Administración Díaz Bo - Menéndez

Administración Díaz Bo - Menéndez Somos un grupo de Profesionales que nos unimos para Administrar edificios en todos los barrios de CA

09/12/2021

Buenos días Vecinos!

Queremos recordarles los feriados de diciembre para que estén atentos a sacar la basura a los contenedores de la calle, así no se acumula en él edificio y no generan mal olor. Los encargados no trabajaran los siguientes feriados:

FERIADOS DE DICIEMBRE

• Día 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (inamovible)

• Día 24 de diciembre: Noche buena (asueto otorgado por el sindicato)

• Día 25 de diciembre: Navidad (inamovible)

• Día 31 de diciembre: Fin de año (asueto otorgado por el sindicato)

• Día 1 de enero: Añonuevo (inamovible)

Que tengan un lindo día.

Saludos

Nueva Escala Salarial Octubre 2021 Encargados de Edificio y Propiedad Horizontal
14/10/2021

Nueva Escala Salarial Octubre 2021 Encargados de Edificio y Propiedad Horizontal

14/10/2021
12/11/2020

𝐒𝐞 𝐌𝐞𝐝 𝐝𝐞 𝐇𝐘𝐒𝐌𝐄𝐃 𝐒𝐑𝐋 𝐈𝐍𝐅𝐎𝐑𝐌𝐀:

Las asociaciones que representan a administraciones y consorcios, acaban de firmar un acuerdo con SUTERH, en el cual vuelven a eximir de trabajar a aquellos que tienen más de 60 años, cuando sus abogados al inicio de la pandemia se esmeraron en explicar que la actividad era esencial y por ello los mayores de 60 sin patología podían trabajar.
Por lo expuesto les sugiero que remitan las dudas a la asociación a la que pertenezcan, pues no depende de medicina laboral la interpretación de un acuerdo entre partes.

Por lo expuesto, Semed sólo se expedirá que desde el punto de vista médico; los mayores de 60 años son personas de riesgo, porque así lo indica la bibliografía médica y lo afirma el decreto que incluye a esa franja etaria como de riesgo.
La interpretación de si la actividad de los encargados de edificio y empleados de edificios de renta y propiedad horizontal quedan excluidos o no de la eximición de trabajar por edad mayor a 60 años, queda a criterio de los letrados de su confianza y de las asociaciones patronales a las que pertenezcan, pues no podemos arbitrar entre tanta información dispar de índole legal.

Para su conocimiento, mediante la Disposición 2020-4925-GCABA-DGDYPC, se ha aprobado el Protocolo Complementario de Reco...
03/11/2020

Para su conocimiento, mediante la Disposición 2020-4925-GCABA-DGDYPC, se ha aprobado el Protocolo Complementario de Recomendaciones para la Utilización de los Espacios Comunes de Consorcios de Propiedad Horizontal.

13/10/2020

Importante:

Ponemos en vuestro conocimiento que se ha dictado la Disposición No: 2020-4650-DGDYPC-GCABA, en donde se ha dispuesto excepcionalmente la prórroga de la duración de los mandatos conferidos a los administradores de consorcios de propiedad horizontal, hasta el 31 de Octubre del corriente año inclusive.

Registro Público de Administradores de Consorcios del GCABA.

12/10/2020

En reconocimiento al trabajo de los encargados, el mes de octubre estaremos hablando sobre este rubro.
𝗟𝗶𝗰𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝘀𝗶𝗻 𝗴𝗼𝗰𝗲 𝗱𝗲 𝘀𝘂𝗲𝗹𝗱𝗼.
- Mayor a 5 años de antigüedad en el servicio el plazo de licencia es de 3 meses.
- Mayor a 10 años de antigüedad en el servicio el plazo de licencia es de 6 meses.

Estas licencias podrán gozarse por una sola vez en el término de 10 años, debiendo notificar al empleador con una antelación no inferior a 30 días de la fecha de iniciación de la licencia. En este caso el/la trabajador/a con vivienda deberá permitir el alojamiento del/la suplente en la dependencia que como complemento del trabajo ocupa en la finca, la que deberá serle reintegrada al retomar el cargo.

09/10/2020

En reconocimiento al trabajo de los encargados, el mes de octubre estaremos hablando sobre este rubro.
𝗟𝗶𝗰𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗴𝗼𝗰𝗲 𝗱𝗲 𝘀𝘂𝗲𝗹𝗱𝗼
- Por casamiento: 10 días;
- Por nacimiento de hijos: 3 días hábiles;
- Por fallecimiento de padres, esposa e hijos: 5 días;
- Por fallecimiento de hermanos: 3 días;
- Por fallecimiento de nietos, abuelos y familiar político de primer grado: 1 día;
- Por enfermedad de hijo: 10 día, una vez al año, para el cuidado de hijos menores de 15 años, para las trabajadoras activas o para los trabajadores que tengan hijos menores a su cargo exclusivo. A los fines de hacer uso de la presente deberá presentar certificado médico que acredite la enfermedad.
- El empleador otorgará un permiso diario de 2 horas a la madre cuyo hijo recién nacido deba permanecer hospitalizado, hasta que el mismo sea dado de alta y durante un máximo de 3 meses.
- Por mudanza: 1 día, para el trabajador sin vivienda, una vez por año, no pudiendo mediar menos de 1 año entre una licencia y otra.
- Licencia por maternidad para la madre adoptante de un menor y por un período de 60 días contados a partir del otorgamiento de la guardia con fines de adopción.
- Licencia por paternidad en caso de parto múltiple: 10 días.
- Licencia de 30 días para el padre del recién nacido cuando la madre fallece en el parto o inmediatamente después de él.

En todos los casos de fallecimiento, el trabajado o la trabajadora deberá presentar la copia del certificado de defunción correspondiente.
En los casos de fallecimientos de hermanos, nietos, abuelos y familiar político de primer grado, si el trabajador o la trabajadora debiera viajas a más de 500km de su lugar de presentación de tareas con motivo del deceso del pariente, se adicionan 2 días más de licencia. Al efecto, el trabajador o trabajadora deberá presentar los pasajes y/o certificado de defunción y/o aquella documentación que acredite la distancia referido.
En caso de casamiento, el/la trabajador/a notificará al empleador con una antelación no inferior a 30 días, a la fecha de iniciación de la licencia.
Todos los plazos de las licencias se computarán corridos, salvo que especifique lo contrario.

08/10/2020

En reconocimiento al trabajo de los encargados, el mes de octubre estaremos hablando sobre este rubro.
𝑽𝒂𝒄𝒂𝒄𝒊𝒐𝒏𝒆𝒔
- Hasta 5 años de antigüedad corresponde como plazo de licencia 12 días hábiles.
- Mayor a 5 y hasta 10 años de antigüedad corresponde como plazo de licencia 20 días hábiles.
- Mayor a 10 y hasta 20 años de antigüedad corresponde como plazo de licencia 24 días hábiles.
- Mayor a 20 años de antigüedad corresponde como plazo de licencia 28 días hábiles.

*Como beneficio para los trabajadores de edificios, los plazos correspondientes a las vacaciones se cuenta en 𝗱𝗶́𝗮𝘀 𝗵𝗮́𝗯𝗶𝗹𝗲𝘀.
*Cuando el período vacacional fuera de 20 días o más, el trabajador podrá solicitar el fraccionamiento del mismo en 2 lapsos.
*El empleador deberá otorgar las vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, debiendo dar aviso al/la empleado/a con anticipación de 45 días.

07/10/2020

En reconocimiento al trabajo de los encargados, el mes de octubre estaremos hablando sobre este rubro.
𝙅𝙤𝙧𝙣𝙖𝙙𝙖 𝙡𝙖𝙗𝙤𝙧𝙖𝙡 𝙮 𝙃𝙤𝙧𝙖𝙨 𝙀𝙭𝙩𝙧𝙖𝙨.
𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝗘𝗻𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝘆 𝗔𝘆𝘂𝗱𝗮𝗻𝘁𝗲𝘀.
La jornada de trabajo normal, se establece en 𝟴 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀 𝗱𝗶𝗮𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝘂𝗻𝗲𝘀 𝗮 𝘃𝗶𝗲𝗿𝗻𝗲𝘀 y los 𝘀𝗮́𝗯𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝟭𝟯:𝟬𝟬 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀.
- Todo exceso de estas limitaciones, se deberá computar como hora extraordinaria y abonarse con un recargo del 𝟱𝟬% adicional si la prestación suplementaria de tareas se realizó desde el lunes hasta el día sábado a las 13:00 horas, y con un recargo del 𝟭𝟬𝟬% adicional si el trabajo extraordinario se llevo a cabo los días sábados después de las 13:00 horas, domingos o feriados.
- Aclaramos, que no debemos confundir la hora extra, con la que se trabaja por encima del horario convenio con el trabajador y se abona en forma simple por no superar la jornada legal.

𝗙𝗲𝗿𝗶𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗡𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀. 𝗥𝗲𝗺𝘂𝗻𝗲𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻.
Los feriados nacionales trabajados serán abonados con un incremento del 100%; de no ser abonados, se otorgará en compensación, un descando de 36 horas corridas en la siguiente semana o cuando las partes lo convengan.

Dirección

Sarmiento 4682
Buenos Aires
1197

Horario de Apertura

Lunes 11:00 - 16:00
Martes 11:00 - 16:00
Miércoles 11:00 - 16:00
Jueves 11:00 - 16:00
Viernes 11:00 - 16:00

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