12/06/2025
*Novedad* 📣📣
*ARCA lanza un nuevo plan de pagos de obligaciones impositivas y de la seguridad social* ❗💪
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General 5711/2025, estableció un *nuevo régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas impositivas*, de la Seguridad Social, retenciones y percepciones y tributos aduaneros, incluyendo multas, vencidas al 30 de abril de 2025
*Contribuyentes que podrán adherir al beneficio*
La resolución indica que podrán acceder al régimen de regularización, los contribuyentes y/o responsables tipificados conforme se indica a continuación:
✳️ Personas humanas y sucesiones indivisas;
✳️ Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (tramos 1 y 2), con “Certificado MiPyME”, vigente a la fecha de adhesión al régimen;
✳️ Entidades sin fines de lucro;
✳️ Empresas del sector de salud;
✳️ El resto de los contribuyentes.
*¿Cuáles son las condiciones del nuevo plan?*
De acuerdo lo establece la norma, no habrá límite en la cantidad de planes a formular y *la tasa de interés será fija equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente*📈.
Además, aclara que no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
La adhesión al régimen, se podrá realizar entre el *1° de julio y el 30 de diciembre de 2025*, a través del sistema “Mis Facilidades”, con Clave Fiscal.
*¿Cuál es la cantidad de cuotas?*
La cantidad de cuotas dependerá del tipo de sujeto que adhiera al plan:
✅Para las personas humanas, sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: *hasta 60 cuotas mensuales, con un pago a cuenta del 10%*.
✅ Para las Medianas Empresas (tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas): *hasta 48 cuotas, con un pago a cuenta del 15%*.
✅ Para el resto de los contribuyentes: *hasta 36 cuotas, con un pago a cuenta del 20%*
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000.
El plan caducará a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas.
Por cualquier duda o consulta, estamos a su disposición