Miguel Vidal

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Miguel Vidal No te dejes presionar por el supervisor o la entidad. Yo se como ponerlos contra las cuerdas.

La solución para tu Residente que no sabe de contratos y para tu Abogado que nunca ha pisado una obra.

03/09/2026
30/07/2026

¿Ya te aprobaron el contrato de tu obra vial? Eso no lo hace intocable.

La Entidad puede revisar tu expediente después, aunque ya estés ejecutando la obra. La presunción de veracidad de lo que declaraste o presentaste no es absoluta: si detecta un indicio de documento falso o una declaración inexacta, puede declarar la NULIDAD del contrato — aunque ya esté perfeccionado, aunque ya esté en ejecución.

Lo que pocos contratistas saben: antes de anularlo, la Entidad está obligada a darte tu derecho de defensa. Te corre traslado y te pide tus descargos antes de decidir. No es automático, pero tampoco es un cheque en blanco para confiarte.

Este criterio lo confirma la Opinión N.° D000070-2026-OECE-DTN del OECE, y se mantiene vigente en concepto bajo la Ley 32069 y su Reglamento.

¿Tu expediente técnico y tu oferta están blindados para resistir un control posterior?

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Miguel Vidal
Experto en proyectos y ejecución contractual
Obras y servicios con el Estado 🇵🇪

28/07/2026

¿Tu expediente de adicional recibió una opinión desfavorable del supervisor? Muchos contratistas creen que ahí se acaba el trámite. No es así.

El Reglamento obliga a la Entidad a resolver y notificar su decisión en un plazo máximo de 12 días hábiles, sin importar si la opinión del supervisor fue favorable o no. El silencio de la Entidad no es una opción legal.

Lo confirma la Opinión N.° D000068-2026-OECE-DTN.

¿Tu Entidad se está tomando más de la cuenta para resolver un adicional?

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Miguel Vidal
Experto en proyectos y ejecución contractual
Obras y servicios con el Estado 🇵🇪

24/07/2026

¿Sabías que existen cinco tipos de valorización en obra pública? Muchos contratistas solo conocen una y por eso pierden dinero que sí les correspondía.

Estas son las cinco, y de dónde sale cada una:

1️⃣ Obra principal — sale del monto contratado.
2️⃣ Obra adicional — sale de las obras adicionales aprobadas.
3️⃣ Mayores metrados — sale de lo que ejecutaste de más.
4️⃣ Mayores gastos generales — sale de las ampliaciones de plazo.
5️⃣ Intereses legales — sale de la demora en tus pagos.

La regla de oro: preséntalas por separado. Si las mezclas en una sola valorización, la Entidad puede observar el íntegro y no pagarte conceptos que sí correspondían.

¿No tienes claro cómo separar tus valorizaciones o alguna te la vienen rechazando? Escríbeme.

Miguel Vidal
Especialista en proyectos y ejecución contractual

23/07/2026

¿Tu oferta realmente está lista para presentarse?

Antes de enviarla, una segunda revisión puede ayudarte a detectar omisiones e
inconsistencias visibles que todavía estás a tiempo de corregir.

Mi **Revisión Preventiva de Oferta** incluye:

- Contraste de bases integradas frente al borrador de tu oferta.
- Revisión de un procedimiento, un postor y un ítem.
- Expedientes de hasta 250 páginas.
- Reporte con observaciones y acciones priorizadas.
- Entrega en 24 horas desde la recepción completa de los documentos.

**Precio: S/80. Pago antes de iniciar.**

Dispongo de **2 cupos diarios**.

Esta revisión no elabora ni presenta tu propuesta y no garantiza su admisión o adjudicación.

Manda **“REVISIÓN”** al WhatsApp 960 329 564 para confirmar disponibilidad.


22/07/2026

Si la supervisión determina que el atraso es atribuible al contratista, puede ordenar la presentación de un programa de ejecución y un calendario valorizado acelerados.

La primera cadena de plazos sí está definida: 7 días para que el contratista los presente, 5 días para la revisión del supervisor y 7 días hábiles para que la Entidad formule observaciones. Si la Entidad no observa dentro de ese último plazo, los documentos se consideran aprobados.

El problema aparece cuando sí existen observaciones: la normativa no establece un procedimiento ni un plazo determinado para absolverlas.

La Opinión N.° D000060-2026-OECE-DTN señala que deben ser atendidas oportunamente y evitando dilaciones. En una obra vial, eso exige ordenar la respuesta, controlar cada versión y acreditar cada entrega.

¿Tu programa acelerado fue observado y no sabes cómo encaminar la respuesta? Escríbeme.

📲 Asesoría: 960 329 564

Miguel Vidal
Gestión de proyectos y administración de contratos de infraestructura vial

Fuente: Opinión N.° D000060-2026-OECE-DTN, publicada por el OECE el 19 de junio de 2026.

14/07/2026

🚨Una penalidad puede terminar en un descuento real. Pero muchos contratistas pierden tiempo discutiendo con quien no toma la decisión.🆘

La 📑Opinión N.° D000063-2026-OECE-DTN separa tres funciones:

✅ La supervisión verifica y reporta los hechos.
✅ La Entidad, mediante la Dependencia Encargada de las Contrataciones y sus compradores públicos, aplica la penalidad.
🆘 El contratista debe acreditar que la demora no le es imputable.

En la práctica, tu mejor defensa no es una discusión en campo. Es un expediente coherente: cuaderno de incidencias de la obra, comunicaciones, ruta crítica y ampliación de plazo cuando corresponda.

Antes de aceptar un descuento, revisa quién emitió la decisión, qué hecho la sustenta y qué documentos presentaste.

Si una penalidad está poniendo en riesgo tu próxima valorización, escríbeme:

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07/07/2026

Apareció una vasija en tu excavación. Se paró la obra. Y el administrador de contrato de la Entidad ya te está mirando a ti.

En obra vial, tarde o temprano aparecen restos arqueológicos. Y ahí muchos contratistas pierden plazo y plata por no conocer el procedimiento.

Lo que pocos tienen claro:

• Liberar el terreno —CIRA, DAS o PEA— le toca a la **Entidad**, antes de entregártelo. Va en el expediente.
• Ya en obra, el monitoreo arqueológico (PMA) suele ir en tu alcance: un arqueólogo en campo mientras excavas.
• ¿Aparece algo? Suspendes, anotas en el cuaderno de obra, informas a Cultura y traspasas la responsabilidad a la Entidad. Si afecta tu ruta crítica, invocas la causal de ampliación de plazo.
• Cultura enviará un inspector. Definirá si corresponde un PEA y un PRA. Eso toma tiempo… y en ese tiempo el supervisor y la Entidad te presionarán para que sigas.

No cedas. Expresa tu posición y exige que te lo ordenen por escrito. No lo harán.

Porque el atraso por un hallazgo arqueológico **no es tu responsabilidad**. Y tenerlo claro te cuida el bolsillo.

¿Ya estás en esta situación, o quieres blindarte antes de que pase? Escríbeme.
📲 +51 960 329 564

02/07/2026

Mayor metrado vs adicional: ¿quién autoriza y hasta cuánto? 👇

En obra pública se confunden todo el tiempo, y esa confusión cuesta plata.

• MAYOR METRADO = más cantidad de una partida que YA existe en tu contrato (precios unitarios).
• ADICIONAL = trabajo NUEVO, no previsto (como limpiar un derrumbe).

¿Quién lo autoriza? (sobre el monto contractual)
✅ Hasta 15% → el mayor metrado lo autoriza el supervisor, en el cuaderno de obra.
✅ 15.1% a 30% → el Titular de la Entidad (mayor metrado; y los adicionales desde 0%).
✅ 30.1% a 50% → la Contraloría (ambos conceptos).

¿Y la resolución del contrato? Recién al pasar el 50% (metrados + adicionales juntos). Antes de eso no te botan: se formaliza en la instancia que corresponde.

No decidas por miedo. Decide con criterio.
📲 Asesoría: wa.me/51960329564

Base: Ley 32069 (Art. 64) y su Reglamento (DS 009-2025-EF).

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