Cuevas, Modesto & Asociados, SRL

Cuevas, Modesto & Asociados, SRL Firma de Auditores y Asesoria Fiscal
www.cuevasmodestoyasociados.com/

18/02/2021
18/02/2021

¡Denuncia la Defraudación Tributaria! Si un contribuyente simula, oculta o realiza cualquier forma de engaño para provocar un error de determinación de tributos, comete un delito.

Tal acción puede tener el propósito de evadir, de manera parcial o total, los impuestos. ¡Denúncialo!

Para realizar una delación ingresa a este enlace: dgii.gov.do/denuncias/

18/02/2021

: Cometes un delito tributario al engañar a la Administración Tributaria con el fin de reducir o eliminar el pago de impuestos.

¿Necesitas realizar una denuncia? Ingresa a nuestro portal dgii.gov.do, haz clic en denuncias y completa el formulario.

18/01/2021
22/06/2020

Se extienden beneficios de facilidades para los contribuyentes, la declaración y pago del ISR para personas físicas, jurídicas y entidades, así como del RST queda prorrogada hasta el 29 de julio 2020. Además, seguirá la exoneración del pago del anticipo mensual que vence el próximo 15 de julio. Desde este lunes, se prorrogan hasta el 29 de julio 2020 la presentación y pago de las obligaciones tributarias, cuyas fechas límites estaban previstas para el 29 de junio 2020. Tales como: El Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas y negocios de único dueño (IR-2), Primera cuota Impuesto sobre los Activos de Sociedades y la Declaración Informativa de Operaciones efectuadas con partes Relacionadas (DIOR), para los contribuyentes con fecha de cierre 31 de diciembre.

También fueron prorrogados, el Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (IR-1), la primera cuota Impuesto sobre Activos de Personas Físicas y la Declaración Jurada Informativa de las Instituciones sin Fines de Lucro con fecha de cierre 31 de diciembre. De igual forma, se mantendrá lo dispuesto en los Avisos 23-20 y 58-20, por lo que todos los contribuyentes del ISR, personas físicas, jurídicas o negocios de único dueño podrán liquidar el impuesto mediante el pago de cuatro cuotas iguales y consecutivas. Ver noticia completa: https://bit.ly/2V6fE0g

18/06/2020

¿Que es la Oficina Virtual (OFV)?

Es un medio electrónico que permite al contribuyente realizar de forma segura y oportuna, consultas, transacciones y declaraciones de impuestos, las 24 horas del día, los 7 días de la semana, constituyendo un espacio equivalente a una oficina física de la DGII, y por tanto, las informaciones mostradas en la misma y las transacciones que se realizan vía electrónica, tienen la misma validez que las efectuadas en oficinas locales de la institución. ​

¿Como conseguir tu cla​ve de acceso a la Oficina V​irtual?

Para solicitar la clave de acceso a la Oficina Virtual DGII, que es el espacio donde los contribuyentes pueden cumplir con sus deberes de forma segura y rápida, reduciendo el costo del cumplimiento de los mismos siga los siguientes pasos:

1. Ingrese al portal de la Oficina Virtual.
2. Seleccione la opción Solicitar Clave y complete la información requerida: RNC / Cédula y Tipo de Contribuyente.
3. Presione el botón Continuar, complete el formulario que aparecerá en la pantalla y presione el botón Enviar Solicitud.
4. Imprima su constancia de recepción.

Por ultimo recibirá la clave de acceso en su correo electrónico en un período aproximado de 24 horas laborables.

****Régimen Simplificado de Tributación​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​...
29/01/2020

****Régimen Simplificado de Tributación

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​El Régimen Simplificado de Tributación (RST), e​s un régimen simplificado para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean estas personas jurídicas o físic​​​as que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto No. 265-19 con relación a su actividad eco​nómica, su nivel de ingresos y sus volúmenes de compras.

Este régimen servirá para la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), basado en sus ingresos brutos o en sus compras.

15/01/2020

***Autorización de NCF De manera presencial

Depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de nuestra sede central o en el área de información de nuestras administraciones locales los siguientes documentos:

1- Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales FI-GCF-009 llenado, firmado y sellado.​

2- Carta de Solicitud timbrada, firmada y sellada que indique la persona autorizada a realizar el trámite.

3- Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado.

15/01/2020

***Autorización de NCF de manera virtual

​​​​​​​​​​​​​​​​​Autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes​

El proceso de autorización de emisión de comprobantes fiscales para nuevos contribuyentes o proceso de Altas de NCF, consiste en comprobar la veracidad de los datos de registro del contribuyente, tales como domicilio fiscal, actividad económica, etc., y a su vez comprobar si éste realiza operaciones comerciales.

Para obtener los NCF es necesario solicitar una autorización, la cual se adquiere por las siguientes vías:

Por Oficina Virtual (OFV) siguiendo estos pasos:

Ingresando a la Oficina Virtual con su usuario y contraseña.
En el menú de Solicitudes, seleccione la opción Solicitar trámites.
Seleccione la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales.
Completar el Formulario de Solicitud.

El sistema le informará un número de solicitud para su posterior seguimiento a través de esta misma vía

15/01/2020

En nuestro portal web podrás encontrar una sección dedicada exclusivamente a las , donde encontrarás información detallada para el cumplimiento de tus deberes tributarios. Accede aquí: https://bit.ly/2ujnR6z

15/01/2020

: ¿Quiénes tienen la obligación de registrar la información del Beneficiario Final?

Dirección

Avenida PASTEUR NO. 52 GAZCUE D. N
Gascue

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 17:30
Martes 08:00 - 17:30
Miércoles 08:00 - 17:30
Jueves 08:00 - 17:30
Viernes 08:00 - 17:30

Teléfono

809-688-4355

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