Estudio Contable Rimarachin & Asociados

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25/09/2024

EMPRESA IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA está en búsqueda de un AUXILIAR CONTABLE:
REQUISITOS:
✔️De la carrera de Contabilidad Técnico o Universitario últimos siclos.
✔️Experiencia mínima de 1 año en puestos.
✔️Experiencia realizando conciliaciones bancarias, registros en Libro diario, Registro de Compras y análisis de cuentas.
✔️Excel nivel intermedio
DESEABLE:
✔️Registro contable en el sistema CONCAR
FUNCIONES:
• Revisión y consolidación de registros de bancos.
• Registro de comprobantes en el sistema.
• Análisis de cuentas.
• Otras funciones asignadas por el jefe directo.
❗ Disponibilidad para laborar
Lugar: Calle Las Esmeraldas 273 La Victoria -Lima.
Indicar AUXILIAR CONTABLE
Interesados, enviar su CV al correo: [email protected]

📌GRATIFICACIÓN 2021: 👉 ESTE MES TRABAJADORES RECIBIRÁN la 'GRATI DE FIESTAS PATRIAS👈Las empresas deberán depositar a sus...
06/07/2021

📌GRATIFICACIÓN 2021:

👉 ESTE MES TRABAJADORES RECIBIRÁN la 'GRATI DE FIESTAS PATRIAS👈

Las empresas deberán depositar a sus trabajadores la gratificación de Fiestas Patrias durante la primera quincena de julio de este 2021, según lo establecido en la ley 27735.

Este derecho laboral se entrega a los trabajadores del sector privado, cualquiera que sea su modalidad contractual, siempre y cuando cumpla con los requisitos y condiciones previstas en la ley.

✔️¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA RECIBIR EL PAGO?

De acuerdo con el estudio Payet, los trabajadores deben estar laborando de forma efectiva, de vacaciones, descanso médico, o en licencia con goce de haber para recibir el depósito.

Además, el empleado debe haber laborado, por lo menos, un mes en el semestre comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de junio de 2021.

✔¿QUIENES NO PERCIBEN LA GRTIFICACIÓN?

El gremio empresarial mencionó que no tienen derecho a este beneficio, los trabajadores que por convenio con la empresa perciben “Remuneración anual integral”, dado que, en este caso, la gratificación y la CTS, ya están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.

Asimismo, no tienen derecho a la gratificación los trabajadores de microempresas que fueron contratados, después que la microempresa se inscribiera en el Remype.

Igualmente, no percibirán la gratificación los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa), por cuanto no son trabajadores de planilla; pues, están regulados por el Código Civil – locación de servicios.

✔️¿CÓMO SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN DE FIESTAS PATRIAS?

La gratificación legal es igual a la remuneración que recibió el trabajador al 30 de junio.

El calculo de la 'grati' se determina teniendo en cuenta el tiempo laborado. Por ello si el empleado ha trabajado los últimos 6 meses completos en la misma empresa, entonces le pagarán un equivalente a su remuneración sin descuentos.

Por ejemplo:

• Si su remuneración bruta fue de S/ 2,400 y ha trabajado todos los meses desde enero recibirá ese mismo monto de gratificación.

• Pero, si el trabajador ingresó a laborar un 15 de marzo, solo tendrán en cuenta los meses de abril, mayo y junio, y la 'grati' sería de S/1,200.

Además de esto, los trabajadores tienen derecho a percibir la bonificación extraordinaria correspondiente al 9% de las aportaciones a EsSalud.

Ese monto se suma a lo que te depositará la empresa. Por ejemplo: Si ganas S/1,000 y estás afiliado a EsSalud entonces el calculo sería de: S/1,000 + 9% de tu sueldo (S/90) = S/1,090.

Fuente: RPP

📌LABORAL.LEY Nº 31246 LEY QUE MODIFICA LA LEY 29783.👉👉 Ley de seguridad y salud en el trabajo, para garantizar el derech...
26/06/2021

📌LABORAL.

LEY Nº 31246 LEY QUE MODIFICA LA LEY 29783.

👉👉 Ley de seguridad y salud en el trabajo, para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario 👈👈

✔Objeto de la ley.

La presente ley tiene por objeto modificar los artículos 49 y 60 de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar el bienestar de los trabajadores de los sectores público y privado, indistintamente del régimen laboral que tengan, o de la modalidad, presencial o remota, por la que están desarrollando sus labores, para lo cual, el empleador debe asumir el costo de los equipos de protección personal, de acuerdo a las normas técnicas peruanas, establecidas en la Resolución Directoral 005-2020-INACAL/DN, y el costo de las pruebas de tamizaje necesarias, debidamente acreditadas por la Autoridad Nacional de Salud; todo ello, con el objetivo de controlar la propagación de enfermedades transmisibles dentro y fuera del ámbito laboral.

📌FINANCIERA.👉LEY Nº 31171 QUE AUTORIZA LA DISPOSICIÓN DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS A FIN DE CUBRIR LAS NEC...
23/04/2021

📌FINANCIERA.

👉LEY Nº 31171 QUE AUTORIZA LA DISPOSICIÓN DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS A FIN DE CUBRIR LAS NECESIDADES ECONÓMICAS CAUSADAS POR LA PANDEMIA DEL COVID-19👈

✅Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto autorizar a los trabajadores a disponer de la compensación por tiempo de servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19.

✅ Disponibilidad temporal de los depósitos de la compensación por tiempo de servicios (CTS)

Autorízase, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

LEY Nº 31171, Publicada el Viernes 23 de Abril 2021.

📌LABORAL 👉👉MINISTERIO DE TRABAJO APROBÓ REGLAMENTO DE LEY DE LAS TRABAJADORAS y TRABAJADORES DEL HOGAR👈👈 El Ministerio d...
18/04/2021

📌LABORAL

👉👉MINISTERIO DE TRABAJO APROBÓ REGLAMENTO DE LEY DE LAS TRABAJADORAS y TRABAJADORES DEL HOGAR👈👈

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Reglamento de la Ley N° 31047 de las/los trabajadoras y trabajadores del hogar, mediante el cual se establecen diversas disposiciones sobre los derechos laborales reconocidos, a través de dicha Ley, a este importante grupo laboral.

Mediante el Reglamento, se aprobaron disposiciones específicas sobre los derechos a: La Norma indica que los empleadores que contraten a una persona que brinden servicio doméstico a tiempo completo o por horas deberá cumplir con realizar un contrato de trabajo por escrito, brindar una remuneración no menor a S/ 930, las gratificaciones legales, la compensación por tiempo de servicios, las vacaciones de 30 días, la seguridad social, la protección de la maternidad, descansos remunerados entre otros, los cuales permiten lograr condiciones de trabajo decentes, dignas y justas.

▶️PRECISIONES A LOS DERECHOS

Asimismo, se brindan precisiones sobre los siguientes derechos: a trabajar en un ambiente que preserve la salud y seguridad de las/los trabajadoras y trabajadores del hogar; a recibir facilidades para acceder a la educación básica obligatoria o a la formación profesional o técnica, según corresponda; a la libertad sindical, el fomento a la negociación colectiva y el respeto del derecho a huelga; y a la seguridad social en salud y pensiones (ONP o AFP).

Cabe indicar, además, que se reafirma la prohibición legal de que se realicen descuentos sobre las remuneraciones que perciben las/los trabajadoras y trabajadores del hogar por conceptos como alimentación, alojamiento, entrega de uniformes, equipos de protección, instrumentos o herramientas para la prestación del trabajo. De igual modo, cabe resaltar que se regula el procedimiento de prevención y sanción del hostigamiento sexual en el trabajo del hogar, considerando las particularidades de esta labor.

✅Obligaciones de las Agencias Privadas de Empleo.

Informar a las personas trabajadoras y a las posibles personas empleadoras sobre sus derechos y obligaciones, así como la prohibición de que la persona empleadora pueda deducir de la remuneración montos con la finalidad de cubrir el pago, o parte de este, del servicio de colocación de la agencia privada de empleo. Además, se debe informar de las prohibiciones de las agencias privadas de empleo. Para ello, la agencia privada de empleo elabora y publica en espacio público y visible, un protocolo de contratación que contiene la información antes referida.

Fuente: RPP

📌RENTA ANUAL 2020. 👉👉Declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)...
25/03/2021

📌RENTA ANUAL 2020.

👉👉Declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio 2020👈👈

✅Renta de trabajo, primera y segunda categoria o renta de fuenta extranjera.

Una de las principales novedades es que para la Declaración de Renta 2020 las personas naturales podrán utilizar el Formulario Virtual 709 y presentarlo a través de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) o declarar desde un celular con el app Personas.

Los obligados a presentar la declaración anual-
Están obligados a presentar la declaración las personas naturales que:

- Hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

-Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.

-Los que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
También deben cumplir con esta obligación las que determinen un saldo por pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.

-Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría

✅Renta de Tercera Categoria( empresarial).

En el caso de empresas, la resolución indica que la presentación de la Declaración Anual de Renta 2020 solo se realizará a través del Formulario Virtual N°710, eliminando el uso del PDT 710 Renta Anual Tercera Categoría e ITF, ademas contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

Esta obligación involucra a los contribuyentes del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario que hubieran generado rentas o pérdidas en el ejercicio 2020.

📌LABORAL👉SUNAFIL PONE A DISPOSICIÓN APLICATIVO PARA QUE TRABAJADORES VERIFIQUEN SI ESTÁN EN PLANILLA👈La Superintendencia...
26/01/2021

📌LABORAL

👉SUNAFIL PONE A DISPOSICIÓN APLICATIVO PARA QUE TRABAJADORES VERIFIQUEN SI ESTÁN EN PLANILLA👈

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha desarrollado un aplicativo, dirigido a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada desde noviembre de 2020, a través del cual podrán verificar si se encuentran registrados en la planilla electrónica de su empleador y, por lo tanto, si se encuentra en situación de formalidad.

El acceso a este aplicativo es a través de una PC o dispositivo móvil, ya sea celular, tableta e incluso a través de la página web de la SUNAFIL: https://www.gob.pe/11525-verificar-si-estas-en-planilla

De esta forma, se realizará un cruce de información entre los datos ingresados por el trabajador y lo declarado por el empleador en la planilla electrónica, donde se determinará si existe una posible omisión o incumplimientos a la normativa sociolaboral. En caso se advierta dicha omisión, la SUNAFIL comunicará vía el Sistema de Casilla Electrónica tal circunstancia, para que se regularice el hecho, en un plazo determinado.

▶️DATO

Cabe señalar que los trabajadores podrán hacer uso del aplicativo a la semana de haber ingresado a laborar, y que en todo momento será protegida su identidad, para que no haya posibles represalias por parte de los empleadores.

La SUNAFIL hace uso intensivo de las TIC’s, para acercarse a los usuarios y brindar accesibilidad de los servicios públicos, en este caso verificar el cumplimiento de la normatividad sociolaboral en favor de los trabajadores.

Este nuevo aplicativo responde a uno de los ejes del fortalecimiento del sistema inspectivo, pues ayuda a detectar el incumplimiento en la formalización laboral.

Fuente: GOBE.PE

📌TRIBUTARIA 👉SUNAT: ¿CÓMO DEMOSTRAR EL ORIGEN DEL DINERO EN TU CUENTA BANCARIA SI TIENES MÁS DE S/10,000?👈El intendente ...
06/01/2021

📌TRIBUTARIA

👉SUNAT: ¿CÓMO DEMOSTRAR EL ORIGEN DEL DINERO EN TU CUENTA BANCARIA SI TIENES MÁS DE S/10,000?👈

El intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, ha explicado que la entrega de información financiera no implicará que necesariamente exista una evasión o elusión. Los datos solo servirán para cruzar información con las declaraciones que se hayan presentado.

"Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat -primero- es preguntarle al contribuyente, cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000. Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat", comentó en RPP Noticias.

▶️PERO, SI NO HE EMITIDO NINGUNA DECLARACIÓN ANTE LA SUNAT, ¿CÓMO DEBO DEMOSTRAR EL ORIGEN Y LEGALIDAD DE MIS DEPÓSITOS?

"Una persona con ciertos parámetros de responsabilidad podría prever todos los escenarios y tener un respuesta fidedigna para la administración tributaria (para justificar el origen de un depósito superior a los S/ 10,000). El problema es que la Sunat no se queda contenta o satisfecha únicamente con el dicho, sino que pide pruebas", dijo Renzo Grandez, tributarista del estudio Payet, a Gestión.

El especialista indica que es probable que pidan documentos que el contribuyente probablemente no tenga a la mano, por ejemplo: Si el dinero que se encuentra en su cuenta de ahorros es producto de los intereses generados por un préstamo entonces le pedirán el contrato, o si el monto corresponde a la donación un inmueble le pedirán la escritura pública.

"Ahí radica el problema, si bien la Sunat va a tener una mayor posibilidad de pedir información a los contribuyentes, este no está acostumbrado al cumplimiento de estas formalidades", señala.

Si el dinero ahorrado en su cuenta es producto de años de trabajo, el experto señala que si el empleo fue formal hay manera de probarlo ante la Sunat.

“Si es dinero ahorrado en función a mi trabajo, sí tengo como probarlo, porque ese dinero ha tributado -si es que he trabajado para una empresa- tengo como agenciarme con documentación fehaciente que acredite el origen de ese dinero”, señala.

Pero en el caso de los trabajadores informales el caso es distinto pues al no tener un comprobante de pago "la Sunat va a poder cobrarle a este contribuyente todo lo que dejó de pagar al fisco".

Fuente: RPP

🚨SUNAT👉SUNAT CONGELARIA CUENTAS SI HAY INCONSISTENCIAS ENTRE LO QUE INFORMA LOS BANCOS Y LO QUE SE DECLARA👈¿Qué implica ...
04/01/2021

🚨SUNAT

👉SUNAT CONGELARIA CUENTAS SI HAY INCONSISTENCIAS ENTRE LO QUE INFORMA LOS BANCOS Y LO QUE SE DECLARA👈

¿Qué implica ello? José Verona, abogado tributarita, detalló no todo lo que informará el banco a la Sunat será fiscalizado.

“Lo que hará la Sunat es cruzar la información que le provee el banco (de los clientes con cuentas bancarias de S/ 10,000 o más) con lo que está declarado en su sistema. Si detecta inconsistencias, se programará una fiscalización tributaria”, subrayó.

Por ejemplo -explicó- si una persona declara ante Sunat que percibe S/ 4,000 mensuales como rentas por recibo por honorarios, es decir, al año recibe S/ 48,000 pero aparece que tiene una cuenta bancaria por S/ 500,000, la Sunat va a fiscalizarla. Específicamente cómo es que tienes una depósito de S/ 500,000 si es que solo tiene ingresos por S/ 48,000 al año.

Si se detecta este tipo de inconsistencias -entre lo que informa los bancos y lo que se declara ante el fisco- la Sunat podría congelar las cuentas bancarias afectadas a través de una medida cautelar previa.

“(¿Sunat puede congelar la cuenta bancaria de hallar inconsistencias?)Si, lo puede hacer a través de una medida cautelar previa. Sunat emite una medida cautelar previa, sin es que tiene dudas o no tiene la seguridad de reparo, entonces embarga la cuenta. No vaya hacer que desaparezcas la plata y no tenga después como pagar (el contribuyente) al fisco”, explicó.

Fuente: Gestión

📌LABORAL👉TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE GANEN HASTA S/3,208 NO PAGARÁN IMPUESTO A LA RENTA👈La Superintendencia Nacional...
28/12/2020

📌LABORAL

👉TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE GANEN HASTA S/3,208 NO PAGARÁN IMPUESTO A LA RENTA👈

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó sobre quienes estarán exonerados del pago al Impuesto a la Renta (IR).

A través de la reciente Resolución de Superintendencia Nº 225-2020/SUNAT, se indicó que el incremento de la UIT de S/ 4,300 a S/ 4,400 en el 2021, ampliará la cantidad de exonerados del pago del IR.

Aquellos trabajadores independientes, es decir, que emiten recibos por honorarios, no estarán obligados al IR si sus ingresos son de máximo S/3,208 al mes.

Mientras que, los trabajadores con rentas de quinta categoría, aquellos en la planilla de una empresa, están exonerados del IR si su salario mensual no supera los S/ 2,567.

Asimismo, los trabajadores por planilla o por recibo que no ganen más de S/ 38,500 durante el 2021podrán solicitar la suspensión de las retenciones o pagos a cuenta del impuesto a la renta.

▶️¿CÓMO SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DE LAS RETENCIONES O PAGOS POR INTERNET?

Para presentar la solicitud, el contribuyente debe ingresar al portal de la Sunat y acceder con su “Clave SOL” a “Sunat Operaciones en Línea”. En ese módulo podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609.

Luego de consignar la información solicitada y validar sus datos podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión, que tiene vigencia desde el día siguiente en que fue generada hasta el 31 de diciembre del 2021.

Para obtener más información, los contribuyentes pueden comunicarse con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 y desde su celular llamando al *4000.

Fuente: RPP

📌TRIBUTARIO 👉MÁS DE 100 PERSONAS FUERON SENTENCIADAS POR DELITOS TRIBUTARIOS, ¿CUÁLES SON LOS MÁS COMUNES?👈El Poder Judi...
16/12/2020

📌TRIBUTARIO

👉MÁS DE 100 PERSONAS FUERON SENTENCIADAS POR DELITOS TRIBUTARIOS, ¿CUÁLES SON LOS MÁS COMUNES?👈

El Poder Judicial, a través de sus diversas instancias, sentenció a 106 personas con p***s efectivas de cárcel por haber cometido delitos tributarios o aduaneros que afectaron al fisco y a los negocios formales que sí cumplen con sus obligaciones y pagan sus impuestos, informó la Sunat.

Dichas sentencias, que van entre los 5 y 8 años de prisión efectiva, forma parte de las acciones de fiscalización y control realizadas por la entidad, que permitieron obtener pruebas suficientes para formalizar las denuncias por delitos tributarios y aduaneros, los cuales fueron comprobados durante el proceso judicial.

▶️MODALIDAD DE DELITO TRIBUTARIO

Entre los sentenciados de este año, es la obtención indebida de crédito fiscal mediante el uso de facturas falsas o clonadas (modalidad conocida como “operaciones no reales”) para justificar actividades comerciales que nunca se efectuaron.

En esos casos, el Impuesto General a las Ventas (IGV) registrado en la factura falsa o clonada fue utilizado como crédito fiscal con la finalidad de evitar o reducir el pago de dicha obligación tributaria.

Además, el total facturado fue deducido fraudulentamente como gasto para efectos del Impuesto a la Renta (IR).

De esta manera, los sentenciados no solo evadieron el pago de impuestos, sino también ejercieron competencia desleal con los negocios que sí cumplieron con pagar sus tributos y que actualmente contribuyen a la reactivación de la economía.

▶️DATO

En materia aduanera, los principales delitos cometidos fueron contrabando, tráfico de mercancías prohibidas o restringidas, así como la defraudación de rentas de aduana, es decir, el no pago o el pago de menos tributos por el ingreso de las mercancías que importaron al país.

Las acciones de fiscalización -dijo la Sunat- son permanentes y la acción de la Procuraduría Pública de la Sunat. La mayor incidencia de sentenciados se ha dado en Lima, Arequipa, Puno y en El Callao.

Fuente: Diario Gestión.

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