04/09/2026
Hola a todos 👋
Esta semana se conocieron tres novedades importantes en materia de derechos antidumping, que implican una reducción concreta de costos para determinadas importaciones:
🔹 Aisladores de porcelana – Brasil, China y Colombia: mediante la Resolución 1408/2026 se eliminaron en forma inmediata y definitiva las medidas antidumping que afectaban a determinados aisladores de porcelana (NCM 8546.20.00). La decisión se fundamentó, entre otras cuestiones, en la inexistencia actual de producción nacional de estos productos.
🔹 Aires acondicionados – Tailandia: la Resolución 1458/2026 abrió un examen de la medida antidumping aplicable a determinados equipos de hasta 6.500 frigorías/hora (NCM 8415.10.19). Mientras dure el examen deja de aplicarse el derecho antidumping del 85% sobre el valor FOB que regía hasta ahora.
🔹 Bombas de agua para motores – China: la Resolución 1459/2026 abrió el examen correspondiente a determinadas bombas para líquido refrigerante o agua para motores (NCM 8413.30.90). En este caso, mientras dure el procedimiento deja de aplicarse el derecho antidumping del 246% sobre el valor FOB que alcanzaba a estas mercaderías.
Son cambios muy relevantes para quienes importan o proyectan importar estas mercaderías, especialmente en los dos últimos casos, donde la suspensión de derechos del 85% y 246% puede modificar sustancialmente el costo de importación.
Desde DMF Comercio Exterior seguimos diariamente estos cambios para detectar oportunidades y evaluar su impacto en las operaciones de nuestros clientes.