27/05/2026
Un cliente nuestro que se dedica a prestar servicios profesionales, actuaba como intermediario entre un suplidor de servicios del exterior y un cliente local.
En ocasiones tenía que realizar pagos al suplidor del exterior que correspondían a gastos del cliente local sin saber el tratamiento correcto de esos gastos reembolsables para fines fiscales.
¿Esta historia te suena familiar?
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