HR & Asociados Consultores

HR & Asociados Consultores Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de HR & Asociados Consultores, Asesoría, Calle LiCalle Genaro Pérez No. 55, módulo 3, Villa Olga, Santiago de los Caballeros.

Oficina de abogados, orientada en ofrecer asistencia personalizada en consultorías migratorias a Estados Unidos, Canadá, Europa y demás países que requieran de un visado y atención de casos en sus diversas vertientes legales. HR & Asociados Consultores, es una oficina de abogados que ofrece asistencia personalizada en consultorías migratorias a Estados Unidos, Canadá, Europa y demás países que req

uieran de un visado; llenado de formularios y atención de casos en sus diversas vertientes legales. Además ofrecemos servicios de notaría, traducción de documentos, inmobiliaria, constitución de sociedades comerciales, procesos administrativos y asesoría en asuntos penales. HR & Asociados - Consultores, está compuesta por un equipo profesional capacitado con experiencia y actualizado siempre, atentos a los cambios del mercado con el objetivo integral de cubrir la necesidad de cada cliente para su beneficio.

Desde el pasado mes de noviembre empezamos ha programar consultas en persona siguiendo los protocolos de prevención, den...
15/12/2020

Desde el pasado mes de noviembre empezamos ha programar consultas en persona siguiendo los protocolos de prevención, dentro de nuestras instalaciones, para garantizar la seguridad de nuestros clientes.

En HR & Asociados Consultores seguimos ofreciendo programación de consultas virtuales, de forma remota, sin involucrar el contacto con el público.

Si desea programar una consulta puede llamarnos al teléfono 809-580-1055 o al 829-941-1055. También puede escribirnos a nuestro correo electrónico [email protected].

Ya sea que decida visitarnos o efectuar su cita de forma virtual en HR & Asociados Consultores estamos dispuestos de hacer su proceso migratorio una experiencia placentera.

Desde el pasado 16 de marzo 2020, nuestra oficina HR & Asociados Consultores ha pausado temporalmente los servicios en p...
16/04/2020

Desde el pasado 16 de marzo 2020, nuestra oficina HR & Asociados Consultores ha pausado temporalmente los servicios en persona para ayudar a frenar el aumento de la curva en la propagación de la pandemia.

En HR & Asociados Consultores seguimos ofreciendo nuestros servicios, de forma remota, sin involucrar el contacto con el público a fin de proporcionar a nuestros clientes asistencia migratoria.

Recomendamos a nuestros clientes que la mejor forma de contactarnos es por medio de nuestro correo electrónico [email protected] o escribiendo a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

Los inmigrantes que obtienen una visa por motivos de una demanda laboral suelen ser profesionales o técnicos calificados...
01/03/2020

Los inmigrantes que obtienen una visa por motivos de una demanda laboral suelen ser profesionales o técnicos calificados; y su objetivo siempre es contribuir al crecimiento económico del país que aplican como parte de la competitividad internacional. Las medidas tomadas por el departamento de Ciudadanía e Inmigración del país que requiere la fuerza laboral usualmente utiliza un protocolo diseñado para que las personas con las habilidades en el puesto solicitado sea seleccionado y sea parte del éxito en la economía del país.

En la actualidad existen programas para trabajadores calificados y es parte de la clave de inmigración económica de países carentes y en necesidad de cubrir áreas profesionales o técnicas de interés para que estos inmigrantes se establezcan en la vida laboral de manera permanente.

Se espera que los candidatos que cumplan con los criterios mínimos sean aceptados y clasificados de acuerdo a factores establecidos en cada país. Estos mayormente incluyen dominio del idioma, educación y experiencia laboral. Cada uno es un indicador principal de la probabilidad de integrarse completa y rápidamente en la economía y la sociedad del país en el que se aplica.

Si el solicitante pasa el protocolo de selección calificara para la residencia permanente y la mayoría verá su solicitud procesada en un periodo menor de un año. Según indica El Global Talent Flows los países con mayor indice de invitaciones para aplicar como inmigrante calificado se encuentran Australia, Canadá, Reino Unido y Estados Unidos.

Si requiere de asistencia Legal Migratoria en HR & asociados Consultores estamos para servirle. Para obtener una consulta en nuestra oficina puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

HR & Asociados ConsultoresConsultas migratorias 809-580-1055829-941-1055
27/08/2019

HR & Asociados Consultores
Consultas migratorias
809-580-1055
829-941-1055

Nuestro abogado y/o consultor migratorio ofrece su experiencia y conocimiento para asistir al cliente en todo el proceso...
19/06/2019

Nuestro abogado y/o consultor migratorio ofrece su experiencia y conocimiento para asistir al cliente en todo el proceso de obtener una visa de inmigrante o no inmigrante con el fin de viajar a Canadá. Tramitamos los siguientes casos:

* Visa de turista.
* Visa de residencia (permanente y temporal).
* Visa de trabajo.
* Visa de estudiante.

Para obtener una consulta en nuestra oficina puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

El proceso que puede usar una persona para solicitar el estatus de residente permanente legal (también conocido como sol...
30/05/2019

El proceso que puede usar una persona para solicitar el estatus de residente permanente legal (también conocido como solicitar una Tarjeta Verde o Green Card) cuando usted está presente en Estados Unidos se le llama Ajuste de Estatus. Lo que significa que una persona puede obtener una Tarjeta Verde sin tener que regresar a su país de origen para completar el trámite de la visa.

Si usted es un familiar inmediato de un ciudadano de los Estados Unidos no tiene que esperar a que una visa esté disponible para solicitar un ajuste de estatus. antes de solicitar el ajuste de estado. De modo que:

• Si su pariente ciudadano de los EE. UU. Aún no ha presentado una Petición de residencia para un familiar extranjero y usted ingresó a los Estados Unidos legalmente, es posible que pueda presentar junto a su petición una solicitud para ajustar su estado migratorio al mismo tiempo (juntos) si usted es el cónyuge, padre o hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense.

• Si su pariente ciudadano de los EE. UU. Ha presentado una petición de residencia como pariente extranjero y cree que es elegible para ajuste de estatus en los EE. UU., puede aplicar para presentar una Solicitud para ajustar el estado migratorio con una copia del Aviso de acción (Formulario I-797) que muestra que su petición fue aprobada.

• Si su pariente ciudadano de los EE. UU. Ha presentado una Petición de residencia como pariente extranjero y aún está pendiente ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU., puede presentar una Solicitud de ajuste estatus al pagar la tarifa correspondiente e incluir una copia del Aviso de acción (Formulario I-797) que muestre que su petición de Residencia ha sido recibida en el Centro de Servicio.

• Si su pariente ciudadano de los EE. UU. ha presentado una Petición de prometido(a) extranjero, su petición primero debe ser aprobada por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. y la visa debe ser emitida por el Departamento de Estado en una embajada u oficina consular de los EE. UU. y debe haberse casado con el peticionario ciudadano de los EE. UU. dentro de los 90 días posteriores a su ingreso antes de que usted o su hijo puedan presentar una Solicitud de ajuste de estatus.

Si requiere asistencia para someter un ajuste de estatus puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

Nuestro abogado y/o consultor migratorio ofrece su experiencia y conocimiento para asistir al cliente en todo el proceso...
22/05/2019

Nuestro abogado y/o consultor migratorio ofrece su experiencia y conocimiento para asistir al cliente en todo el proceso de obtener una visa de inmigrante o no inmigrante con el fin de viajar a Estados Unidos. Tramitamos los siguientes casos:

* Visa de turista.
* Visa de residencia (permanente y temporal).
* Visa de trabajo.
* Visa de estudiante.
* Naturalización.
* Renovación de pasaporte norteamericano.
* Reporte de nacimiento en el extranjero.
* Procedimiento de perdón (waiver).

Para obtener una consulta en nuestra oficina puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

Una persona que se encuentre legalmente con una visa de no inmigrante en los Estados Unidos es elegible para solicitar u...
17/05/2019

Una persona que se encuentre legalmente con una visa de no inmigrante en los Estados Unidos es elegible para solicitar un ajuste de estatus si:

• Está físicamente presente en los Estados Unidos.
• Ha sido inspeccionado por un Oficial de Inmigración de los Estados Unidos y fue admitido o puesto en libertad condicional en los Estados Unidos.
• Una visa de inmigrante está inmediatamente disponible para usted al momento de presentar una solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
• No es inadmisible por ningún motivo en Ley de Inmigración y Nacionalidad.
• No está en una de las categorías no elegibles.
• Si ingresó a los Estados Unidos en base a la admisión como prometido de un ciudadano de los EE. UU. (Visa K-1), puede solicitar el ajuste de estatus si se casó solicitando por un ciudadano de los Estados Unidos dentro de los 90 días de su ingreso.
• Si ingresó a los Estados Unidos en base a la admisión como hijo de un prometido Visa K-1 (visa K-2), puede solicitar el ajuste del estatus en función del estado de sus padres.

Para obtener una consulta en nuestra oficina puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

Por lo general, las personas que residen en Estados Unidos pagan su propio servicio de atención médica, ya sea en forma ...
26/12/2018

Por lo general, las personas que residen en Estados Unidos pagan su propio servicio de atención médica, ya sea en forma directa o a través de un seguro. La atención médica es costosa, de modo que es una ventaja trabajar para un empleador que le ofrezca un seguro de salud o adquirir uno por cuenta propia.

Sin embargo si la persona no tiene los ingresos suficientes para obtener un seguro de salud y recibir atención médica de forma gratuita o a bajo costo puede aplicar a un programa de salud como lo es el Medicaid.

Medicaid es un programa conjunto del gobierno federal y del gobierno estatal de para personas con bajos ingresos. Cada estado tiene sus propias guías para recibir Medicaid. Medicaid paga servicios médicos, tales como las consultas médicas, los medicamentos recetados y la hospitalización.

Es posible que los residentes permanentes que llegaron a Estados Unidos antes del 22 de agosto de 1996 puedan
inscribirse en el programa de Medicaid si cumplen con ciertas condiciones.

Los residentes permanentes que llegaron a Estados Unidos el 22 de agosto de 1996, ya sea en esa fecha o en fecha posterior, posiblemente puedan inscribirse en este
programa si han vivido en Estados Unidos durante 5 años o más y cumplen con ciertas condiciones.

En HR & Asociados Consultores ofrecemos a nuestro clientes Seguro de Viaje internacional con planes multidestinos y las mejores coberturas de asistencia, ante inconvenientes de salud o accidentes que puedan presentarse durante el período de viaje.

Para adquirir su seguro de viajes contáctanos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

La categoría de preferencia patrocinada para que un familiar pueda disfrutar de un estatus legal en Estados Unidos es la...
21/12/2018

La categoría de preferencia patrocinada para que un familiar pueda disfrutar de un estatus legal en Estados Unidos es la categoría de visa de inmigrante. De modo que ciudadanos de los Estados Unidos y residentes permanentes legales pueden solicitar una visa de inmigrante bajo las regulaciones de la ley de inmigración.

Las categorías de preferencia patrocinada por la familia se divide en cuatro preferencias o grupos de inmigrantes patrocinados por la familia. Los familiares de ciudadanos de los Estados Unidos pueden clasificarse en primera, tercera o cuarta preferencia y están compuestos por los siguientes familiares:

• Primero: Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de un ciudadano de los Estados Unidos

• Tercero: Hijos e hijas casados ​​de un ciudadano de los Estados Unidos

• Cuarto: hermanos y hermanas de un ciudadano de los Estados Unidos, si el ciudadano de los Estados Unidos tiene al menos 21 años de edad.

Los familiares de residentes permanentes de los Estados Unidos solo se clasifican en la segunda preferencia y están compuestos por los siguientes familiares:

• Segundo: cónyuges e hijos, e hijos e hijas solteros (mayores de 21 años de edad) de residentes permanentes.

Para obtener una consulta puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

14/11/2018

Cada día nuestro objetivo es brindar servicios de inmigración de calidad a nuestros clientes; ya que entendemos que la manera más significativa y efectiva de servir a nuestros clientes es siendo transparente, ayudarlos a entender todas sus opciones legales, ser parte en la toma de decisiones, y guiarlos al éxito consular en cada paso del proceso. Siempre nos esforzamos por alcanzar la excelencia y estamos comprometidos a entregar los resultados para nuestro cliente con honestidad e integridad.

Para realizar una consulta puede llamarnos al 809-580-1055 o escribirnos a nuestro WhatsApp al 829-941-1055.

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Santiago De Los Caballeros
51042

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Lunes 09:30 - 18:00
Martes 09:30 - 18:00
Miércoles 09:30 - 18:00
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