12/06/2019
– Renta Financiera: en este caso la AFIP anunció en conferencia de prensa en la que participó Infobae que la DDJJ se prorroga un mes, hasta el 19 de julio próximo, pero no se modifica la fecha original máxima de pago que se fijó entre el 21 y el 26 de junio, según la terminación del CUIT, "para no afectar el presupuesto de recaudación".
Aclararon en el organismo: "Para los casos de las rentas anuales inferiores a $200.000 por operaciones financieras, en el país o en el exterior", se mantiene la facilidad de hacer la declaración y pago a través del Volante Electrónico de Pago (VEP).
Fundamentos de la iniciativa
En las últimas semanas, el Colegio Profesional de Ciencias Económicas y muchos estudios contables expresaron sus preocupaciones por las dificultades para completar la información exigida por la AFIP.
La decisión de prorrogar sólo la presentación de la DDJJ y no de la fecha del impuesto que quedó fija entre el 21 y el 25 de junio, según los números de terminación del CUIT, se justificó en que las dificultades estarían en la presentación del detalle y documentación de la renta generada, y no tanto en el monto a liquidar
"Hemos advertido que algunos bancos no estaban cumpliendo en tiempo y forma con los pedidos de los contribuyentes clientes de los movimientos de las operaciones con títulos-valores, en el país y en el exterior, de la documentación respaldatoria", dijo Cuccioli a periodistas.
Leandro Cuccioli y su equipo explicaron a periodistas el desempeño de la recaudación y los motivos de las prórrogas de las presentaciones de las DDJJ
Leandro Cuccioli y su equipo explicaron a periodistas el desempeño de la recaudación y los motivos de las prórrogas de las presentaciones de las DDJJ
Y si bien en "nuestra parte" la AFIP informa a cada ciudadano lo que el organismo sabe de él, se destacó: "No es un dato excluyente, porque la responsabilidad de la presentación y de la declaración del Impuesto a pagar, es por ley obligación del contribuyente".
La decisión de prorrogar sólo la presentación de la DDJJ y no de la fecha del impuesto que quedó fija entre el 21 y el 25 de junio, según los números de terminación del CUIT, se justificó en que las dificultades estarían en la presentación del detalle y documentación de la renta generada, y no tanto en el monto a liquidar".