17/02/2016
OBLIGACIONES EN FEBRERO
Anexo de Gastos Personales: En el 2016 el Servicio de Rentas Internas habilitó la opción para que las personas naturales que están obligadas a presentar el anexo lo hagan en línea.
Hasta el año anterior, el anexo se llenaba a través del programa DIMM, ahora está disponible en la página www.sri.gob.ec, en la sección Servicios en Linea/General/Anexos, en la opción Anexo Gastos Personales en línea, a la que se accede con usuario y clave. En el 2016 todavía estarán habilitadas las dos modalidades.
La obligación es para las personas naturales que trabajan bajo relación de dependencia, tienen alguna actividad comercial, las dos modalidades, u otros ingresos gravables y sus ganancias en el 2015 fueron más de $10.800,oo o cuyos gastos deducibles superen los $5.400,oo.
Los gastos personales incluyen las compras y pagos efectuados por concepto de vivienda, alimentación, educación, salud y vestimenta de acuerdo a la siguiente tabla:
Vivienda hasta 3.150
Alimentación hasta 3.150
Vestimenta hasta 3.150
Educación hasta 3.150
Salud hasta 14.040
Pero entre todas no puede superar los 14.040 y no se puede deducir más del 50% de los ingresos gravados.
El contribuyente debe contar con el respaldo de los comprobantes de venta y presentar el anexo en Febrero de este año de acuerdo al noveno dígito de su ruc.
1 hasta el 10 Febrero
2 hasta el 12 Febrero
3 hasta el 14 Febrero
4 hasta el 16 Febrero
5 hasta el 18 Febrero
6 hasta el 20 Febrero
7 hasta el 22 Febrero
8 hasta el 24 Febrero
9 hasta el 26 Febrero
0 hasta el 28 Febrero