08/06/2021
Se actualizaron los parámetros y valores del monotributo, pero retroactivo a febrero 😱
A partir de estos nuevos importes, se ajustaron automáticamente las categorías; por lo que, tendrás que abonar la diferencia que surja entre la nueva categoría y la que tenías previa a dicha modificación 😲
✅ Podrás solicitar la modificación de la categoría de oficio hasta el 25/06/2021.
✅ Si pagas por débito automático, tenes tiempo hasta el 11/06/2021; caso contrario, deberás requerir un “stop debit”.
✅ Podrás pagar las diferencias de las nuevas categorías hasta el 20/07/2021; posteriormente, comenzarán a correr intereses.
✅ Si estás en una categoría inferior a la que te encontrabas, el excedente abonado en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales podrá ser reimputado. Si se trata del concepto de obra social, podrá reimputarse mediante el F.399.
✅ Si te adheriste a partir del 01/01/2021, la nueva categoría tendrá efecto a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se efectivizó la adhesión; excepto que se trate de inicio de actividades, ya que tendrá efecto a partir del mes correspondiente a la adhesión solicitada.