13/05/2015
Sistema de Previsión Social para Médicos y Bioquímicos
Jubilación Ordinaria
Estos beneficios son posibles gracias al aporte de todos los Afiliados, para ser acreedor a ellos solo debe estar al día con sus aportes y comunicarse personalmente con la Sede del Sistema. No es necesario la intermediación de ninguna otra Institución.
El aporte mensual se puede aumentar o disminuir remitiendo una nota al sistema, tantas veces como lo pida el afiliado. El aporte Mínimo es de 18 (dieciocho) Módulos Mensuales.-
Jubilaciones, Pensiones y Subsidios, son algunos de los Beneficios que gozan los afiliados a nuestra Caja.
Los haberes mensuales de las prestaciones por Jubilación Ordinaria serán determinados sobre la base de los aportes realizados hasta el último año inmediato anterior, al año en que comienza a percibirse la respectiva prestación, según Ley 8554.
Su haber jubilatorio depende de sus aportes, si aumenta los mismos tendrá un mejor beneficio previsional.
Condiciones: Art. 45.
65 Años cumplidos.
30 años o más de Ejercicio de la Profesión.
Se comienza a liquidar a partir de la presentación de la Solicitud.
Certificado de supervivencia cada 6 meses.
Ventajas:
No implica el cese del Ejercicio Profesional
Pago de aguinaldo
Tanto las Jubilaciones como las Pensiones son abonadas en su totalidad mediante cajeros automaticos.
Esto posibilita al Afiliado la disponibilidad de sus haberes en forma mas flexible. Servicio sin costo alguno.