20/02/2020
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La repartición de los bienes depende del tipo de régimen que hayan escogido al momento de contraer matrimonio.
En Chile existen 3 tipos de matrimonios:
👉 Sin sociedad conyugal (separación de bienes); aquí cada uno se queda con sus bienes, es decir, si la casa está a nombre de la mujer y el auto a nombre de el hombre, eso se mantendrá al divorciarse.
👉 Con sociedad conyugal (sin separación de bienes) ambos son dueños de todo, por lo que los bienes se deben repartir entre ambos en partes iguales.
Primero se valorizan todos los bienes y luego se reparten (en dinero, ya sea si se venderán, o si se repartirán las cosas directamente).
👉 Con participación en los gananciales los bienes del marido y la mujer adquiridos antes del matrimonio permanecen en el patrimonio de cada uno y los administra cada quién. Los bienes adquiridos durante la vigencia del régimen ingresan también al patrimonio del cónyuge que los adquirió, y al término del régimen el cónyuge que obtuvo más ganancias, debe participar al otro de las mismas, en términos tales que ambos queden iguales.
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