María Salas Asesor Previsional

María Salas Asesor Previsional Es un agrado saludarlos, soy María Cristina Salas, desde hace más de 30 años trabajo en Asesoría Previsional, Registro conjunto Nº 183.

16/09/2025

aumenta la PGU a 250.000
Este aumento se implementará gradualmente desde la publicación de la ley:
Septiembre 2025: Beneficiarios de 82 años o más.
Septiembre 2026: Beneficiarios de 75 años o más.
Septiembre 2027: Beneficiarios de 65 años o más.
Beneficiarios de pensiones de gracia Valech, Rettig y exonerados accederán con igual gradualidad y tramos etarios.

19/08/2025

Las autoridades eliminaron las Ofertas externas que permitían obtener mayor pensión para los afiliados, existe la idea que con esto se solicite Remate, así, los afiliados tendrán mas opciones en el caso que lo atienda un Vendedor de Compañías, ellos están obligados a ofrecer su Compañía de Seguros aunque la pensión ofrecida sea muy inferior a otras que se registran en el sistema. En búsqueda de mejorar pensión para mis clientes participaré en remates con las Compañías que elija para su pensión. Esta elección también es un proceso serio ya que será vinculante para el afiliado.

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19/08/2025

Hace unas semanas no encontraba a un cliente para informar que la apelación había sido un éxito. Comencé en antiguo trabajo, domicilio, vecinos etc. En el almacén me informaron que estaba hospitalizado, fue otra excursión, hasta que llegue a él. Solicité a la comisión médica que revisaran su ficha clínica y ya tenemos un Dictamen de Invalidez Total, faltan unos días para que quede ejecutoriado, las Compañías de seguros no cesan de Apelar , aunque sus argumentos muchas veces son vagos, solo demoran el proceso, en cuanto tenga certeza que viene su pensión lo visitaré nuevamente y solicitaré copia de cédula y su tarjeta del Banco, en mas de tres meses ningún familiar lo ha visitado, al menos ahora tendrá como mantenerse, esto me gusta de mi trabajo, también es una labor social.

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28/06/2025

Los beneficios de la reforma es a los 65 años.

Deben saber que en el Certificado de ofertas,se ordena desde la mayor a menor oferta, en la ultima columna puede ver cua...
28/06/2025

Deben saber que en el Certificado de ofertas,se ordena desde la mayor a menor oferta, en la ultima columna puede ver cuanto dinero menos percibira si elige Compañia con menor oferta. Ayer revisando un caso eran mas de 600.000 al año,era una excelente Compañia de Seguros pero la elegiria? Siendo que otras igual de buenas entregan mejor pensión?......ojo si lo atiende un vendedor de Compañia, decida sin presion...INFORMESE

24/06/2025

Tanto tiempo que no estaba activa, los días pasan muy rápido y el trabajo distrae, estoy feliz hemos recibido excelentes respuesta de Apelaciones y descargos realizados. Lograr Pensiones para quienes sufren enfermedades crónicas. Hacer Justicia es reconfortante. La Asociación de Aseguradoras Apela casos que no son apelables, solo es un acto de dilatación .

30/01/2025

Nueva cotización para trabajadores(as) dependientes
A partir del primer día del quinto mes siguiente a la publicación de ley, su empleador comenzará a cotizar gradualmente hasta llegar a un 8,5% de su sueldo, pero sólo 4,5% irá a su cuenta individual en la AFP, y el restante 4% de cotización irá a un fondo administrado por el Estado, llamado Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), según el siguiente desglose:

1. Aporte a la cuenta individual: A contar del mes siete de la publicación de la ley, su empleador va a hacer una contribución de 0,1% adicional a su cuenta individual en la AFP. Dicha cotización va a ir aumentando gradualmente cada año para completar 4,5% del sueldo a partir del año 2033. Este aumento en la cotización se traducirá en una mejor pensión para los empleados.

2.Aporte al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)

2.1. A partir del primer día del décimo séptimo mes siguiente a la publicación de esta ley, su empleador va a hacer una contribución de 0,9% al FAPP principalmente para subir pensiones a los actuales pensionados, la que subirá a 1,5% a partir de un año después. Este aporte no se depositará en su cuenta individual, sino que será un préstamo al FAPP que será devuelto al momento de pensionarse con el interés correspondiente (tasa de bono Tesorería General de la República a un plazo equivalente). Cabe mencionar que el préstamo probablemente tendrá una tasa de rentabilidad más baja que su cuenta individual, lo que afectará el monto de la pensión.
Luego de 20 años, el aporte en forma de préstamo empezará a disminuir en 0,15% anual y ese monto irá crecientemente a la cuenta individual del trabajador, de forma tal que al cabo de 30 años el 1,5% irá íntegramente a ésta.
La reforma impone una carga mayor sobre los trabajadores jóvenes menores de 35 años. Se les exigirá contribuir durante tres décadas a un beneficio que jamás recibirán, ya que la garantía por año cotizado se habrá extinguido cuando alcancen la edad de jubilación. Esto evidencia una grave inequidad en el diseño del sistema, donde una generación subsidia a otra sin recibir compensación alguna.

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30/01/2025

Beneficio por año cotizado para futuros pensionados(as)
La garantía de 0,1 UF por año cotizado, con tope de 2,5 UF, se extenderá a las personas de 65 años o más que se jubilen, en la medida que cumplan con los requisitos antes mencionados.
Esta garantía se entregará sólo si la suma de pensión obtenida a través de la cotización del empleador a la cuenta individual y al préstamo es inferior al monto de la garantía (0,1 UF por año cotizado), cubriendo la diferencia entre ambos montos.
Esta garantía se extinguirá en 2055 (30 años desde la publicación de la ley).

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30/01/2025

Beneficio por año cotizado para actuales pensionados(as) por vejez o invalidez mayores de 65 años
Al décimo mes desde la publicación de la ley, tendrán una garantía en su pensión de 0,1 UF por año cotizado con un tope de 2,5 UF (equivalentes a $95.961 al 31 de enero de 2025), siempre que cumplan con tener 20 años de cotizaciones en el caso de los hombres o 10 en el caso de las mujeres, ya sea continuas o discontinuas (calculados por jornada completa).
El requisito mínimo de cotización para las mujeres va a aumentar a 15 años en forma gradual.
Este beneficio se extinguirá por el fallecimiento del beneficiario.

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30/01/2025

Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida
A contar del mes seis desde la publicación de la ley, recibirán una compensación mensual en su pensión con el objeto de cubrir la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. Es decir, a mismo saldo, grupo familiar y edad, misma pensión entre hombre y mujer.
La mínima compensación será de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.596 al 31 de enero de 2025). Sin embargo, el cálculo de esta compensación se hará considerando como pensión tope 18 UF.
Recibirán el 100% de esta compensación las mujeres que se jubilen a los 65 años, lo que será decreciente si se jubila antes de los 65 años, llegando a 5% si lo hace a los 60 años.
Este beneficio se extinguirá al fallecer la mujer o si sale del país por 180 días.

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