor y llevamos al día nuestra facturación, pero las prisas o las decisiones tomadas sin reflexionar nos llevan a cometer estos errores. Presta atención para no caer en alguno de estos fallos:

Entregar la declaración de la RENTA fuera de su plazo. Si hay algo que poner muy nerviosa a Hacienda es que la hagan esperar. Existe un calendario fiscal y hemos de ceñirnos a él. Hay una fecha límite de entrega de la declaración de IRPF y es el 30 de junio de 2023. Procura durante estos meses, tener todo listo.
Aplicar bonificaciones o deducciones equivocadas. Omitir datos importantes o incluir algunos falsos conlleva sanciones. Si la infracción se considera grave, nos aplicarán un 15% del importe a pagar en la liquidación. Por otro lado, si se omiten datos importantes o información falsa, la multa son 300 euros.
Número de Identificación Fiscal (NIF) equivocado. Si no nos identificamos de manera correcta con nuestro Número de Identificación Fiscal (NIF) la sanción por parte de Hacienda será de 150 euros, si es leve, de mínimo 1000 euros si es grave, o e 30.000 euros si es muy grave. Cuidemos esos detalles.
Nada de documentación falsa para obtener algún beneficio. Aportar facturas, documentos o justificantes que no sean legales con el propósito de obtener un beneficio en nuestra declaración de la RENTA superior a 3000 euros, conlleva una multa de entre el 50% y el 100% del importe a pagar.
No merece la pena jugárnosla con información poco transparente. A la hora de la verdad la declaración de la renta puede ser una fuente de buenas noticias si la cumplimentamos bien (que nos salga a devolver).

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29/03/2023

Cada vez es más complejo tener claro como confeccionar nuestra renta y patrimonio, por ello es mejor dejarlo en manos de expertos, Y tú qué piensas , te atreves a gestionarla tú o lo dejas en manos de un profesional?

Renta 2022/2023: estas son las principales novedades fiscales y cambios en la declaraciónLa rebaja fiscal ha modificado ...
24/03/2023

Renta 2022/2023: estas son las principales novedades fiscales y cambios en la declaración
La rebaja fiscal ha modificado la obligación de hacer este trámite para algunos contribuyentes

Aunque hacer la declaración de la renta es un trámite que todos los años consiste en prácticamente lo mismo, la campaña 2022/2023 presenta varias novedades importantes que harán que muchos contribuyentes paguen menos impuestos, mientras que otros estarán exentos de presentar la declaración anual de sus cuentas. Además de la rebaja fiscal, en enero ya han entrado en vigor otros cambios tributarios a los que debes prestar atención.

Ya se conocen las fechas clave de la Declaración de la Renta 2022, que desde abril de 2023 ya podrá presentarse, siendo los primeros aquellos que lo hagan a través de internet. Más tarde lo harán los que necesiten la ayuda por vía telefónica o presencial del equipo de la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración.
Si tienes dudas te puedo ayudar ( + 34 658524368).

Quién está exento de hacer la declaración de la renta ( el hecho de que una persona este exenta, no significa que no la deba hacer, pues podría salirle a cobrar, mi consejo es que se revise siempre, pues podría interesarle hacerla aunque se esté exento, se lo reviso sin compromiso con una sola llamada sin coste alguno (+ 34 658 52 43 68)

Cada año los contribuyentes buscan reducir la factura fiscal para que el importe a pagar sea lo más bajo posible. Pero este 2023 una gran parte de los trabajadores podrán beneficiarse de la rebaja fiscal aprobada por el Gobierno el año pasado.Este año ya no tendrán que hacer la declaración los trabajadores con ingresos inferiores a 15.000 euros, antes el límite se situaba en los 14.000, que perciban rendimientos del trabajo en los siguientes supuestos:

- Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones

- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

En el caso de los asalariados con solo un pagador, el límite se marca en los 22.000 euros en la obligatoriedad de presentar la declaración.

Bajan las retenciones de IRPF en la nómina
Una de las principales novedades tributarias para este 2023 es la reducción del importe de las retenciones en la nómina de los trabajadores que se traducirá en un incremento en el sueldo mensual. Hacienda rebaja la retención del Impuesto de la Renta a los ingresos inferiores a 21.000 euros anuales, que antes solo se aplicaba a los ingresos que no superaban los 18.000 euros. También los contribuyentes que alcancen los 32.200 euros verán cómo las retenciones del IRPF en sus nóminas descienden a partir de 2023.

Esta rebaja en la retenciones de IRPF significa que aquellos contribuyentes que ganen entre 21.000 euros y 32.500 euros al final de la campaña de la renta si les sale a pagar deberán ingresar algo más a la Agencia Tributaria, mientras que si les sale a devolver contarán con una cuantía algo inferior.

La declaración de la renta cambia para los autónomos
Este 2023 trae un nuevo sistema de cotización de autónomos que cambia las cuotas de los trabajadores por cuenta propia. Los nuevos autónomos que se den de alta a partir del 1 de enero tendrán que abonar una cuota de 80 euros con la tarifa reducida. El nuevo sistema de cotización ahora cuenta con 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo. Esta reforma también cambia los requisitos para pedir la prestación por cese de actividad y la obligación de hacer la declaración de la renta.

Como los nuevos autónomos cotizarán en función de los ingresos, deberán presentar la declaración de la renta para que Hacienda conozca sus cuentas. En el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, se cambió el artículo 96.2 de la Ley del IRPF para incluir que ahora en cualquier caso estarán «obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar». Así, se establece que independientemente de los ingresos todos los autónomos tendrán que presentar la declaración.

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18/03/2023

ASESORÍA INTEGRAL INDALO ONLINE.
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