01/07/2021
ꜰᴀᴄᴛᴜʀᴀꜱ "ᴀ" ᴘᴀʀᴀ ᴍᴏɴᴏᴛʀɪʙᴜᴛɪꜱᴛᴀꜱ
📆 A partir de HOY, Jueves 1º de Abril de 2021 , los responsables inscriptos 🙋🏻♂️ deberán discriminar el IVA cuando facturan operaciones (ya sean ventas, locaciones o prestaciones de servicios) a monotributistas, emitiendo facturas “A”. 👩🏻💻
Es imprescindible:
🟨 Discriminar la alícuota a la que está sujeta la operación;
🟨 Discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente;
🟨 Adicionar la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”;
🟨 Cuando se facture a través de controladores fiscales, también se deberán emitir comprobantes clase “A”;
🟨 En caso utilizar equipos que solo permitan la identificación del receptor como Responsable inscripto en IVA, se deberá incorporar la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”;
🟨 Para las operaciones efectuadas con sujetos exentos, no alcanzados o consumidores finales frente al IVA, todo se mantiene igual y no se deberá discriminar este impuesto.
Tenés alguna otra duda respecto a este tema? Consultame!
MM.
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