Estudio Losada

Estudio Losada Asesoramiento contable, impositivo y laboral. Atención personas física y jurídicas. CONTABLES - ADMINISTRATIVOS

1. Desarrollo de planes de cuenta contables.
3.

Organización del área contable y administrativa de todo tipo de empresas
2. Registro de operaciones, análisis y conciliación de cuentas contables, elaboración de balances de saldos.
4. Confección de estados contables, armado de estados comparativos, presupuestos financieros y de costos.
5. Certificaciones contables en general.
6. Asistencia al sector administrativo. IMPOSITIVOS

1. Planificación t

ributaria local, en base a la normativa vigente y posibles cambios futuros. Análisis de efectos impositivos por decisiones de inversión y financiamiento.
2. Asesoramiento en materia de tributos nacionales, provinciales y municipales, informes en materia fiscal.
3. Liquidación y confección de declaraciones juradas para personas físicas y jurídicas.
4. Asistencia en oportunidad de inspecciones de los distintos organismos de fiscalización.
5. Defensa ante procedimientos administrativos y judiciales llevados a cabo por las autoridades estatales.
6. Asesoramiento impositivo en general: ley penal tributaria, planes de facilidades de pago, régimen de facturación y registro, controladores fiscales, régimen de retenciones. LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

1. Liquidación y confección de recibos de sueldos y jornales para personal en relación de dependencia.
2. Liquidaciones y declaraciones juradas de cargas sociales ante los organismos de previsión social, sindicatos, obras sociales y aseguradoras por riesgos laborales.
3. Atención a inspecciones de organismos previsionales y de Policía del trabajo.
4. Administración de legajos del personal.
5. Liquidaciones impositivas de cuarta categoría del impuesto a las ganancias.
6. Asesoramiento en materia laboral. Indemnizaciones, telegramas, beneficios sociales, planes de facilidades de pago, régimen de asignaciones familiares. AUDITORIA Y BALANCES

1. Auditoria previa y final sobre estados contables con emisión de dictamen profesional. Carta de recomendaciones al cliente
2. Revisiones limitadas
3. Evaluación y diseño de control interno
4. Análisis económico y financiero de los estados contables. Liquidez y solvencia, rentabilidad

04/02/2024
Ya podemos pedir la devolución de las percepciones por operaciones realizadas en moneda extranjera....seguinos en instag...
01/01/2024

Ya podemos pedir la devolución de las percepciones por operaciones realizadas en moneda extranjera....seguinos en instagram: Estudio Losada

Se trata de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos en el exterior en 2023. Mira quiénes pueden hacer el trámite y cómo 

La Navidad es un momento para disfrutar en compañía de nuestros seres queridos, reflexionar sobre los logros alcanzados ...
23/12/2023

La Navidad es un momento para disfrutar en compañía de nuestros seres queridos, reflexionar sobre los logros alcanzados y establecer metas para el próximo año.

Deseamos que estas fiestas estén llenas de alegría, amor y paz. Que hayan momentos de descanso y tranquilidad, para recargar energías y empezar el próximo año con renovadas fuerzas.

Aprovechamos esta oportunidad para agradecer por la confianza en nuestros servicios y por permitirnos ser parte. Nos comprometemos a seguir trabajando arduamente durante el próximo año.

En nombre de todo el equipo que componemos el Estudio Losada, deseamos una Feliz Navidad y un próspero Año Nuevo. Que todos los deseos se hagan realidad y que el próximo año esté lleno de nuevas oportunidades y éxitos.

GRACIASSSSSSSSSSSSSS!

MUY FELIZ DIAAAAAAAAAA COLEGAS!!!!...A mis queridos clientes, tomen nota eh! ...y mañana 23 años de profesión, hacemos 2...
17/12/2023

MUY FELIZ DIAAAAAAAAAA COLEGAS!!!!...A mis queridos clientes, tomen nota eh! ...y mañana 23 años de profesión, hacemos 2x1!

28/11/2023

Mediante la RG 5450/2023 se incrementa la alícuota de percepción de la RG 4815 pasando a ser del 100% (antes 45%) y se mantiene la alícuota del 25%, recordemos que las alícuotas fueron unificadas en 10 de octubre de 2023 mediante la RG 5430/2023.

Importante la RG 5450/2023 también modifica cuando serán computables en las declaraciones juradas anuales, indicando que será en el primer período fiscal posterior a aquel en el cual se practicaron las mismas. (antes período fiscal en el cual fueron practicadas).

Vigencia: 23-11-2023 y resultarán de aplicación para las operaciones efectuadas desde el 23-11-2023.

23/11/2023

AFIP incrementó la tasa de percepción sobre el dólar (del 70% pasa al 125%)
Mediante Resolución 5450/2023, la AFIP decidió aumentar, desde hoy, la tasa de percepción sobre las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”. Esto alcanza, entre otras operaciones, al dólar que se destina como ahorro y a consumos en el exterior.

09/10/2023

NUEVAS MEDIDAS________________________________________Se prorrogó el vencimiento del pago del IVA y del aporte personal de los trabajadores autónomos.
La prórroga no alcanza a personas físicas que se desempeñen en la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier. Para estas personas físicas se estableció un vencimiento especial correspondiente al mes de septiembre de 2023, que operará el día 23 de octubre de 2023 para todas las terminaciones de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

Para el resto de los autónomos, los nuevos vencimientos de las obligaciones quedaron fijados de la siguiente manera:

a) Aporte personal de los trabajadores autónomos, cualquiera fuera la categoría que revistieren, correspondiente a los períodos:
SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
Terminación de CUIT Fecha de vencimiento de pago
0-1-2-3 5 de marzo de 2024
4-5-6 6 de marzo de 2024
7-8-9 7 de marzo de 2024
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
Terminación de CUIT Fecha de vencimiento de pago
0-1-2-3 5 de abril de 2024
4-5-6 8 de abril de 2024
7-8-9 9 de abril de 2024

b) Impuesto al valor agregado a ingresar correspondiente a los períodos fiscales:
SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
Terminación de CUIT Fecha de vencimiento de pago
0 y 1 18 de marzo de 2024
2 y 3 19 de marzo de 2024
4 y 5 20 de marzo de 2024
6 y 7 21 de marzo de 2024
8 y 9 22 de marzo de 2024

NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
Terminación de CUIT Fecha de vencimiento de pago
0 y 1 18 de abril de 2024
2 y 3 19 de abril de 2024
4 y 5 22 de abril de 2024
6 y 7 23 de abril de 2024
8 y 9 24 de abril de 2024

Suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares.
Se dispone la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, todo ello destinado a las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1-, a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes por este Organismo y a las entidades sin fines de lucro.
Plan de facilidades.
Se establece un régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras, y de los recursos de la seguridad VENCIDAS HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2023, INCLUSIVE.

19/09/2023

Querés saber si te devuelven el IVA???...consultá aqui:

14/09/2023

Ganancias. Es oficial el nuevo mínimo no imponible de $1.770.000.


El día de ayer, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 473/2023, mediante el cual se establece que solo los ingresos que superen el equivalente a quince (15) salarios mínimos, vitales y móviles mensuales estarán sujetos al impuesto a las ganancias a partir de octubre.

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