Rodriguez Camilo & Asc.

Rodriguez Camilo & Asc. Abogados consultores-
�EXPERTOS EN SOCIEDADES COMERCIALES�
� DEMANDA CIVILES
�LABORAL
�PENAL
�INMOBILIARIO
�VENTAS Y ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES

Tu jefe te grita todos los días. Tu compañero te manda audios a las 11 PM. Eso ahora es delito.El nuevo Código Penal tip...
04/09/2026

Tu jefe te grita todos los días. Tu compañero te manda audios a las 11 PM. Eso ahora es delito.

El nuevo Código Penal tipifica el acoso laboral y el acoso sexual en el trabajo como delitos penales. Art. 143: hostigamiento reiterado 1 a 2 años de prisión. Art. 144: acoso laboral 2 a 5 años (pena aumentada por Ley 44-26). Art. 145: acoso sexual por WhatsApp o medios digitales hasta 3 años.

Aplica para empleados del sector privado y del sector público. Ningún empleador está exento. Y la ley no distingue género el acoso lo puede cometer cualquier persona sin importar su posición.

Documenta todo. Reporta por escrito. Si la empresa no actúa, tienes el Ministerio de Trabajo y el Ministerio Público de tu lado.

⚠️ Este contenido es informativo y educativo. No constituye asesoría legal. Cada caso es diferente y lo que aplica en una situación puede no aplicar en la tuya. Consulta con un abogado antes de actuar.

Etiqueta a ese compañero que lo necesita ver.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

20 llamadas al día para cobrar una deuda. Eso ahora es delito.Te llaman a las 6 AM. A las 11 PM. Le llaman a tu jefe. A ...
02/09/2026

20 llamadas al día para cobrar una deuda. Eso ahora es delito.

Te llaman a las 6 AM. A las 11 PM. Le llaman a tu jefe. A tu mamá que no debe nada. Te amenazan con embargarte todo.

Eso se llama hostigamiento. Y el nuevo Código Penal lo tipifica como delito.

Art. 121: llamadas reiteradas e intimidantes de cobro 15 días a 1 año de prisión. Art. 123: mensajes de WhatsApp y emails de cobro reiterados 2 a 5 años. Y a partir de noviembre 2026, las empresas de cobro responderán penalmente como personas jurídicas Arts. 8-11.

En RD hay casos de personas que llegaron al límite por la presión del cobro compulsivo. La ley ahora lo contempla. Si el hostigamiento provoca que alguien atente contra su vida: Art. 122, hasta 5 a 10 años.

⚠️ Importante: Este contenido es informativo y educativo. No es asesoría legal. Denunciar el hostigamiento no elimina tu deuda sigues siendo deudor. Lo que cambia es cómo te cobran. Cada caso es diferente. Consulta con un abogado antes de actuar.

Etiqueta a quien lo necesite ver.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

Ni el director, ni el padre, ni el maestro, ni el estudiante saben qué hacer ante el nuevo Código Penal.Esta publicación...
31/08/2026

Ni el director, ni el padre, ni el maestro, ni el estudiante saben qué hacer ante el nuevo Código Penal.

Esta publicación es para todos ellos.

⚠️ Antes de leer: esto es orientación general informativa, no asesoría legal. Cada caso es diferente. Lo que aplica en una situación puede no aplicar en la tuya. Consulta siempre con un abogado antes de actuar.

Para directores: actualiza el reglamento, establece protocolos, documenta todo. Para padres: si tu hijo es víctima, denuncia por escrito. Si tu hijo es el señalado, busca orientación antes de defender a ciegas. Para docentes: no renuncies, documenta todo, exige el proceso formal. Para estudiantes: habla con tus padres y el orientador, guarda las capturas, y recuerda que las consecuencias existen para todos según la edad.

Y para todos: un post de Instagram no reemplaza a un abogado.

Esta es la publicación final de la serie más viral que hemos hecho. Gracias por la confianza.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

Si eres maestro, el nuevo Código Penal también te protege a ti.Mucho se ha hablado de lo que el maestro puede hacer mal....
28/08/2026

Si eres maestro, el nuevo Código Penal también te protege a ti.

Mucho se ha hablado de lo que el maestro puede hacer mal. Poco se ha dicho de lo que la ley hace por él.

La Ley 74-25 — vigente en República Dominicana desde el 3 de agosto de 2026 — incluye herramientas legales que protegen al docente cuando es víctima de acusaciones falsas, difamación o chantaje.

⚠️ Aclaración importante: Este contenido es de carácter educativo e informativo. Los artículos mencionados son de aplicación general no fueron creados específicamente para situaciones escolares. Cada caso es diferente, y si su situación depende del contexto, las circunstancias y la evidencia disponible. Lo que aplica en un caso no necesariamente aplica en otro.

Lo que sí es claro: difamar a alguien públicamente con información falsa tiene consecuencias penales. Presentar una denuncia falsa tiene consecuencias penales. Hacer campaña en grupos de WhatsApp contra una persona basándose en rumores también puede tenerlas.

¿Eres docente y crees que esto aplica a tu situación? Consúltanos. Esta publicación es solo un punto de partida.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

*Contenido informativo. No constituye asesoría legal. *

*Para República Dominicana.*

28/08/2026
¿Tu hijo es el que molesta o el que agrede? Los dos tienen consecuencias.Que sea menor de edad no significa que no hay c...
26/08/2026

¿Tu hijo es el que molesta o el que agrede? Los dos tienen consecuencias.

Que sea menor de edad no significa que no hay consecuencias. Significa que las consecuencias son diferentes.

El hostigamiento (bullying) está tipificado como delito en la Ley 74-25, Arts. 121-123. Eso no cambia por la edad del agresor. Lo que cambia es quién juzga y cómo se sanciona.

Si el agresor es menor de edad, el caso va al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes. El juez aplica las medidas de la Ley 136-03 no las p***s del Código Penal adulto. Pero el delito existe. Y los padres responden civilmente por los daños causados.

Si tu hijo hostiga a un compañero, graba a un maestro sin permiso, publica memes con su cara o lo insulta de forma reiterada hay consecuencias. Y tú como padre también puedes ser llamado a responder.

El grupo de WhatsApp de la clase es evidencia. Las capturas de pantalla también. Y si la escuela no actúa, ella también tiene responsabilidad.

Cada caso es diferente. Lo que aplica en tu situación lo determina un abogado.

Etiqueta a ese padre que necesita leer esto.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

¿Tu hijo es el que molesta o el que agrede? Los dos tienen consecuencias.Que sea menor de edad no significa que no hay c...
26/08/2026

¿Tu hijo es el que molesta o el que agrede? Los dos tienen consecuencias.

Que sea menor de edad no significa que no hay consecuencias. Significa que las consecuencias son diferentes.

El hostigamiento (bullying) está tipificado como delito en la Ley 74-25, Arts. 121-123. Eso no cambia por la edad del agresor. Lo que cambia es quién juzga y cómo se sanciona.

Si el agresor es menor de edad, el caso va al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes. El juez aplica las medidas de la Ley 136-03 — no las p***s del Código Penal adulto. Pero el delito existe. Y los padres responden civilmente por los daños causados.

Si tu hijo hostiga a un compañero, graba a un maestro sin permiso, publica memes con su cara o lo insulta de forma reiterada — hay consecuencias. Y tú como padre también puedes ser llamado a responder.

El grupo de WhatsApp de la clase es evidencia. Las capturas de pantalla también. Y si la escuela no actúa, ella también tiene responsabilidad.

Cada caso es diferente. Lo que aplica en tu situación lo determina un abogado.

Etiqueta a ese padre que necesita leer esto.

📞 809-961-3436
📧 [email protected]

24/08/2026

Hay conductas que durante años se han normalizado y que hoy pueden tener consecuencias penales.

Durante mi participación en , por Zol 106.5 FM, conversamos sobre los llamados “piropos”, el acoso y otras conductas cotidianas que muchas personas todavía no identifican como posibles infracciones bajo el nuevo Código Penal dominicano.

La intención no es generar temor, sino algo mucho más importante: conocer dónde están los límites, prevenir conductas y entender lo que establece la ley.

Agradezco a Zoila Luna y a todo el equipo y panelistas de “Solo para Mujeres” por la invitación y por abrir este espacio de orientación jurídica para hombres y mujeres.

🎙️ Esta es una parte de nuestra conversación.
📺 La entrevista completa está disponible en el canal de YouTube de Solo para Mujeres.

Conocer la ley también es una forma de prevenir.

DerechoPenal

Dirección

Santo Domingo

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Rodriguez Camilo & Asc. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Rodriguez Camilo & Asc.:

Atajos

Compartir

Categoría