L&Gh Estudio Jurídico-Contable

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01/06/2023

30/05/2023

⚖️SI TUVISTE UN ACCIDENTE EN EL TRABAJO - ¿QUE TENES QUE HACER?⚖️📌 Dar aviso del accidente a tu ART, lo puede hacer el t...
13/02/2023

⚖️SI TUVISTE UN ACCIDENTE EN EL TRABAJO - ¿QUE TENES QUE HACER?⚖️

📌 Dar aviso del accidente a tu ART, lo puede hacer el trabajador o empleador por llamada telefónica ☎️

📌La ART está obligada a brindarte atención médica🩺

📌 Una vez otorgado el alta médica, debes ser evaluado/a por medicos de la ART y de la SRT💉

📌Si determinan una incapacidad física producto del accidente, debes cobrar una INDEMNIZACION.

¿tenes alguna duda? no duden en consultarnos
⚖️Estudio L&Gh ⚖️
🏢 Montevideo 1951
📱 Contacto: 341 5869176


Las deducciones personales son los importes en concepto de ganancia mínima no imponible, cargas de familia y deducción e...
07/02/2023

Las deducciones personales son los importes en concepto de ganancia mínima no imponible, cargas de familia y deducción especial.

Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2022, con valor de 1,78838509 y los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.

Las deducciones para 2023 para los trabajadores en relación de dependencia son $451.683,19 de mínimo no imponible, $2.168.079,35 de deducción especial y las cargas de familia de $421.088,24 por cónyuge o unión convivencial, $212.356,37 por hijo y $424.712,74 por hijo discapacitado.

¡Comunícate con nosotros y te brindamos toda la información necesaria!
06/02/2023

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¿Necesitas asesoramiento jurídico-contable? 👉Comunicate con nosotros 📲
03/02/2023

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Una serie de datos del usuario sobre cada consumo, entre los que se incluye apellido y nombres, razón social o denominac...
02/02/2023

Una serie de datos del usuario sobre cada consumo, entre los que se incluye apellido y nombres, razón social o denominación; tipo y número de documento; número de tarjeta y Clave Única de Identificación Tributaria de la entidad financiera emisora.

Además, debe informar el monto de la operación de cada uno de los consumos realizados por el titular de la respectiva tarjeta de crédito y/o de compra en el país y en el exterior y el modo de pago; y la misma información de titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país.

¿Tenés la edad para jubilarte pero te faltan años de aporte? 👉Consultanos por las moratorias vigentes
31/01/2023

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Quienes ya tienen todo contratado para pasar sus próximas vacaciones en Brasil, Chile o Uruguay seguramente se preguntan...
25/01/2023

Quienes ya tienen todo contratado para pasar sus próximas vacaciones en Brasil, Chile o Uruguay seguramente se preguntan con qué conviene pagar los gastos que se realicen en esos destinos turísticos.

Según el analista, la tasa de devaluación mensual está siendo del 6,5% y “si el Gobierno mantiene este crawling peg, las compras con tarjetas de crédito en enero se terminarán pagando con un dólar de $400. Eso no quiere decir que el dólar paralelo, con el salto que está teniendo, no termine a fin de año con ese valor”.

En primer lugar conviene pagar con cash y después con tarjeta de débito, porque es el tipo de cambio al momento de la compra. Para el caso del dólar turista, la devolución de impuestos licúa muchísimo en enero, porque recién va a estar devolviéndose en 2024, salvo para los que son monotributistas o no pagan Ganancias.

OPCIONES PARA PAGAR COMPRAS EN EL EXTERIOR:
Tarjetas de débito o crédito
Al pagar con tarjeta, ya sea débito o crédito, un monto menor a US$ 300, se toma un dólar turista de aproximadamente $ 320 (incluido el impuesto PAIS y 45% de percepción).
Al gastar más de US$ 300, se pasa a pagar unos $ 365 por cada dólar, ya que se le suma 25% extra a cuenta de bienes personales, según un informe de Turismocity.
En el caso de la tarjeta de débito, se toma el valor del cambio del día. Por su parte, con tarjeta de crédito, se tomarán al valor del día del cierre de la tarjeta. Es por eso que la mejor forma es pagar con débito, y en su defecto, con crédito.

En primer lugar, los viajeros argentinos deben tener en cuenta que será necesario habilitar las tarjetas de crédito con ...
24/01/2023

En primer lugar, los viajeros argentinos deben tener en cuenta que será necesario habilitar las tarjetas de crédito con las que quieran operar.

Para poder usarlas en cualquier cajero automático del exterior tendrá que pedir la autorización en la entidad emisora de cada tarjeta.

Quienes realicen un viaje con destino en el exterior deben saber que pueden retirar efectivo en cualquier cajero fuera del país, tanto con tarjeta de crédito como débito, siempre que se disponga de saldo en dólares en la cuenta bancaria.
Por otra parte, debe destacarse que el límite de extracción total en los cajeros automáticos variará dependiendo de la habilitación que le haya dado a cada usuario la entidad bancaria emisora de la tarjeta y la suma retirada se convertirá al dólar oficial del día en que se realice el retiro. Además debe contemplarse que la paridad con el dólar que se tiene en cuenta es la de la moneda en el lugar de destino.

En cuanto al límite por cada operación, el monto máximo permitido es de 700 dólares. Cabe señalar que este es el tope incluso en los casos que el usuario tenga habilitado un límite de extracción superior a esa cifra para operar en los cajeros automáticos dentro de Argentina. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta que esa suma será, sin excepciones, el importe máximo que se podrá retirar.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?A partir de los 6 meses tenes 14 días corridos de vacaciones.Si trabajaste m...
23/01/2023

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

A partir de los 6 meses tenes 14 días corridos de vacaciones.
Si trabajaste menos de 6 meses tenés 1 día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo.
¿Puedo comenzar las vacaciones cualquier día de la semana?
No. Siempre a partir del día lunes o el siguiente hábil cuando el lunes fuese feriado.
Si sos un trabajador que presta servicios en días inhábiles, tus vacaciones deben comenzar al día siguiente a aquél en que gozas del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.
¿En qué época del año mi empleador debe darme las vacaciones?
El empleador debe darte tus vacaciones dentro del período comprendido entre el 1° de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente.

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