19/05/2026
En Chile, el teletrabajo no se puede exigir libremente en cualquier momento. Depende de tu situación laboral y de si cumples ciertos requisitos legales.
Puedes solicitarlo cuando:
* Si tu contrato o anexo lo permite: puedes pedir pactarlo con tu empleador en cualquier momento, pero debe haber acuerdo entre ambas partes. El empleador no está obligado a aceptarlo si no existe un derecho especial aplicable.
*Si eres cuidador/a y estás protegido por la Ley de Conciliación (Ley 21.645): puedes solicitar que todo o parte de tu jornada sea teletrabajo o modalidad híbrida, siempre que:
- tengas el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o
cuides a una persona con discapacidad o dependencia severa/moderada (sin importar edad),
- y que la naturaleza de tus funciones permita trabajar a distancia.
En estos casos el empleador debe responder fundadamente si rechaza la solicitud.
Importante:
*Debe quedar por escrito (contrato o anexo).
*El empleador debe registrarlo en la Dirección del Trabajo dentro de 15 días
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