Empresas Tavarez Peralta S.A.

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21/09/2022
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24/08/2021

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20/07/2020

ALGUNOS FACTORES QUE INCIDIERON EN LA DERROTA DE GONZALO CASTILLO Y MARGARITA CEDEÑO, EN LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y CONGRESUALES CELEBRADAS EL 5 DE JULIO DEL 2020, EN LA REPUBLICA DOMINICANA.

Por: Miguel Ángel Tavárez

Analizar de forma objetiva las razones por las cuales el binomio GONZALO CASTILLO-MARGARITA CEDEÑO, no resultó ganador en la pasada contienda electoral que se conoció el 5 de julio del 2020, es una tarea difícil, debido al apasionamiento político que siempre está presente en todos los ciudadanos. Sin, embargo, en el presente análisis presentaremos diversos acontecimientos ocurrido en el país desde que GONZALO CASTILLO entró al ruedo político, que fueron incidiendo en la percepción de los votantes sobre el futuro político, primero de GONZALO CASTILLO y posteriormente de MARGARITA CEDEÑO. Entre estos acontecimientos, citamos: Las primarias celebrada el domingo 6 de octubre del 2019, la división del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), como consecuencia de la salida del expresidente LEONEL FERNANDEZ, quien al momento de su salida se desempeñaba como presidente de dicha organización política, la suspensión de las elecciones municipales del 16 de febrero del 2020, la aparición del COVID-19, en nuestro país, a principios del mes de marzo del 2020 y su desarrollo hasta la fecha de las elecciones, la derrota del PLD en las elecciones municipales celebradas el 15 de marzo del 2020 y el degaste normal que afecta a un partido político que tiene más de 12 años en el poder.
Los acontecimientos señalados generaron los factores que más adelante se detallan y que a nuestro humilde entender fueron las principales causales por las cuales GONZALO CASTILLO Y MARGARITA CEDEÑO no fueron electos.
1. La selección de GONZALO CASTILLO, como candidato presidencial del PLD, en las primarias del 6 de octubre del 2019, creo una situación de malestar y disgusto en algunos sectores dentro de dicho partido, especialmente en el sector que lideraba el expresidente LEONEL FERNANDEZ, lo que trajo como consecuencia la salida de este sector del PLD y con ello la división interna del PLD, este fue el primer golpe para GONZALO CASTILLO, quien trato de minimizar los efectos esta situación, sin embargo estos efectos se mantuvieron hasta el día de las elecciones, al extremo que los que no siguieron al expresidente LEONEL FERNANDEZ, tampoco fueron a votar.
2. La percepción que se generó en gran parte de la población, motorizada por la oposición política, de que el PLD fue el responsable de la crisis que se produjo al anularse el proceso de las elecciones que se estaban celebrado el 16 de febrero del 2020.
3. La aparición y desarrollo de COVI-19, que forzaron al presidente DANILO MEDINA a tomar medidas impopulares, como fueron el toque de queda, cierre de empresas, las medidas sanitarias, entre otras.
4. La escasa campaña realizada por los diferentes candidatos a senadores o diputados en las demarcaciones locales bajo su control, por temor al COVID-19, situación agravada en aquellas localidades en las cuales los candidatos tenían más de 60 años.
5. Poca participación en las actividades políticas de figuras muy importantes y con mucho arrastre dentro del PLD, que, aunque, apoyaron en teoría a GONZALO CASTILLO, este apoyo no se materializo en la práctica.
6. La salida tarde del presidente DANILO MEDINA a las actividades de campaña en favor de GONZALO CASTILLO y MARGARITA CEDEÑO, que no logro conquistar el voto de los indecisos.
7. El alto nivel de abstención de los votantes hábiles, especialmente de los mayores de 60 años por miedo y temor a contagiarse del COVID-19.
8. El degaste del PLD ocasionado por 16 años en el poder, que generó en muchos ciudadanos la idea de que el país necesitaba un cambio de partido para ver que pasa.

13/07/2020

LOS EFECTOS DEL COVID-19, EN EL AUMENTO DE LA TASA DEL DÓLAR EN EL PERIODO COMPRENDIDO, DESDE EL PRIMERO DE MARZO HASTA EL 09 DE JULIO DEL 2020.

POR: Ing./Lic. Miguel Ángel Tavárez

Para el día primero de marzo del corriente año 2020, el Ministerio de Salud Pública de la Republica Dominicana, confirmó el primer caso de contagio del COVID-19 y para esa misma fecha la tasa del dólar se cotizaba a 53.46 pesos por un dólar, para la compra y a 53.53 pesos por un dólar para la venta, según informaciones suministradas por el Banco Central de la Republica Dominicana. A partir de la indicada fecha los casos de contagios por COVID-19, empezaron a incrementarse, hasta el extremo que para el día 09 de julio del 2020, en la Republica Dominicana, se registraron 41, 915 casos, según el Boletín Especial para el COVID-19, No. 113, del Ministerio de Salud Pública. En ese mismo sentido se comportó la tasa del dólar y para la misma fecha del 9 de julio el dólar se cotizaba a 58.21 pesos por un dólar, para la compra y a 58.29 pesos por un dólar para la venta.
Algunas de las medidas que tomó el gobierno dominicano para controlar el avance de la epidemia, fueron las principales causales del aumento de la tasa del dólar, en el periodo del primero de marzo al 09 de julio del 2020. El dólar, como un bien económico que es, está sometido a la ley económica de la oferta y la demanda y justamente lo que ocurrió en el periodo señalado es una disminución de la oferta, es decir tuvimos una reducción en la disponibilidad de la cantidad de dólar.
La reducción en la disponibilidad de la cantidad de dólar, en el periodo señalado, se debió principalmente a cuatro factores: 1)-Paralización de muchas de las empresas de Zona Franca, las cuales se vieron en la obligación de suspender la mayoría de sus trabajadores. 2)-Reducción en las remesas que envían los dominicanos desde el exterior, debido a la afectación en el exterior de la misma problemática del COVID-19: 3)-Paralización de la llegada de turistas, debido al cierre de los aeropuertos y 4)-Reducción en el nivel de exportaciones.

30/06/2020

SEGUNDA PARTE DE LA PROBLEMÁTICA DEL EJERCICIO DEL DERECHO EN TIEMPO DEL COVID-19

Uno de los aspectos a considerar en la administración de una Justicia virtual, es el aporte y presentación de los medios de pruebas, en los procesos que se conocerán en las diversas materias y en las audiencias virtuales, ya que el procedimiento a que tienen que someterse los litigantes está determinado por las diversas normas contenidas en las leyes y los códigos, en los cuales se norman de forma taxativa y limitativa los medios de pruebas y la forma como se presentan en juicio, obligan a las partes y al juez a someterse a su imperio. Siendo importante destacar que existen medios de pruebas que, por su naturaleza, se harán difícil su utilización, como la inspección de lugares, la verificación de escrituras, algunos peritajes, entre otros.

El Departamento Legal de Empresa Tavarez Peralta S.A. (EMTAPECA), deja abierta dos interrogantes, para que el público que lea este artículo comente. ¿Puede el poder judicial, por vía de resoluciones, en nuestro ordenamiento jurídico, modificar leyes de procedimientos que están actualmente vigentes? o ¿Sería necesaria una reforma legislativa para adecuar las leyes de procedimientos a la administración de una Justicia virtual?

20/06/2020

LA PROBLEMÁTICA DEL EJERCICIO DEL DERECHO EN TIEMPO DEL COVID-19
El confinamiento ha provocado una pausa en el ejercicio de las funciones del abogado, al ver afectado la asistencia en las instalaciones de los tribunales, de manera que se ven en la necesidad de utilizar otros canales para continuar las actividades legales puesta en pausa en tiempo de cuarentena.
La situación provocada por el COVID-19, ha generado una problemática en el ejercicio de la carrera del derecho y en la administración de Justicia en la República Dominicana. Como consecuencia de esta problemática, el Poder Judicial ha realizado cambios en la forma de Administración de Justicia y estos cambios tienden a la administración de una Justicia virtual.
La Administración de la Justicia de forma virtual, además de afectar los ingresos y la economía de los abogados, los ha dividido en tres grupos:
1. Los abogados que tienen los recursos tecnológicos (equipos)
2. Los abogados que no tienen los recursos tecnológicos
3. Y los abogados que, aunque tienen los recursos tecnológicos, entonces no tienen los conocimientos que le permitan a corto plazo poder participar de la administración de justicia.
La Administración de la Justicia de forma virtual puede provocar una situación difícil para el ciudadano que se vea afectado con algunas situaciones que requiera acceder a la Justicia.
El departamento Legal de Empresa Tavarez Peralta S.A. (EMTAPECA), deja abierta dos interrogantes, para que el público que lea este artículo comente sobre la misma.
1. ¿Considera Usted que la Administración de Justicia de forma virtual está acorde con la Constitución o es inconstitucional?
2. ¿Considera Usted que esta forma de Administración de Justicia vulnera los derechos fundamentales de; acceso a la Justicia (artículo 69 de la Constitución), a la igualdad (artículo 39 de la Constitución) y al trabajo (artículo 62 de la Constitución)?

18/06/2020

⚖️ Nuestro Departamento legal ofrece un amplio Paquete de Soluciones Jurídicas.

Asesoramiento en:

✔️ Formación y/o transformación de Sociedades Comerciales
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✔️ Elaboración de todo tipo de Contratos
✔️ Interacción con el Registro Civil (Actas de Nacimientos, Actas de Defunción, Actas de Matrimonios)
✔️ Proceso de Transferencia de inmuebles
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✔️ Deslinde, Saneamientos, partición
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Para mas informacion favor llamarnos al 809-573-1789.

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