06/01/2026
Suspensión de retenciones de Cuarta Categoría – Año 2026
🚨ATENCIÓN PROFESIONALES INDEPENDIENTES PERSONAS NATURALES Y TECNICOS QUE PRESTAN SERVICIOS Y EMITAN RECIBO POR HONORARIOS
No olviden de generar la correspondiente suspensión de renta de pagos y retenciones de pago de cuarta categoría pero tienes que tener en cuenta lo siguiente: Se emite la suspensión para que no te retengan el 8% siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por SUNAT.
🗓️ Para este año 2026 la UIT (UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA) es de S/ 5,500.00 soles.
🔴Puedes solicitar la suspensión si:
✅Tus ingresos mensuales no superan los S/ 4,010.00 soles.
✅Cuando tus ingresos de 4ta categoría (RxH) y tu renta de 5ta categoría (PLANILLA) no supera los S/ 48,125.00 soles durante todo el año 2026.
⚠️ ¿Qué sucede si al inicio del año generaste la suspensión pero durante el mismo año superas el límite anual de tus ingresos es decir sobre pasas los S/ 48,125.00 soles?
Se recomienda que el Recibo por Honorarios que generes en adelante, se efectué con el 8% de retención así te evitas futuras infracciones con SUNAT.
Si embargo si tu como trabajador profesional te proyectas superar el límite de ingresos por 4ta o 5ta categoría, es primordial que durante el año en tus siguientes consumos solicites boleta electrónica con tu DNI para deducir hasta 3 UIT adicionales al cierre del ejercicio:
👩🏻⚕️Honorarios profesionales de médicos y odontólogos
🏨Hoteles y alojamientos
🍴Restaurantes
🏘️Alquiler de inmuebles
👷🏻♀️Servicios prestados - Renta de cuarta categoría
🏥Pagos a EsSalud por trabajadores del hogar.
Y si no superas el límite de tus ingresos, *podrás solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso*.
Si necesitas ayuda para generar suspensión de renta de pagos y retenciones de pago de cuarta categoría escríbenos📲 972 723 685 te brindamos mas información y asesoría.
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