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La Ley Nº 14.426 establece:✅️En el artículo 26, un crédito fiscal al que podrán acceder los contribuyentes del Impuesto ...
06/04/2026

La Ley Nº 14.426 establece:
✅️En el artículo 26, un crédito fiscal al que podrán acceder los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividad industrial y posean suministros registrados a su nombre provistos por la Empresa Provincial de la Energía (EPE) y/o a sus subdistribuidoras, consignados como Grandes demandas industriales y Pequeñas Demandas con tarifa industrial.
✅️El artículo 27 establece un crédito fiscal al que podrán acceder aquellos que desarrollen actividades comerciales y/o de servicios de alojamiento y posean suministros registrados a su nombre.
✅️El artículo 28 establece que durante el período fiscal 2026 los contribuyentes podrán tomar un crédito fiscal para el pago de ese tributo equivalente al cien por ciento (100%) de un sueldo bruto por cada empleado que incremente su dotación de personal en la provincia de Santa Fe, respecto a la existente al 30/11/2025 (dotación base), con tope en una Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

A través de las Instrucciones Generales 2/2026 y 3/2026, se estableció pautas para la aplicación de sanciones por falta ...
09/03/2026

A través de las Instrucciones Generales 2/2026 y 3/2026, se estableció pautas para la aplicación de sanciones por falta de presentación de declaraciones juradas.
Los montos serán:
$ 220.000 para personas humanas y sucesiones indivisas
$ 440.000 para sociedades, asociaciones y demás entidades
La instrucción dispone el envío de un “Recordatorio por falta de presentación”, esto es, ocurrido el vencimiento para la presentación de una declaración jurada determinativa, el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT) generará, de manera automática, un recordatorio, que será notificado al Domicilio Fiscal Electrónico de todos aquellos contribuyentes que se encuentren inscriptos en el impuesto correspondiente, y no registren la debida presentación.
La IG 2/2026 aclara que los nuevos montos de multas rigen para incumplimientos ocurridos desde el 2 de enero de 2026.

Los incumplimientos anteriores se rigen por los montos de la ley vieja, salvo que la nueva redacción resulte más beneficiosa en términos de proporcionalidad.

La presentación del Formulario 572 del periodo 2025, vence el 31 de marzo de 2026, y es un elemento necesario para la re...
12/01/2026

La presentación del Formulario 572 del periodo 2025, vence el 31 de marzo de 2026, y es un elemento necesario para la realización de la declaración anual por parte del empleador.

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