31/07/2021
📌Se trata de un régimen de regularización para sujetos adheridos o no al monotributo que registren deuda en el Régimen Simplificado al 30 de junio de 2021 por los siguientes conceptos:
• Componente impositivo
• Aporte previsional
• Aporte de obra social
• Infracciones relacionadas con los conceptos anteriores
• Diferencias y monto adicional generados por aplicación de la ley 27.618
Podrán adherirse obligaciones en discusión administrativa o bajo procedimiento administrativo o judicial al 27 de julio de 2021.
Por otro lado, podrán regularizarse también:
• Obligaciones correspondientes al monotributo devengadas al 30 de junio de 2021, incluidas en planes de facilidades de pago caducos que hubieran sido presentados con anterioridad al 22 de julio de 2021.
• Planes de facilidades de pago vigentes al 22 de julio de 2021 que incluyan obligaciones correspondientes al monotributo.
Las principales características del plan de pagos son:
📍Cantidad máxima de cuotas y tasa de interés de acuerdo al siguiente detalle:
- Categorías A, B, C y D hasta 60 cuotas a una TEM de 1,25%
- Categorías E, F, G, H, I, J, K y no inscriptos hasta 48 a una TEM de 1,50%
📍Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera que contendrá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.
📍Cada cuota no podrá ser inferior a $100.
📍La fecha de solicitud de adhesión será la de consolidación del plan.
📍La deuda consolidada contará con la condonación de multas y sanciones no firmes y de intereses resarcitorios y punitorios.
📍El régimen no considera pago a cuenta.
📍Cada una de las cuotas no podrá ser inferior a $100.-. La fecha de vencimiento de cada una será el día 16 de cada mes a partir del siguiente al de consolidación y se cancelarán mediante débito directo en cuenta bancaria. Si no se hubiese logrado realizar el débito en la fecha indicada, se hará un segundo intento el día 26 del mismo mes.
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