12/08/2026
La tutela no es el mecanismo para controvertir las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional en procesos de control abstracto.
La Corte precisó que esta regla, antes reconocida frente a las sentencias de constitucionalidad, también se aplica a los autos y demás providencias dictadas durante esos trámites, por tratarse de decisiones generales, impersonales y abstractas.
Cuando se aleguen vulneraciones graves al debido proceso, el mecanismo excepcional previsto es el incidente de nulidad.
Sentencia T-024 de 2026
M.P. Miguel Polo Rosero
Boletín: https://shre.ink/jnNt