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J&N Asesoria y Consultoria Especialistas en temas financieros, tributarios laborales y contables.
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01/10/2024

Decreto Legislativo 1669: Elimina plazo de 12 meses para el registro de comprobantes

02/09/2024

Aprueban nuevo fraccionamiento especial para deudas tributarias.

Mediante la Ley N° 32089 (Pub. 04/07/2024), se delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar entre otros, en materia tributaria, por el plazo de 90 días calendario.

Una de las materias delegadas, fue un fraccionamiento especial para deudas administradas por la Sunat que constituyan ingresos del tesoro público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023, para incentivar el pago de las deudas mediante el otorgamiento de un bono de descuento en función del nivel de deuda y condicionado al cumplimiento del pago, sin incluir descuento sobre insoluto ni anticipo.

Bajo esa premisa, se publicó el Decreto Legislativo 1634 que regula el nuevo fraccionamiento especial para deudas tributarias administradas por la Sunat. Este decreto permite a los deudores acogerse a pagos al contado, sumarios o fraccionados, con descuentos significativos en intereses y multas. La medida abarca las deudas exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.

03/06/2024

Teletrabajo: Nuevos derechos y obligaciones incorporados por el Congreso🥹🥹

La propuesta modifica los artículos 6, 11, 12, 21 y 23 de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo. Así, con respecto al derecho del teletrabajador se indica que el tiempo no laborado, a causa de cortes en el suministro de la luz o por la falta de servicio de internet debidamente acreditados, no pueden ser motivo de descuento en las remuneraciones del teletrabajador ni tampoco objeto de recuperación posterior.

Sobre el lugar donde se desarrolla el teletrabajo, en caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de cinco días hábiles, salvo causa debidamente justificada.

En este caso, el teletrabajador garantiza las condiciones informáticas y de comunicaciones óptimas para realizar el teletrabajo de manera adecuada.

“Desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, el empleador identifica los peligros y evalúa los riesgos a los que se encontraría expuesto el teletrabajador e implementa las medidas correctivas correspondientes, para lo cual el teletrabajador le brinda las facilidades de acceso a su nuevo lugar habitual de teletrabajo”, se indica en la iniciativa.

Asimismo, se indica que, durante el desarrollo de la jornada laboral, el teletrabajador se encuentra prohibido de abandonar el lugar habitual de teletrabajo y de realizar actividades particulares; en este último caso, si las realizas, deberás justificarlas.

“No presentar la justificación constituye una falta disciplinaria grave, siendo causal para el inicio de un procedimiento disciplinario y posterior sanción, según corresponda, la cual puede disponer la reversión automática de la modalidad de teletrabajo”, se precisa.

La propuesta fue sustentada por el congresista Pasión Dávila Atanacio (BM), presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, quien señaló que la norma previene y evita futuras malas interpretaciones o incorrectas aplicaciones del teletrabajo.

A su turno, la autora de la iniciativa, María del Carmen Alva (No-A) dijo que en otros países las normas sobre teletrabajo están muy avanzadas y el Perú debe estar a esa altura. Asimismo, dijo que la propuesta tiene la opinión favorable de Servir, el Ministerio de Trabajo y de sindicatos, por lo que ahora los teletrabajadores tendrán un mejor marco normativo.

06/05/2024

"El uso de teléfonos móviles en horas de trabajo como falta sancionable"

Sobre el uso de equipos móviles durante las horas de trabajo, la Corte Suprema, a través de la Casación Laboral N° 21412-2022 Lima Este, se ha pronunciado a favor de la procedencia del despido por dicha causal; constituyéndose en una de las primeras sentencias casatorias que resuelve un caso relacionado con el uso de celulares en el ámbito del trabajo. Configurándose así, una nueva causal válida para el término del vínculo laboral.🥹

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Terminando inventario de activo fijo Puratos Perú Sa
29/04/2024

Terminando inventario de activo fijo Puratos Perú Sa

Asistiendo al Foro Empresarial
19/04/2024

Asistiendo al Foro Empresarial

Inventario de activo fijo Puratos Perú SA
18/04/2024

Inventario de activo fijo Puratos Perú SA

12/03/2024

Atención...

SUNAFIL ENVÍA CARTAS INDUCTIVAS SOBRE SEGURO DE VIDA LEY
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) está enfocando sus esfuerzos en garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales relacionadas con el bienestar y seguridad de los trabajadores. En este contexto, la SUNAFIL ha iniciado el envío de cartas inductivas a las empresas para enfatizar la importancia de la contratación y registro adecuado del seguro vida ley. A continuación, presentamos un resumen de los aspectos más relevantes de esta comunicación.

¿Qué mensaje comunica la carta emitida por la SUNAFIL a las empresas?

La carta tiene como principal objetivo informar a las empresas sobre la detección de posibles incumplimientos en la contratación y registro del seguro vida ley a favor de sus trabajadores. La SUNAFIL subraya la necesidad de asegurar una cobertura adecuada para los trabajadores desde el inicio de su relación laboral, independientemente de la modalidad contractual. Se destaca la importancia de este seguro como un pilar fundamental para la seguridad y protección de los trabajadores y sus familias en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente.

¿Cuáles son los documentos específicos que está solicitando?

La SUNAFIL solicita a las empresas la presentación de dos documentos específicos a través de su Casilla Electrónica:

El "Comprobante de envío", obtenido del Sistema Virtual del Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley, que refleje los registros de pólizas desde enero de 2023 a la fecha.
El "Listado de trabajadores asegurados por póliza", también obtenido del Sistema Virtual del Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley, con información desde enero de 2023 hasta la fecha.
Estos documentos deben presentarse dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de acuse de recibo de la carta.

UIT 2024 : S/ 5,150.00 Decreto Supremo N° 309-2023-EF
28/12/2023

UIT 2024 : S/ 5,150.00
Decreto Supremo N° 309-2023-EF

04/12/2023

Proyecto de Ley que plantea derogar ley de bancarización
Como es de conocimiento general, la Ley Nº 28194, establece entre otros aspectos, la creación del Impuesto a las Transacciones Financieras cuya alícuota es el 0.0005% y su finalidad es extrafiscal.

Mediante el Proyecto de Ley Nº 6568/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 01 de diciembre de 2023, se plantea derogar la Ley N° 28194, Ley que regula la bancarización, así como las disposiciones que se opongan a la presente propuesta a fin de restituir el principio de no confiscatoriedad, el secreto bancario y la simplificación de las transacciones bancarias de los peruanos.

Según la exposición de motivos de la presente propuesta, se pueden resaltar los siguientes aspectos:

Uno de los motivos que busca esta propuesta es derogar el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Se señala que dicho impuesto no tiene fines recaudatorios, sino fines extrafiscales por lo que el costo de administrar tal impuesto es mucho mayor a la recaudación.
El ITF genera una carga tributaria acumulativa es decir que grava sobre el importe de un monto el ITF genera una carga tributaria acumulativa, es decir, que grava sobre el importe de un monto gravado.
El ITF perjudica la fluidez de las transacciones económicas

A tener en cuenta...Antes que termine el año 🥹
01/12/2023

A tener en cuenta...Antes que termine el año 🥹

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