J&E Outsourcing

J&E Outsourcing Asesorías y Confección de Procesos Contables.

📊 Despacho J&E Outsourcing¿Necesita una Certificación de Ingresos emitida por un Contador Público Autorizado (CPA)? ¡Est...
22/07/2026

📊 Despacho J&E Outsourcing

¿Necesita una Certificación de Ingresos
emitida por un Contador Público Autorizado (CPA)? ¡Estamos para servirle!

✅ Certificaciones de Ingresos (CPA)
✅ Servicios Contables y Financieros
✅ Atención personalizada y profesional

📍 Ubicación: Galerías del Sur, Local #3

📞 Contáctenos:
2275-0407 | 8348-4613 | 8833-7018
📧 Correo: [email protected]

30/04/2026

*MH-DGT-RES-0015-2026* DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN:

" *CRITERIOS INTERPRETATIVOS SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA RESPECTO A LA NORMATIVA TRIBUTARIA* ".

RESUMEN DE LA RESOLUCIÓN:
*1. Idea central*
Las empresas pueden llevar contabilidad con NIIF. Pero los impuestos se calculan con la ley tributaria. En caso de conflicto: manda la norma fiscal
*2. Herramienta clave*
Conciliación fiscal obligatoria. Ajusta la utilidad contable (NIIF) → utilidad fiscal. Basada en NIC 12 / Sección 29
*3. Quién aplica qué*
Grandes contribuyentes → NIIF completas. Otros → NIIF o NIIF PYMES. Regímenes simplificados/agro → excluidos de conciliación
*4. Regla general de medición*
Predomina el costo histórico. No se acepta (en general): Valor razonable. Valor de mercado
*5. Diferencias típicas NIIF vs fiscal*
Revaluación activos:
NIIF: Permitida
Fiscal: No deducible
Deterioro
NIIF: Reconocido
Fiscal: No deducible
Depreciación
NIIF: Flexible
Fiscal: Métodos limitados
I+D
NIIF: Puede ser gasto
Fiscal: Se capitaliza
Valor razonable
NIIF: Frecuente
Fiscal: Generalmente no válido
*6. Principios fiscales clave*
Ingresos → gravables si son reales y comprobables
Gastos → deducibles solo si:
- Están justificados
- Cumplen ley tributaria
- Se aplica el principio de devengo
*7. Casos importantes*
Inventarios: pérdidas deducibles solo con prueba.
Activos fijos: depreciación regulada por ley.
Intangibles: amortización limitada.
Intereses: muchas veces no deducibles de inmediato.
*8. Lo que NO acepta Hacienda (en general)*
Ajustes por valor de mercado. Pérdidas estimadas (deterioros) Revaluaciones contables
*9. VIGENCIA*
Rige a partir del 1 de enero de 2027

J&E Outsourcing SRL le brinda cobertura en todo  🇨🇷Certificaciones de ingresos CPI, CPA, flujos de caja proyectados para...
20/03/2026

J&E Outsourcing SRL le brinda cobertura en todo 🇨🇷

Certificaciones de ingresos CPI, CPA, flujos de caja proyectados para aperturas de cuentas, estados financieros para actualizacion de datos o crédito ante entidades financieras, paquetes para pequeños emprendedores, sistema de facturación, declaraciones mensuales y anuales y de sociedades inactivas.

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Galerías del sur Local 3.

*J&E Outsourcing*, una empresa que ofrece soluciones contables y administrativas. Aquí están los detalles clave:1. *Serv...
18/03/2026

*J&E Outsourcing*, una empresa que ofrece soluciones contables y administrativas. Aquí están los detalles clave:

1. *Servicios ofrecidos*:
- Declaraciones y facturas electrónicas (confección y presentación ante el Ministerio de Hacienda).
- Certificaciones (CPI-CPA) emitidas por un Contador Privado o Público Autorizado.
- Contabilidad en general (confección de contabilidades o supervisión del proceso contable).
- Procedimientos de Control Interno y Auditorías (elaboración e implementación).
- Toma y control físico de inventarios.
- Presupuestos y Flujos de caja proyectados (confección de presupuestos y análisis financiero).
- Administración de Nóminas (planillas, cálculos, pagos y presentaciones ante la CCSS e INS).

2. *Horario de atención*: Lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm.

3. *Ubicación*: San Rafael Abajo de Desamparados, Centro Comercial Galerías del Sur, local 4 (a la par de la terminal de buses).

4. *Contacto*: Teléfonos 8348-4613 / 2275-0407.

Los meses de marzo y abril concentran el vencimiento del plazo para la presentación anual de la Declaración de Patentes ...
14/03/2026

Los meses de marzo y abril concentran el vencimiento del plazo para la presentación anual de la Declaración de Patentes Municipales correspondiente al período fiscal 2025, para las actividades lucrativas inscritas ante las distintas municipalidades del país.

No obstante, existen excepciones específicas en algunos cantones cuyos plazos pueden vencer con anterioridad, por lo que resulta indispensable verificar la normativa y calendario aplicable en cada municipalidad.

Aspectos clave a considerar

󠁯•󠁏󠁏Formulario municipal
Debe completarse el formulario oficial establecido por cada municipalidad, incorporando el detalle de ingresos brutos y demás información requerida según la actividad desarrollada. Los requisitos pueden variar dependiendo del cantón.

•󠁏󠁏Declaración del Impuesto sobre la Renta
En la mayoría de los casos se debe adjuntar copia de la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta (Formulario D-101/D-102) correspondiente al período fiscal 2025, cuya fecha límite de presentación es el 16 de marzo de 2026, junto con su respectivo acuse de recibo.

•󠁏󠁏Actividades en más de un cantón
Si la empresa opera en varios cantones, deberá presentar declaración en cada municipalidad, segregando los ingresos atribuibles a cada una. Algunas municipalidades requieren certificación emitida por Contador Público Autorizado (CPA).

•󠁏󠁏Trámite digital
Varias municipalidades han habilitado la gestión en formato digital, pudiendo requerirse firma digital del representante legal o del profesional responsable.

•󠁏󠁏Riesgos de incumplimiento
La presentación tardía o la omisión de la declaración puede generar multas, ajustes en la determinación del impuesto municipal e incluso sanciones administrativas adicionales.

Estamos a su disposición apoyarle en la revisión y presentación de su Declaración de Patentes Municipales, asegurando el cumplimiento oportuno en cada jurisdicción.

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El Timbre de Educación y Cultura es un impuesto obligatorio para las personas jurídicas, cuyo monto se calcula con base ...
12/03/2026

El Timbre de Educación y Cultura es un impuesto obligatorio para las personas jurídicas, cuyo monto se calcula con base en el capital neto reportado en la declaración del Impuesto sobre la Renta.

A partir del período fiscal 2026, su cancelación se gestionará exclusivamente a través del sistema TRIBU-CR. Para las sociedades con actividad lucrativa, la obligación aparecerá automáticamente reflejada en el sistema una vez presentada la declaración del Impuesto sobre la Renta del periodo fiscal 2025.

El importe se determina según el capital neto declarado en el período fiscal inmediato anterior, conforme a la siguiente escala:

🔹Capital neto que no exceda ¢500.000: ¢5.000

🔹Capital neto que exceda ¢500.000 y hasta ¢2.000.000: ¢6.000

🔹Capital neto que exceda ¢2.000.000 y hasta ¢4.000.000: ¢12.000

🔹Capital neto que exceda¢4.000.000:¢18.000

Aunque la obligación se genera dentro de TRIBU-CR una vez presentada la declaración del Impuesto sobre la Renta (cuyo vencimiento es el 16 de marzo), el plazo para el pago del Timbre de Educación y Cultura se mantiene al 31 de marzo de cada año.

El incumplimiento en el pago dentro del plazo establecido generará los recargos e intereses correspondientes conforme a la normativa tributaria vigente.

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Dirección

San Rafael Arriba

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Lunes 08:00 - 17:00
Martes 08:00 - 17:00
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