Rudi - Rudi & Asociados

Rudi - Rudi & Asociados Contadores públicos asesores en Administración - Jubilaciones - Seguros. Tomás de Rocamora 650 - Paraná.-
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Rudi-Rudi y Asociados es un Estudio Contable, Impositivo y Previsional con sinergia familiar, impulsada por dos generaciones unidas en la prestación de servicios profesionales con representación en distintos puntos de la provincia de Entre Ríos. Desde su fundación, ha combinado el respaldo de la experiencia y el prestigio adquirido en más de 30 años de trayectoria profesional, con la energía y el

dinamismo de jóvenes profesionales, brindando a sus clientes a través de una sólida estructura de asesoramiento personalizado, servicios especializados de consultoría contable, impositiva, previsional, societaria, entre otros. Nuestros servicios aportarán soluciones profesionales a su actividad, respondiendo con criterio objetivo, independiente y técnico a cada aspecto vinculado al desarrollo de su negocio.

Garantía de Alquiler 2025💬 Sin garante propietario. Rápido y seguro.¿Qué cubre este seguro?✔ Alquileres 100%✔ Depósito e...
07/08/2025

Garantía de Alquiler 2025

💬 Sin garante propietario. Rápido y seguro.

¿Qué cubre este seguro?
✔ Alquileres 100%
✔ Depósito en garantía 5%
✔ Expensas 15%
✔ Servicios 5%
✔ Ocupación indebida 20%

¿Quiénes pueden acceder?
- En relación de dependencia
- Monotributistas
- Autónomos
Ejemplo de costos (1 año)
Alquiler mensual Premio total Costo mensual
$200.000 $127.576 $10.631
$600.000 $382.730 $31.894
$1.200.000 $765.460 $63.788

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04/06/2025

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Las partes se reúnen y acuerdan incrementar, en forma escalonada y por un total que del 5,1 % las remuneraciones básicas...
30/01/2025

Las partes se reúnen y acuerdan incrementar, en forma escalonada y por un total que del 5,1 % las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75 que se abonará en forma de asignación no remunerativa, en su valor nominal y acumulativamente (según adenda), de acuerdo con lo siguiente:

1,7% a partir del mes de enero de 2025;
1,7 % a partir del mes de febrero de 2025, y
1,7 % a partir del mes de marzo de 2025.
Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de diciembre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos.

El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026. Los incrementos pactados en el presente mantendrán su condición de no remunerativos, incorporándose a los básicos de convenio de la siguiente forma:

“Incremento No Remunerativo Enero 2025” con los haberes correspondientes al mes de Febrero de 2025;
”Incremento No Remunerativo Febrero 2025” con los haberes correspondientes al mes de Marzo de 2025;
“Incremento No Remunerativo Marzo 2025”, con los haberes correspondientes al mes de abril de 2025.
Las partes firmantes de este acuerdo colectivo asumen el compromiso de reunirse en el mes de abril de 2025.

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A partir de ahora, se podrá importar mercadería con un peso máximo de 50 kilos por paquete, independientemente del peso ...
20/01/2025

A partir de ahora, se podrá importar mercadería con un peso máximo de 50 kilos por paquete, independientemente del peso total de envío.

☑️El cupo anual es de cinco envíos por año por persona, puede ser de 50 kilos por paquete las cinco veces.
☑️Los envíos no podrán exceder el valor de USD 3.000 (anteriormente eran USD 1.000). Además no se abonarán aranceles de importación por los primeros 400 dólares por envío, siempre que sea un bien adquirido para uso personal. En estos casos, los productos sólo abonarán IVA.
☑️Se podrán ingresar a través del sistema de courier productos como ropa, calzado, juguetes, celulares, computadoras, perfumes, artículos de cuidado personal, libros, insumos y repuestos, entre otras categorías.

Es importante mencionar que hay que registrar en ARCA que se recibió el envío por Correo Argentino ya que esta es la forma de registrar que estás ocupando un cupo.

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✅Oportunidad Laboral:- Estamos en la búsqueda de una persona con marcado perfil comercial, proactivo y con visión de neg...
29/11/2024

✅Oportunidad Laboral:

- Estamos en la búsqueda de una persona con marcado perfil comercial, proactivo y con visión de negocio.
- Conocimientos en logística, rutas nacionales e internacionales y confección de presupuestos.
- Preferentemente con experiencia en sector logístico de empresas de cargas generales.
- Poseer carnet de conducir al día.

Jornada laboral: lunes a viernes de 8 a 17.
Ubicación: Parque Industrial de Paraná, Entre Ríos.

Se ofrece:
Relación de dependencia
Remuneración acorde al puesto
Incorporación inmediata
Enviar CV a: [email protected]

Es importante destacar, que la misma actúa siempre y cuando los hechos demandados no estén vinculados con la actividad p...
22/11/2024

Es importante destacar, que la misma actúa siempre y cuando los hechos demandados no estén vinculados con la actividad profesional del asegurado, es decir, la misma responde ante la vida privada, no ante la profesional.

Además, este seguro tiende a amparar en forma integral los bienes del hogar, es decir, cubrir todos los riesgos que puedan afectar a la vivienda y su contenido.

Las coberturas más comunes dentro de este seguro son:
- Incendio Edificio
- Incendio Contenido
- Robo Contenido General
- Responsabilidad Civil Hechos Privados y Linderos
- Aparatos Domésticos
- Computadoras portátiles y similares
- Cristales
- Gastos de limpieza y Retiro de escombros, entre otros.

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Por la norma actual, personas que tienen un mismo salario pueden recibir distintos haberes jubilatorios por el solo hech...
22/10/2024

Por la norma actual, personas que tienen un mismo salario pueden recibir distintos haberes jubilatorios por el solo hecho de solicitar el beneficio en días diferentes.

- Es un error técnico de la Ley 27426 sancionada a fines del año 2017 que aún no ha sido soslayado.
Quien ya se jubiló (o se jubila) en agosto va a tener en septiembre un aumento del 4% (inflación de julio, sin el bono), sobre lo que estaba cobrando, o sobre su haber inicial. En cambio, el haber inicial de quien se jubile después del 1° de septiembre va a aumentar un 32,2% por la actualización de las remuneraciones que se toman como referencia para determinar la jubilación.
Estas notables diferencias se desprenden de la Disposición 19/2024 del Ministerio de Capital Humano, donde se fijan los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen el 31 de agosto de 2024, o que soliciten su beneficio desde el 1° de septiembre de 2024.
El coeficiente de actualización de las remuneraciones sube de 87.081,536, en el trimestre de junio, julio, agosto, a 115.130,326 para septiembre, octubre, noviembre.

Con las normas vigentes, cada tres meses, se tienen que publicar los coeficientes que se usan para actualizar las remuneraciones históricas, a fin de determinar el haber inicial como una forma de eliminar el efecto nocivo de la inflación. Esta actualización se hace según la evolución del RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para adherir al blanqueo de capitales ...
22/07/2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para adherir al blanqueo de capitales el cual permite regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta US$100.000.

En la medida que se ingrese lo antes posible al régimen, menor será la cuota a abonar. Las etapas se dividen en tres:

✔️ Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100.000.
✔️ Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
✔️ Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.

La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio).
Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente (titularidad, posesión, tenencia o guarda) al 31/12/2023, lo cual se acreditará en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.
En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, el mismo deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y mientras se mantengan en la misma no pagarán el impuesto. El dinero en efectivo debe regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.

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Se reglamenta la moratoria establecida por la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, con vigencia a par...
16/07/2024

Se reglamenta la moratoria establecida por la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, con vigencia a partir del día de mañana, miércoles 17 de julio de 2024. La resolución establece que la cantidad máxima de cuotas, mensuales y consecutivas, para personas humanas y sucesiones indivisas es de 60, para Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, 84, Medianas Empresas Tramos 1 y 2, 48 y el resto de los contribuyentes, 36.

Respecto a la tasa de interés mensual de financiación, la misma será variable y es la fijada por el BNA para operaciones de descuentos comerciales.

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Viernes 09:00 - 17:00

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