07/01/2025
HOY DIA Y AUNQUE USTED NO ESTÉ ENTERADO, DIVORCIARSE ES MUCHO MÁS SENCILLO Y EXPEDITO, UNA DE LAS NOVEDADES PARA INICIAR UN PROCESO DE DIVORCIO ES QUE NO ES NECESARIO AHORA TENGA AL MENOS LOS CINCO (5) AÑOS DE SEPARACIÓN DE CUERPOS, AHORA SOLO CON MANIFESTAR EL DESAMOR O DESAFECTO, PODREMOS DIVORCIARTE.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia No. 1070, de fecha 09/12/2016 estableció que el desafecto consiste en la pérdida gradual del apego sentimental, habiendo de una disminución del interés por el otro, que conlleva a una sensación creciente de apatía, indiferencia y de alejamiento emocional, lo que con el tiempo lleva a que los sentimientos positivos que existían hacia el o la cónyuge cambien a sentimientos negativos o neutrales.
Entonces, como el desamor no se puede probar este tipo de divorcio no admite actividad probatoria, no requiere un contradictorio y no reviste de recurso de impugnación, por lo tanto, procede de forma unilateral, es decir, solo basta con la firma del demandante para que el divorcio proceda. No hace falta la firma del demandado.
Si tuvieron o no hijos dentro del matrimonio debe estar escrito obligatoriamente en el libelo de la demanda, así como también deben hacer mención de los Bienes conformados durante el matrimonio.
*¿A cuál tribunal debo ir?*
Si no tuviste hijos dentro del matrimonio o los tuviste, pero son mayores de edad se debe hacer por Tribunales de Municipio.
Si tuviste hijos y son menores de edad se hace por los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Y el divorcio procede en la última dirección donde vivieron juntos o en su defecto, en la ciudad donde contrajeron matrimonio.
*¿COMO y POR QUÉ AHORA ES MÁS RÁPIDO Y SENCILLO?* contactanos!!! Y te ayudamos al respecto.
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