Asacojur SAS

Asacojur SAS Somos una empresa prestadora de servicios jurídicos, ubicada en la ciudad de Medellín, expertos en

Lo asesoramos frente a la obligación constitucional de definir la SITUACIÓN MILITAR.
04/09/2020

Lo asesoramos frente a la obligación constitucional de definir la SITUACIÓN MILITAR.

La institución busca incorporar a 20.000 jóvenes.

24/08/2020

DEFINA SITUACIÓN MILITAR

24/08/2020

Somos una sociedad prestadora de servicios jurídicos ubicada en la ciudad de Medellin, pero de cobertura nacional.

09/08/2020
Defina su situación militar
09/08/2020

Defina su situación militar

21/07/2020

¿Quieres saber cuánto vale tu Libreta Militar?

Definir la Situación Militar es una obligación de todos los colombianos hombres; prestar el Servicio Militar es parcialmente obligatorio.

Hacemos esta claridad, porque los dos términos tienden a confundirse; en primera instancia Definir la Situación Militar abarca las dos modalidades que son:

A) Prestando el Servicio Militar como soldado regular, bachiller, como auxiliar de policía o en el INPEC.

Se dice que es parcialmente obligatorio, porque hay unas excepciones que estipula la ley , las cuales no vamos a tratar en este caso.

B) Pagando un monto pecuniario o cuota de compensación que exige el Estado, por el hecho de no incorporarse a filas.

Pero hablemos de la modalidad B, es decir, del pago de la Cuota de Compensación Militar (CCM); la pregunta frecuente es:

¿Cuánto vale mi libreta militar?

En esos términos, vale la pena aclarar que realmente se llama, Tarjeta Militar de Reservista de Segunda o Primera Clase y el costo de ella, es solo el equivalente al 15% del valor del Salario Mínimo que esté vigente; pero el documento como tal no es el que constituye la contribución de la que estamos hablando, para aquellos que por algún motivo no van a prestar el servicio militar.

El valor de la CCM depende del nivel socio económico del núcleo familiar del interesado(concepto jurídico), del cual se tienen en cuenta dos componentes;

UNO - Componente patrimonial: la ley tiene en cuenta el valor de la sumatoria de los bienes, determinando unos rangos o criterios:

a) Si el valor del patrimonio es mayor a 200 Salarios mínimos, pero inferior a 700. (0.4%)

b) Si el valor del patrimonio es mayor a 700 Salarios mínimos, pero inferior a 1400. (0.5%)

c) Si el componente patrimonial es mayor a 1400 salarios mínimos (0.6%)

DOS - Componente de ingresos: En este caso, la ley toma como referente los ingresos que recibe el núcleo familiar para determinar el rango de la siguiente manera:

a) Ingresos inferiores a dos salarios mínimos mensuales (20%)

b) Ingresos superiores a dos salarios mínimos, pero inferiores a tres y medio. (30%)

c) Superiores a tres y medio salarios, pero inferior a cinco. (50%)

e) ingresos mayores a cinco salarios mínimos (60%)

Lo anterior se encuentra estipulado en la ley 1861 de 2017.
En lo que se refiere a salarios mínimos, se tiene en cuenta el mensual que esté vigente para la fecha en que el obligado vaya definir la situación militar.
En cuanto al núcleo familiar; el padre, la madre y el obligado.

Otros temas

¿Cuáles son las excepciones para la prestación del servicio de que trata la ley?

¿Qué hacer cuando un ciudadano es exento, pero aun así lo incorporan?

¿Que hacer cuando el Distrito Militar no le entrega el documento al ciudadano?

¿Cómo saber si estoy obligado a prestar el servicio militar?

¿A quién debo tutelar cuando se vulneran mis derechos en lo relacionado con el reclutamiento?

¿Puedo decidir si pago o voy a prestar el servicio?

¿Necesito la libreta militar para entrara a trabajar?

¿si no salgo apto no debo pagar la Cuota de Compensación Militar?

¿Hasta que edad me exigen la libreta militar?

Este tema de poco conocimiento en el ámbito jurídico, pero de mucha importancia para nuestra sociedad.

En ASACOJUR.SAS somos expertos en el tema de la definición de la situación militar en Colombia.

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050035

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