10/04/2024
En la sentencia No. 2006-18-EP/24, Protección laboral reforzada de mujeres embarazadas con nombramientos provisionales, la Corte Constitucional emite una regla general importante en relación con la vía judicial para reclamar derechos laborales de servidores públicos ante: terminación de contratos, nombramientos prov., homologación salarial, supresión de partidas, liquidaciones, etc.
Lo que garantiza un trato igualitario hacia los servidores públicos en relación con los empleados sujetos al Código del Trabajo.
Por tanto, la vía judicial prevista para esos asuntos es la justicia ordinaria y NO la constitucional.
Por lo que la vía para exigir el cumplimiento de los derechos ya no es la vía Constitucional, en caso de la terminación de un nombramiento provisional, por ejemplo, la vía según esta regla es la Ordinaria en la vía Contencioso Administrativa.
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