18/08/2021
El SRI emitió la Resolución 032, suscrita por la Directora de la Entidad, Marisol Andrade, en el que se determina ampliar el plazo de la declaración del Impuesto a la Renta (IR) para microempresarios hasta el mes de octubre de 2021. La extensión del tiempo no implicará cargos por intereses y/o multas por no declarar en julio.
Las Personas Naturales consideradas con el Régimen Impositivo para Microempresas (RIM), están obligadas a declarar el impuesto a la renta (IR) del primer semestre del 2021. Los contribuyentes deben declarar al fisco el 2% de los ingresos brutos que obtuvieron desde enero a junio del presente año, sin deducir gastos.
El SRI estableció un cronograma con las fechas máximas de vencimiento del plazo, las cuales rigen de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Quienes no cumplan con el trámite dentro de los límites determinados tendrán que pagar multas.
Fuente: Servicio de Rentas Internas