18/04/2021
❌Ya se encuentra disponible el registro de domicilio de explotación de aquellos contribuyentes que estén inscriptos en ingresos brutos, ya sea locales, convenio multilateral (Siempre que tengan oficina, local o sucursal en CABA) y también los contribuyentes *Exentos*.🤓
Debemos registrar el domicilio de explotación de nuestra actividad, ya sea la realicemos de manera total o parcial.
¿Qué necesitamos para registrarlo?🤔🤔
- La partida inmobiliaria en caso que se tenga.
- CUIT del titular del inmueble.
- CUIT de la persona que realiza la actividad.
- Caracter de ocupación del inmueble de la persona que realiza la actividad.
- Habilitación en caso que corresponda.
- Entre otros.
⌚️Tenemos tiempo hasta el 31/05/2021 para poder cumplir con esta obligación tributaria.