Cra Yesica Villavicencio

Cra Yesica Villavicencio Estudio contable: asesoramiento impositivo, administrativo y contable. Horario de atención de 8 a 17hs. Estudio Contable

21/02/2024
24/03/2020

Emergencia Sanitaria Decreto 310/2020

El Ingreso Familiar de Emergencia será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
b. Tener entre 18 y 65 años de edad.
c. No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
i. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
ii. Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
iii. Prestación por desempleo.
iv. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
v. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.

La prestación por este Ingreso Familiar de Emergencia será de PESOS DIEZ MIL ($10.000), lo percibirá UN (1) integrante del grupo familiar y se abonará por única vez en el mes de abril del corriente año.

El Ingreso Familiar de Emergencia deberá ser solicitado ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) conforme el procedimiento que determine la reglamentación. Los datos consignados en la solicitud tendrán carácter de Declaración Jurada por parte del solicitante. *una vez determinado el procedimiento a seguir por la ANSES se ampliará la información.

· Asesoramiento Impositivo: IVA, IIBB, Ganancias, Bienes Personales, Convenio, etc.· Ganancias y Bs. Personales Personal...
12/02/2019

· Asesoramiento Impositivo: IVA, IIBB, Ganancias, Bienes Personales, Convenio, etc.
· Ganancias y Bs. Personales Personal en Relación de Dependencia
· Planes de Pago AFIP, ARBA
· Liquidación de sueldos
· Monotributo: Altas, bajas, recategorizaciones, asesoramiento y seguimiento mensual.
· Régimen de trabajadores de Casas Particulares
· Asesoramiento a Empresas

Contacto:
[email protected]
02342-15483142

17/10/2018

EMPLEADOS DE COMERCIO - INCREMENTO SALARIAL
En el marco de las paritarias 2018 el gremio había acordado un incremento salarial de 15% que se aplicó un 10% en abril y el 5% restante en agosto. Este acuerdo había establecido una cláusula de revisión para el mes de Julio.

En este nuevo acuerdo, se pactó un incremento del 10%, que se sumaba al 15% acordado en marzo, lo que otorga un incremento total de 25%. Dicho aumento también se pagaría en tres tramos:

· 3% a partir del mes de Octubre de 2018, se cobra los primeros días de Noviembre

· 3%, regirá a partir del mes de Noviembre de 2018, se cobra los primeros días de Diciembre.

· 4%, regirá a partir del mes de Enero de 2019, se cobra los primeros días de febrero

El mes pasado, en virtud de la pérdida de poder adquisitivo de los salarios, se reunieron nuevamente y solicitaron que este incremento previsto en 3 veces se realice en forma íntegra en el mes de octubre.

Se estableció un seguimiento y revisión del salario a partir de noviembre de 2018.

05/08/2018

Todas las categorías de monotributo deberán utilizar Controlador Fiscal o Factura Electrónica para emitir sus comprobantes.

El cronograma de implementación comienza MAÑANA lunes y finaliza en abril de 2019.
La AFIP generalizó la obligación de emitir comprobantes de ventas mediante facturas electrónicas o a través de controladores fiscales, por parte de los contriburentes.

La obligación de medios electrónicos para facturar, incluye a:
Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado,
Los exentos en el impuesto al valor agregado, y
Los sujetos adheridos al monotributo, excepto los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.

Cronograma de implementación:

Los Monotributistas, por las operaciones que realicen a consumidores finales, la obligación resulta de aplicación a partir del 1/4/2019.
Por las restantes operaciones, la obligación de emitir comprobantes por medios electrónicos o a través de controladores fiscales se ajusta al siguiente cronograma, según la categoría:

Categorías Por los comprobantes que emitan a partir del
F a K 6 de agosto de 2018
E 1 de octubre de 2018
D 1 de diciembre de 2018
C 1 de febrero de 2019
B 1 de marzo de 2019
A 1 de abril de 2019

15/07/2018

MONOTRIBUTO
A partir de las modificaciones que se establecieron con la reforma tributaria, las recategorizaciones del Monotributo pasaron de ser cuatrimestrales a ser semestrales (enero/junio y julio/diciembre), por lo que el 20 de julio vence el plazo para realizar la correspondiente al semestre enero – junio de 2018. Hay que tener presente que si bien para esta recategorizacion AFIP habilito su realización sin tener confirmación de datos biometricos, éstos son requeridos y muchos tramites quedan supeditados a la realización de los mismos.
En caso de cambio de categoría el valor resultante se abonara a partir del mes de Agosto 2018.
Por otra parte, en cuanto a la facturación, se establece que a partir del 1 de octubre de 2018 los monotributistas van a tener que facturar exclusivamente a través de Facturación Electrónica o Controlador Fiscal. Sólo quedarán excluidos de esta obligación los Monotributistas sociales.

09/05/2018

Recategorizacion Monotributo

En este mes correspondería realizar la recategorizacion de Monotributo cuatrimestral correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas en el titulo V de la Ley 27430, y sus resoluciones modificatorias y complementarias, se establece que dicha recategorizacion se considerara cumplimentada siempre que se realice la correspondiente al semestre Enero/Junio de 2018 de acuerdo a la puesta en vigencia de las disposiciones en el mencionado titulo V.

01/04/2018

Desde Abril es obligatorio contar con el Posnet

Todos los comercios, prestadores de servicios y profesionales estarán obligados a recibir tarjeta de débito y pagos electrónicos a partir del 1° de Abril.

Los comerciantes o monotributistas que incumplan esta medida, podrían tener que abonar multas de entre $300 hasta $30 mil.

El incumplimiento también puede llegar a clausuras de hasta 10 días. Los pagos deberán ser aceptados desde los $10 en adelante.

28/03/2018

3 de Abril dia de la Empleada Domestica

El dia 3 de abril es dia no laborable a nivel nacional para el personal de casas particulares, sin perdida de remuneracion y en caso de trabajar corresponde el pago doble de dicho dia.

Dirección

Carlos Gardel 2180
Bragado
6640

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 17:00
Martes 08:00 - 17:00
Miércoles 08:00 - 17:00
Jueves 08:00 - 17:00
Viernes 08:00 - 17:00

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