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12/10/2024
Si bien aún no está reglamentada, es una Ley de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia...
16/11/2021

Si bien aún no está reglamentada, es una Ley de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19.
Aspectos principales:

1️⃣ Condonación de deudas
👉Entidades sin fines de lucro
👉Micro y pequeñas empresas, personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, y los Monotributistas

2️⃣ Rehabilitación de moratorias caducas 👉 Se establece la rehabilitación de planes caducos formulados en el marco de la moratoria aprobada por la ley de solidaridad social y reactivación productiva y cuya caducidad hubiera operado hasta el 31/8/2021.

3️⃣ Ampliación de la moratoria aprobada por la ley 27541
Las deudas se podrán financiar según el siguiente detalle:
👉Las micro y pequeñas empresas; entidades sin fines de lucro y personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes: en hasta 120 cuotas.
👉Medianas empresas, tramos 1 y 2: en hasta 60 cuotas con una tasa de interés fija, de hasta 2 % mensual, durante las 6 primeras cuotas, luego tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.
👉Resto de los contribuyentes: en hasta 36 cuotas con una tasa de interés fija, de hasta 3% mensual, durante las 6 primeras cuotas, luego tasa BADLAR en moneda nacional de bancos privados.

4️⃣ Regularización de deudas provenientes de fiscalizaciones 👉 Se podrá incluir en la moratoria deudas detectadas en la actividad fiscalizadora de la AFIP, en planes de entre 48 y 120 cuotas según el tipo de contribuyente.

5️⃣ Beneficios para contribuyentes cumplidores:
👉Monotributistas
👉Personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en ganancias 👉 Podrán deducir, por un período fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del monto del mínimo no imponible. (este beneficio no alcanza a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados).
👉Micro y pequeñas empresas inscriptas en ganancias 👉 podrán optar por practicar la amortización acelerada para las inversiones efectivizadas hasta el 31/12/2022 en bienes muebles amortizables y en obras de infraestructuras.

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23/10/2021

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➡️AFIP reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores e...
12/10/2021

➡️AFIP reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias‼️

👉🏼La modificación comenzará a regir con los salarios de Septiembre 2021 que se pagan en Octubre.

👉🏼De esta forma, quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175.000 NO se verán alcanzados por el tributo.
(La normativa también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en Diciembre).

👉🏼La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

👉🏼La medida también exime del pago del SAC a los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $175.000.

¡Buen comienzo de semana! 💪🏼🙌🏼👏🏼

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➡️¡Objetivo!👉🏼 promover la formalización del empleo de las trabajadoras de casas particulares.➡️¿En qué consiste?👉🏼 Dura...
28/09/2021

➡️¡Objetivo!👉🏼 promover la formalización del empleo de las trabajadoras de casas particulares.

➡️¿En qué consiste?👉🏼 Durante los primeros 6 meses, el Gobierno Nacional pagara una parte del salario de las trabajadoras que se den de alta bajo esta modalidad.

➡️¿Cómo acceder?👉🏼 El empleador debe inscribir a la trabajadora en la AFIP (accediendo con clave fiscal) y pagar la ART, los aportes y contribuciones. Una vez realizada el alta, podrá tramitar el beneficio.

➡️¿Hasta cuando hay tiempo? 👉🏻 Hasta el 31 de Diciembre.

➡️¿Cómo funciona?👉🏼 La trabajadora recibirá parte de su salario por una transferencia que hará el Estado en una cuenta sueldo gratuita a su nombre en el Banco de la Nación de la Argentina.
La parte empleadora deberá transferir a la trabajadora el porcentaje restante del sueldo que corresponda.

➡️¿Cuanto es el beneficio que da el Gobierno?👉🏼 Dependerá del ingreso mensual del empleador.

• Ingresos brutos mensuales < $122.500: 50% de la remuneración neta.
• Ingresos entre $122.500 y $175.000: 30% de la remuneración neta.
OJO!👉🏼 El beneficio no podrá superar los $15.000 mensuales.

➡️¿Requisitos?👉🏼 Las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora, y desempeñar tareas enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, ”Caseros y caseras”, ”Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.

➡️¡Un dato más!👉🏼 El programa es compatible con la AUH, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Progresar y Potenciar Trabajo.

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💥Es un documento obligatorio y gratuito.💥Lo deben tramitar quienes vendan un automóvil usado por un valor superior a $80...
09/09/2021

💥Es un documento obligatorio y gratuito.
💥Lo deben tramitar quienes vendan un automóvil usado por un valor superior a $800.000.
💥Lo hacen las personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas.
💥Se gestiona en la página de AFIP con clave fiscal.

Se declara:
👉Tipo de automotor y dominio (patente).
👉Valor de la transferencia.
👉Datos del vendedor.
👉Datos personales del comprador.

💥Se puede modificar o anular en caso de error.

Emitido el CETA ➡️ se genera un código que se coloca en el rubro “Observaciones” de la solicitud para presentar en el Registro de la Propiedad Automotor.

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Muy buenas noches😊En imágenes les mostramos la tabla de nuevos valores para los aportes y contribuciones del personal do...
06/09/2021

Muy buenas noches😊
En imágenes les mostramos la tabla de nuevos valores para los aportes y contribuciones del personal doméstico‼️

Desliza para conocerla⏩

¡Buen comienzo de semana! 💪🏼🙌🏼👏🏼

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Te contamos sus principales características:💥Para monotributistas.💥El monto del préstamo dependerá de la categoría del m...
26/08/2021

Te contamos sus principales características:
💥Para monotributistas.
💥El monto del préstamo dependerá de la categoría del monotributo antes de última recategorización:

👉Categoría “A”: hasta $90.000
👉Categoría “B”: hasta $120.000
👉Resto de las categorías: hasta $150.000
👉Tasa Cero (es decir no pagas intereses)
👉6 meses de gracia (es decir, se empieza a devolver 6 meses después de recibir el crédito)
👉En 12 cuotas
👉El trámite se inicia a través de la página de AFIP con clave fiscal.
👉Las entidades financieras acreditarán el préstamo en un solo desembolso en la tarjeta de crédito. Quienes no posean tarjeta, deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.
👉La posibilidad de solicitarlo estará habilitada a partir de fines de agosto.
👉Con clave fiscal de AFIP, el monotributista podrá saber si, de acuerdo a los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está habilitado a tramitar un Crédito a Tasa Cero.

Dato curioso‼️
Aquellos monotributistas que accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 pueden volver a solicitarlo.
Pero si están en mora respecto al crédito anterior, la entidad financiera destinará parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

¿Qué criterios deben cumplir quienes solicitan un Crédito a Tasa Cero?
Además de los criterios en materia niveles de facturación, los monotributistas deberán:
👉No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal.
👉No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación.
👉No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.

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¿Qué me conviene? ¿Por qué? ¿Qué diferencias hay?Cuando iniciamos una actividad, debemos inscribirnos y es muy important...
20/08/2021

¿Qué me conviene? ¿Por qué? ¿Qué diferencias hay?

Cuando iniciamos una actividad, debemos inscribirnos y es muy importante analizar cuál es la mejor alternativa para cada uno.

👉El Monotributo es un régimen administrativamente más sencillo.

En el Monotributo se computan únicamente los ingresos facturados. No tenemos que juntar mes a mes las facturas de compras, ya que no estamos obligados a llevar registro de las mismas ni informarlas en ningún lado.

En el Monotributo se realiza un único pago mensual fijo cuyo valor depende de la categoría en la que estés. El Autónomo debe presentar declaraciones juradas de IVA (mensual)+Regimenes de Información (algunos mensuales y otros anuales)+Ganancias (anual)+Bienes Personales (anual), entre otras cosas.

👉Ser Monotributista casi siempre es más económico que ser Autónomo.

Con el pago de la cuota mensual del Monotributo, abarcamos la parte impositiva+aportes jubilatorios+obra social+Ingresos Brutos y Municipalidad (de la mayoría de las provincias y localidades).

Siendo Responsable Inscripto debo pagar todos los meses: los aportes jubilatorios (que no incluyen obra social)+saldo de la declaración jurada de IVA (si nos da a pagar)+Ingresos Brutos+Municipal. Sumado a esto, anualmente se paga Ganancias y Bienes Personales.

¿Por qué no somos todos Monotributistas?

Porque hay distintos parámetros o condiciones que debemos cumplir para ingresar al Régimen Simplificado del Monotributo:

•Existe un tope máximo de ingresos anuales (De acuerdo a la nueva tabla vigente desde 07/2021, la máxima categoría para prestadores de servicios es la H con un tope de $2.600.000 y venta de bienes, categoría K con un tope de $3.700.000).

•Hay otros parámetros con topes máximos para cada categoría: consumo de energía eléctrica, m2 de superficie afectada y monto de alquileres devengados.

•Y algunas otras restricciones más específicas como por ejemplo la cantidad de unidades de explotación.

Una buena alternativa es comenzar con un Monotributo (si cumplís las condiciones) y luego ir creciendo en categorías junto con tu negocio. Ojalá pronto tus ingresos sean bien altos y allí sea el momento de pasarte a Responsable Inscripto.

HOLA MARTES! ✅Hoy venimos con un posteo que se aleja de lo netamente impositivo y aplica a la empresa en general.En tiem...
17/08/2021

HOLA MARTES! ✅

Hoy venimos con un posteo que se aleja de lo netamente impositivo y aplica a la empresa en general.

En tiempos como hoy es sumamente importante conocer de qué se trata, ya que si bien un profesional podrá realizarlo a un nivel mucho más profundo y específico, el análisis F**A es un ejercicio que cualquiera de nosotros puede hacerlo y sin otro recurso más que nuestra imaginación.

F**A 👉 𝙁𝙤𝙧𝙩𝙖𝙡𝙚𝙯𝙖𝙨 • 𝙊𝙥𝙤𝙧𝙩𝙪𝙣𝙞𝙙𝙖𝙙𝙚𝙨 • 𝘿𝙚𝙗𝙞𝙡𝙞𝙙𝙖𝙙𝙚𝙨 • 𝘼𝙢𝙚𝙣𝙖𝙯𝙖𝙨

El análisis F**A consiste en 2 grandes pasos:
1️⃣Detectar debilidades y amenazas.
2️⃣Implementar estrategias para convertirlas en fortalezas y oportunidades.

Te mostramos cómo funciona con algunos ejemplos:
👉Un bar con ingresos disminuidos por la pandemia y la restricción de personas que pueden ingresar (amenaza).
Instala un sistema de calefacción para ambientes abiertos y coloca mesas en la vereda.
Con esto no solo amplia la capacidad, sino que se convierte en algo único y atractivo (oportunidad).

👉Una fábrica con una línea de producción detenida por problemas de abastecimiento de un insumo importado (Debilidad).
Capacita al personal y reacondiciona la fábrica para comenzar a producir ese insumo.
No sólo soluciona el problema de desabastecimiento, sino también crea nuevos puestos de trabajo, expande la empresa y abastece a otras fábricas (fortaleza).

Ahora que ya sabes de que se trata, te proponemos que lo apliques en TU negocio.
De un simple ejercicio como este, puede surgir la “vuelta de rosca” que te está faltando!

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Como siempre decimos a nuestros clientes, AFIP tiene mucha más información de la que nosotros creemos.MIS COMPROBANTES e...
12/08/2021

Como siempre decimos a nuestros clientes, AFIP tiene mucha más información de la que nosotros creemos.

MIS COMPROBANTES es una relación relativamente nueva, que se encuentra en la página de AFIP. Ingresando con CUIT y clave fiscal, podemos consultar los comprobantes emitidos y recibidos.

Esta es una herramienta de gran utilidad que nos permite conocer quienes nos están facturando y asegurarnos de tener todos los comprobantes.

Junto con el Libro de IVA digital (que también comenzó a utilizarse hace poco), tienden a una liquidación del IVA cada vez más automática, lo que no necesariamente lo hace más sencillo.

👉NO podemos descargar la factura propiamente dicha, pero sí consultar datos como:
• Fecha
• Tipo de comprobante
• Número
• Denominación del emisor
• Importe total

👉Pueden aplicarse distintos filtros de búsqueda y descargar el listado en varios formatos.
👉Tener en cuenta que NO todos los comprobantes que nos emitieron figuran allí. Ej: facturas emitidas con controladores fiscales NO salen en la consulta.

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Lo primero que debes hacer es asesorarte con un profesional‼️👉CADA CASO ES ÚNICO y existen diferentes alternativas. Es m...
10/08/2021

Lo primero que debes hacer es asesorarte con un profesional‼️

👉CADA CASO ES ÚNICO y existen diferentes alternativas. Es muy importante analizar cuál es la mejor para TU negocio.

En la siguiente imagen de este posteo te contamos (a muy grandes rasgos), los impuestos en los distintos niveles y organismos.

✅Puede que por tu actividad y/o ubicación requieras algún régimen en particular.
✅Puede que estés exento en alguno del los impuestos.

Por último, te damos 2 consejitos:

1️⃣NO te compares con otros. Pueden parecer similares, pero seguramente no lo son.
Ej: En Rentas de Córdoba quien ejerza la actividad de remis con 1 vehículo propio está exento en Ingresos Brutos; pero si tiene 2 autos, debe pagar dicho impuesto.

2️⃣No esperes comenzar la actividad para luego consultar. La planificación impositiva es muy importante y puede ayudarte considerablemente en tus ingresos.
Ej. Si realizas compras antes de inscribirte en IVA, perdés todo el crédito fiscal de esas facturas.

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General Cabrera
5809

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