12/08/2026
¿Tenés o vas a iniciar una actividad capaz de generar ruidos y vibraciones? 🔊📳🫨 Si es así, te interesa saber esto:
La ciudad de Buenos Aires cuenta con el Registro de Actividades Catalogadas cómo potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) en cumplimiento con la Ley 1.540.
Estos son algunos de los rubros que deben hacer un Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) e inscribirse en el RAC:
1) 🪩 Locales nocturnos (boliches, discotecas, salones de eventos, locales con música en vivo, etc)
2) 🍿🎞️ Espacios culturales (teatros, centros culturales, cines, etc)
3) 🏟️Establecimientos deportivos (clubes, gimnasios, canchas, estadios, etc)
4) 🎙️Estudios: salas de ensayo, radios, salas de grabación, etc.
5) ✈️🚁Servicios de transporte: terminales, Subtes, helipuertos, aeropuertos, estaciones de trenes, etc.
6) 🏭 depósitos e industrias
¿Estos trabajos los hace cualquier gestor? 🤔 La respuesta es NO, los debe realizar un ingeniero de sonido matriculado e inscripto en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico de la Agencia de Protección Ambiental (APrA), con el instrumental adecuado calibrado en laboratorio y habilitado por dicha agencia.
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