31/07/2026
📌 Suspensión de exportaciones de materiales de construcción
Mediante el Decreto N.º 5.376, publicado en la Gaceta Oficial N.º 43.409, se ordena la suspensión temporal de la exportación de un conjunto de materiales e insumos utilizados en la industria de la construcción, los cuales pasan a estar sujetos al Régimen Legal 1 de exportación prohibida en el Arancel de Aduanas. Esta medida se adopta como mecanismo extraordinario para asegurar que dichos bienes permanezcan disponibles en el territorio nacional, con miras a atender las necesidades de reconstrucción derivadas de los eventos sísmicos del 24 de junio de 2026.
Desde la perspectiva del comercio exterior y de la gestión aduanera, el decreto implica que las subpartidas arancelarias listadas en el texto oficial no podrán ser objeto de exportación mientras dure su vigencia, lo que obliga a reorientar el destino de estos materiales hacia el consumo interno, especialmente en proyectos de reparación de viviendas, obras públicas y servicios esenciales. El decreto también contempla la posibilidad de que la autoridad en materia de economía y finanzas modifique el listado de códigos involucrados, amplíe o reduzca su alcance, y prorrogue la medida de acuerdo con las necesidades de abastecimiento.
La prohibición de exportación establecida en este instrumento se aplicará a partir de su publicación oficial y se mantendrá, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2026, enmarcada en las competencias constitucionales y legales que permiten al Ejecutivo intervenir en el flujo de mercancías estratégicas cuando se requiera proteger a la población y preservar la estabilidad del mercado interno en situaciones excepcionales.