18/05/2021
⚠️ Impuesto al Cheque para cuentas virtuales
El Decreto 301/2021, establece que las cuentas virtuales tendrán el mismo tratamiento impositivo a una caja de ahorro cuando el titular sea una persona humana
En cambio, funcionará como una cuenta corriente si se trata de una persona jurídica (empresa de cualquier tamaño)
Los proveedores de servicios de pago (PSP), es decir, las billeteras digitales como Mercado Pago, Naranja X, Ualá o MODO, estarán afectadas por el impuesto a los créditos y débitos, más conocido como "Impuesto al Cheque"
Al mismo tiempo se anunció que los monotributistas, cuando utilicen una cuenta corriente bancaria, estarán exentos del pago del ICD. Esto es una buena, ya que hoy los monotributistas que usan cuenta corriente abonan una alícuota especial de 0,25% (pasarían a estar exentos, o sea pagar 0%)
Las mismas alícuotas del Impuesto de Créditos y Débitos que aplican a las cuentas bancarias se trasladarán a las cuentas virtuales (alícuota general 0,6% por movimiento)
No habrá ningún tipo de impuestos cuando las transferencias se realicen entre cuentas bancarias y virtuales de un mismo titular, sea persona física o jurídica
En el caso de las empresas, la recaudación del Impuesto de Créditos y Débitos puede ser utilizado como pago a cuenta de Ganancias: 100% para pequeñas, 60% para medianas y 33% para grandes
📆 Las medidas tienen vigencia a partir del 01/08/2021
🤔 De qué lado te pega esta novedad? Sos mono y te beneficias o sos una empresa que lo va a trasladar al costo?
Cualquier duda, acá estamos!
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