26/08/2026
¿ESTÁS EN EL RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO Y SIGUES PAGANDO A CUENTA SIN REVISAR SI PUEDES SUSPENDERLO?
💰 Tu empresa podría reducir temporalmente sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, siempre que cumpla las condiciones establecidas en la normativa.
📌 Si tus ingresos netos no superan las 300 UIT: puedes solicitar la suspensión a partir de agosto, siempre que se cumpla alguno de estos supuestos:
✔️ En el Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de julio no exista impuesto calculado.
✔️ Los pagos a cuenta realizados más el saldo a favor sean iguales o superiores al impuesto anual proyectado.
⚠️ Importante: suspender pagos a cuenta no significa que desaparezca el Impuesto a la Renta anual. Es una medida que permite adecuar los anticipos mensuales al resultado proyectado de la empresa.
📊 Antes de continuar pagando, revisa si tu empresa cumple los requisitos.
¿Quieres saber si tu empresa puede suspender sus pagos a cuenta? Escríbenos y evaluamos tu caso.