18/08/2025
Sabias que según el nuevo reglamento técnico que regula la señalización para espacios libres de fumado y vapeo en Costa Rica es obligatorio que desde febrero todos los locales comerciales y lugares de atención al publico cuenten con la rotulacion respectiva?
Imprimimos los rótulos según las especificaciones técnicas para tus espacios y que puedas cumplir con esta directriz y evitar multas y tramites complicados.
En Costa Rica, el reglamento a la Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos en la salud, N°9028, establece que en lugares donde está prohibido fumar, también está prohibido vapear. Esto incluye espacios públicos y privados donde se prohíbe el consumo de tabaco, sus derivados y el uso de Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares.
Directrices para la señalización:
Mensaje: Los rótulos deben indicar claramente "PROHIBIDO FUMAR/VAPEAR".
Ubicación: Los rótulos deben ser visibles en lugares de alta concurrencia, como entradas, servicios sanitarios, comedores y otros espacios públicos y privados.
Material: Los rótulos deben ser permanentes y resistentes al deterioro.
Iluminación: En áreas con poca iluminación, los rótulos deben estar iluminados para asegurar su visibilidad.
Colores: Los rótulos deben seguir las especificaciones de color establecidas en el reglamento, con un fondo blanco, letras rojas (Pantone 185 C o similar) y el símbolo correspondiente, según el Anexo 1 del reglamento.
Diseño: Los rótulos no deben llevar logotipos, imágenes o colores que hagan referencia a marcas o productos de tabaco.