23/09/2020
La Corte Suprema de Justicia, en un falló histórico, reconoce que la violencia policial no se trata de manzanas podridas, sino que obedece a una estructura de funcionamiento institucional de la Policía que limita con la ilegalidad y el crimen.
El año pasado, organizaciones de DDHH, víctimas y académicos presentamos una acción de tutela con 23 pretensiones. Algunas de ellas las concedió en segunda instancia la Corte Suprema.
Comparto algunos puntos trascendentales de la decisión:
1. El temor al ESMAD es serio y fundado: Para la Corte, los hechos ocurridos en el Paro Nacional tienen la fuerza de generar desconfianza y temor entre los ciudadanos que deseen ejercer su derecho a la protesta pacífica, porque el ESMAD no refleja capacitación ni mesura en sus actos y, menos aun interés el salvaguardar la integridad de las personas con sus armas de dotación; por tanto, quien quiera salir a manifestarse públicamente o cuando se generen multitudes en esa actividad, siente una preocupación real y seria de verse agredido injustificamente por la fuerza pública.
2. El uso de gases lacrimógenos se ha usado de manera indiscriminada: Resulta preocupante que en lugares donde se presentan grandes aglomeraciones, la fuerza pública lance agentes químicos sin razón alguna, no sólo por la múltiple lesión al derecho a reunirse en lugares públicos, también por el riesgo que supone originar una estampida en razón del pánico.
3. El ESMAD es cuerpo criminal: El vacío que supone como institución del ESMAD que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas.
4. El Estado debe reformar su respuesta a la protesta: Deben no solo estudiarse los decretos sobre el uso de armas, sino garantizar que los defensores de derechos humanos podrán ingresar a verificar la situación de detenidos. Prohíbe la escopeta calibre 12.
Fotos para la historia y para chicanear 🤪