08/10/2026
¿Tiene un piso turístico o una vivienda en alquiler? El Decreto 29/2026 cambia radicalmente su tributación.
La nueva normativa de vivienda ya ha entrado en vigor e introduce dos giros fiscales decisivos para los propietarios:
🔹 Alquiler Turístico (A partir del 1 de diciembre de 2026): Pierde la exención de IVA y pasa a tributar obligatoriamente al 10%. Esto le obliga a emitir facturas y presentar liquidaciones trimestrales (Modelo 303), aunque también le permite deducir los gastos de la actividad.
🔹 Alquiler Tradicional (Renta 2026): Se aprueban nuevas bonificaciones en el IRPF que pueden alcanzar hasta el 100% de reducción en el rendimiento neto si ajusta la renta a los índices oficiales o alquila a jóvenes en zonas tensionadas.
En Esteban Asesores nos encargamos de todo para que estos cambios no afecten a su patrimonio:
💼 Gestión del IVA: Asumimos la contabilidad y presentación trimestral del IVA de su alquiler turístico a partir de diciembre.
📈 Planificación de Renta: Auditamos sus contratos de larga duración para aplicar las máximas deducciones posibles en su próxima declaración.
Ala espera de que se ratifique en la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados dentro de los 30 días posteriores a su promulgación, vaya planificando y evite sanciones por desconocimiento .
📲 Lea el análisis técnico completo en nuestro blog:
👉 https://estebanasesores.es/impacto-nuevo-decreto-vivienda-2026-fiscalidad-alquiler/
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