10/09/2026
¿Sabías que faltar un viernes y el lunes siguiente no necesariamente configura “dos días seguidos”? ⚖️
La Corte Suprema acogió el recurso presentado por un trabajador y declaró injustificado su despido. El tribunal determinó que el fin de semana interrumpe la continuidad exigida por el artículo 160 N.º 3 del Código del Trabajo.
Esto no significa que cualquier inasistencia esté permitida: la ley también contempla otras hipótesis y cada despido debe analizarse según sus antecedentes.
Si no estás de acuerdo con la causal invocada, asesórate antes de firmar el finiquito y deja expresa reserva de derechos.
¿Conocías este criterio de la Corte Suprema? Déjanos tu opinión o escríbenos para revisar tu caso.
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