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A partir del 01 de septiembre de 2023 el sueldo mínimo pasará de $440.000 a $460.000 pesos brutos. Esto, de acuerdo al a...
01/09/2023

A partir del 01 de septiembre de 2023 el sueldo mínimo pasará de $440.000 a $460.000 pesos brutos. Esto, de acuerdo al aumento gradual anunciado anteriormente, el cuál quedó de la siguiente manera:

- Sueldo mínimo 01 de septiembre 2023: $460.000.

- Sueldo mínimo 01 de julio 2024: $500.000.

Esto implica que las empresas deberán ajustar el cálculo en las liquidaciones de sueldo de sus colaboradores para el mes de septiembre 2023.

En caso de que la inflación acumulada de 2023 (IPC enero-diciembre 2023) supere el 6%, el citado ingreso mínimo mensual será de $470.000 a contar del 1 de enero de 2024.

Como referencia, para julio de 2023, el IPC acumulado asciende a 2,5%,
Recuerda que dichos cambios afectan las cotizaciones a pagar en octubre 2023.

Con este aumento de sueldo, aumentan las asignaciones familiares y topes de gratificación.
Si tienes alguna duda puedes contactarnos por mensaje directo o mediante el link en la bio.

A partir del 01 de mayo de 2023 el sueldo mínimo pasará de $410.000 a $440.000 pesos brutos. Esto, de acuerdo al aumento...
02/06/2023

A partir del 01 de mayo de 2023 el sueldo mínimo pasará de $410.000 a $440.000 pesos brutos. Esto, de acuerdo al aumento gradual anunciado recientemente, el cuál quedaría así:

- Sueldo mínimo 01 de mayo 2023: $440.000. (retroactivo)

- Sueldo mínimo 01 de septiembre 2023: $460.000.

- Sueldo mínimo 01 de julio 2024: $500.000.

Esto implica que las empresas deberán ajustar el cálculo en las liquidaciones de sueldo de sus colaboradores para el mes de mayo 2023.

En caso de que la inflación acumulada de 2023 (IPC enero-diciembre 2023) supere el 6%, el citado ingreso mínimo mensual será de $470.000 a contar del 1 de enero de 2024.

Como referencia, para abril de 2023, el IPC acumulado asciende a 2,1%,
Recuerda que dichos cambios afectan las cotizaciones a pagar en febrero 2023.

Con este aumento de sueldo, aumentan las asignaciones familiares y topes de gratificación.

Si tienes alguna duda puedes contactarnos por mensaje directo o mediante el correo [email protected]

06/01/2023

En la siguiente tenemos como ejemplo una liquidación de sueldo con el incremento de salario base mínimo que regirá a partir de enero 2023 (cotizaciones a pagar en febrero 2023)

En el ejemplo, tomamos como supuestos:

- Liquidación de sueldo mensual de jornada completa de trabajo (sin ausencias).
- Gratificación legal mensual Art. 50 (mínima).
- Trabajador con contrato a plazo indefinido.
- No tiene cargas familiares.
- Pertenece a AFP Modelo.

Recuerda que dichos cambios afectan las cotizaciones a pagar en febrero 2023.

Si necesitas asesoría con respecto a , puedes contactarnos por en link de nuestra biografía o por mensaje directo.

A finales de octubre de 2021, la Dirección del Trabajo instruyó a todos los empleadores y empleadoras, el ingreso de una...
06/12/2022

A finales de octubre de 2021, la Dirección del Trabajo instruyó a todos los empleadores y empleadoras, el ingreso de una serie de documentos laborales dentro de su plataforma web.

El registro de cada documento debe realizarse de manera digital en el sitio MiDT, teniendo en cuenta las fechas límites de cada notificación.

Si transcurrido el plazo correspondiente, el empleador o empleadora no registra dichos documentos en el sitio web de la DT, estará incumpliendo una obligación legal y podrá ser sancionado por este Servicio.

Debido a dificultades técnicas que impiden un ingreso eficiente y oportuno de los datos y documentos que los empleadores...
18/11/2022

Debido a dificultades técnicas que impiden un ingreso eficiente y oportuno de los datos y documentos que los empleadores y empleadoras deben registrar, a través del Decreto Supremo N° 39 se amplió hasta junio de 2023 la entrada en vigencia íntegra del registro laboral electrónico, es decir, los siguientes registros serán obligatorios a contar del mes de junio de 2023:

- Comité bipartito de capacitación.
- Comité paritario de higiene y seguridad.
- Reglamento interno de orden, higiene y seguridad.
- Pactos especiales de condiciones de trabajo.
- Sanciones contra de los trabajadores.
- Instrumentos colectivos de trabajo.
- Registro de asistencia, feriados, licencias y permisos.

Si tienes dudas sobre estas obligaciones, comunícate con nosotros por a través de www.cvauditorescl.com

En esta modificación de la Ley 21.453, los productos e instrumentos que se deben informar por parte de los Bancos al Sii...
07/11/2022

En esta modificación de la Ley 21.453, los productos e instrumentos que se deben informar por parte de los Bancos al Sii, serán:

- Cuentas Corrientes Bancarias.
- Depósitos a Plazo.
- Depósitos a la Vista o Vales Vista.
- Cuentas de Depósito a la Vista.
- Cuentas de Ahorro a Plazo.
- Cuentas de Ahorro a la Vista.
- Cuentas de Ahorro a Plazo para la Vivienda.
- Cuentas de Ahorro a Plazo con giros diferidos.
- Cuentas de Ahorro a Plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile conforme al artículo 35, N° 1, de su ley orgánica.

Si tienes dudas sobre esta modificación, comunícate con nosotros mediante nuestra página web www.cvauditorescl.com

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un porcentaje de tu renta imponible que tiene como objetivo el pago de p...
19/10/2022

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un porcentaje de tu renta imponible que tiene como objetivo el pago de pensión en caso de Invalidez o Sobrevivencia a tu familia, en caso de fallecimiento.

El porcentaje mensual del seguro será de 1,54% de tu renta imponible a partir de la remuneración de octubre 2022.

- Si eres dependiente, es financiado por tu empleador.

- Si eres independiente o voluntario, debes pagarlo cada vez que cotices.

Estimado(a) Empleador(a) recuerda que:

1) Esta cotización es de cargo del Empleador.

2) SIS no aplica para trabajador dependiente pensionado.

3) Esta tasa incluye el SIS, que es de cargo del trabajador.

Si tienes dudas sobre esta cotización, comunícate con nosotros por mensaje directo o WhatsApp.

Desde el 1 de septiembre se aplicará un 3% de retención adicional, de acuerdo a lo que indica la Ley, el que se destinar...
19/10/2022

Desde el 1 de septiembre se aplicará un 3% de retención adicional, de acuerdo a lo que indica la Ley, el que se destinará única y exclusivamente a apoyar el pago de la cuota anual, a partir de la Operación Renta 2023.

Recuerda que este monto es una ayuda establecida por ley para el reintegro del beneficio, que se realiza en cuatro cuotas anuales, y se calcula y paga durante la Operación Renta de cada año.

Si solicitaste el Préstamo en 2020 y 2021, la retención no aumenta y se mantiene en un 3% total, que ya se aplica sobre el sueldo y/o boleta de honorarios.

La gratificación legal será exigible si cumple con la concurrencia de los siguientes requisitos:i. Que se trate de estab...
19/10/2022

La gratificación legal será exigible si cumple con la concurrencia de los siguientes requisitos:

i. Que se trate de establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas, empresas y cualesquiera otros, o cooperativas.

ii. Que los implicados en el anterior ítem (excepto las cooperativas), persigan fines de lucro.

iii. Que estén obligados a llevar libros de contabilidad.

iv. Que obtengan utilidades o excedentes líquidos en su giro.

Y recuerda, el tope de la Gratificación Legal es de 4,75 IMM, por lo cual, el máximo de gratificación a pagar de manera mensual es de $158.333, valor vigente hasta nuevo aumento de salario mínimo.

Visita nuestra página web www.cvauditorescl.com

Conforme con esta Ley, el referido impuesto único no será aplicable a las enajenaciones de dichos valores efectuadas por...
19/10/2022

Conforme con esta Ley, el referido impuesto único no será aplicable a las enajenaciones de dichos valores efectuadas por inversionistas institucionales domiciliados o residentes en Chile o en el extranjero.

En la página de Servicios de Impuestos Internos, en la sección de Circular, podrás encontrar la circular 39, donde podrás profundizar el tratamiento tributario para el mayor valor obtenido en la enajenación o rescate de acciones de sociedades anónimas abiertas constituidas en Chile con presencia bursátil.

Dirección

Avenida Nueva Providencia, Providencia Región Metropolitana
Santiago
7500000

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