Estudio Contable VTR

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Brindamos asesoramiento contable, impositivo, societario y laboral.

Estudio VTR está conformado por profesionales en Ciencias Económicas, graduados en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Procuramos mantener una relación personalizada y fluida con nuestros clientes, asumiendo el compromiso de trabajar en forma seria, garantizar confianza y cumplir con el secreto profesional.

11/01/2016

Empleados en relación de dependencia – SiRADIG vencimiento para actualizar información 31/01/2016

La información del período fiscal 2015 referente a los conceptos que el trabajador pretende deducir del Impuesto a las Ganancias, así como también la correspondiente a otros ingresos percibidos en caso de pluriempleo, deberá ser remitida mediante la utilización del Servicio Web “SiRADIG – Trabajador”, establecido por la Resolución General 3418/12, hasta el día 31 de enero del 2016 inclusive.

11/11/2015

AFIP - NUEVO Régimen de Facilidades de Pago

Por medio de la Resolución General (AFIP) 3.806/15, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un nuevo plan de facilidades de pago, el cual permite regularizar hasta en 120 cuotas a una tasa de interés de financiación del 1,35% mensual, obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras.
La adhesión al régimen podrá formalizarse hasta el día 30 del mes de noviembre de 2015.
El acogimiento no otorga reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios, como tampoco liberación de las pertinentes sanciones y/o cargos suplementarios.
El plan se consolidará a la fecha del envío como un único plan que comprenderá todas las obligaciones que se pretendan regularizar, excepto para el caso de conceptos de deuda aduanera, los cuales deberán incluirse en un plan de facilidades independiente.

11/08/2015

PRÓRROGA p/ emisión de FACTURA ELECTRÓNICA: La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar hasta el 1 de abril de 2016 la entrada en vigencia de la generalización del régimen de factura electrónica.
Así lo hizo saber a través de la resolución general 3.793 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La breve norma establece que "la obligación de emisión de comprobantes electrónicos se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016".
Por lo tanto, la generalización comienza en pleno a partir del próximo 1 de abril.

29/01/2015

Estudio Contable VTR les recuerda a los MONOTRIBUTISTAS que el 31/01 vence el plazo para las RECATEGORIZACIONES y para la presentación de la DDJJ INFORMATIVA. Para mayor información consultar a [email protected]

19/12/2014

RECORDATORIO MONOTRIBUTISTAS...ULT DIAS!!
Les informamos que a través de las RG 3665 y 3666, la AFIP renovó las facturas de monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas "C" del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento.
Los monotributistas podrán usar facturas existentes hasta el 31 de diciembre de 2014 y a partir del 1 de enero de 2015 deberán solicitar talonarios de facturas a través del nuevo procedimiento y recomenzarán la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001.
Para mayor información consultar a [email protected]

17/12/2014

En el día de la fecha Estudio Contable VTR quiere felicitar a sus integrantes Contadores y también a todos los colegas. Felíz día del CONTADOR!!!

IMPORTANTE MONOTRIBUTISTAS: Cambios en la impresión de sus facturas. La AFIP aumentó los controles sobre las facturas de...
09/10/2014

IMPORTANTE MONOTRIBUTISTAS: Cambios en la impresión de sus facturas. La AFIP aumentó los controles sobre las facturas de los monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas "C" del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo "A" y "B" de los inscriptos en el IVA. Los monotributistas recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001 desde el 1º de noviembre próximo, permitiéndose el uso de las facturas en existencia hasta el 31 de diciembre de 2014,
http://www.iprofesional.com/notas/197798-Monotributistas-AFIP-los-obligar-a-cambiar-sus-facturas-en-2015

Estos contribuyentes y los que estén exentos en IVA recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001

19/09/2014

IMPORTANTE MONOTRIBUTISTAS: Últimos días para hacer las recategorizaciones y las DDJJ informativas. Consultar en [email protected]

09/09/2014

IMPORTANTE: AUMENTO DE LA CUOTA MENSUAL DE LOS MONOTRIBUTISTAS A PARTIR DE ESTE MES
A través de la resolución general 3.653 publicada en el Boletín Oficial, el fisco nacional decidió elevar de $146 a $233 el valor del aporte a las obras sociales que realizan los pequeños contribuyentes adheridos en el Monotributo a partir de septiembre. Conozca los nuevos importes en http://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp

27/06/2014

ULTIMO RECORDATORIO: LUNES 30/06 VTO DDJJ IBP E IG:
El próximo 30/6/14 vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados presenten, de corresponder, sus declaraciones juradas informativas de bienes y de ingresos.

05/06/2014

IMPORTANTE!!!! Nuevo plan de facilidades de pago para deudas vencidas al 31 de marzo de 2014, incluye deudas de MONOTRIBUTISTAS. Excelente oportunidad para regularizar sus deudas con la AFIP!!! No dude en consultarnos en [email protected]

1- Obligaciones que pueden incluirse:

-Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 31 de marzo de 2014, sus intereses, actualizaciones y multas.
-Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 31 de marzo de 2014, sus intereses y actualizaciones.
-El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas, a que se refiere el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
-Intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a: el impuesto al valor agregado por prestaciones de servicios realizadas en el exterior con utilización efectiva en el país, retenciones y percepciones y anticipos y pagos a cuenta, que se hayan cancelado hasta la fecha de adhesión al plan.
-Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
-Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal, siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable y las obligaciones respectivas sean susceptibles de ser incluidas.
-Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
-Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “MIS FACILIDADES” que se encuentren caducos con anterioridad al día 31 de marzo de 2014 y sean susceptibles de ser incluidas.

2- Condiciones del plan:

-La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 24.
-Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
-El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 150.
-La tasa de interés mensual de financiamiento será de 1,90%.
-Las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones por las que se solicita la cancelación financiada, deberán estar presentadas a la fecha de adhesión al régimen.
-No deben registrarse incumplimientos de presentación o pago de aquellas obligaciones que hayan vencido entre el 1 de abril de 2014 y la fecha máxima permitida para la adhesión al plan.
-En el caso de tratarse de empleadores, la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F.931 vencida en el mes anterior a la fecha de adhesión debe ser igual o superior a los registrados en el período fiscal marzo/2014. Está última cantidad deberá mantenerse sin disminuciones durante todo el período de cumplimiento del plan.

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Buenos Aires

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