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Recuperación de impagosTeléfonos de contacto: 647 68 10 55

08/07/2020

⚠️Hoy 9 de Julio:entra en vigor DF 12 RDLEY 26/2020.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigilará en las empresas,con infracción grave: 2046-40.985€

✅ ventilación,limpieza y desinfección

✅ geles hidroalcohólicos

✅ 1,5 m entre trabajadores o epis

✅ evitar coincidencia masiva trabajadores ⬇️

Ya está disponible en la página de la Seguridad Social el simulador del Ingreso Mínimo Vital.
01/06/2020

Ya está disponible en la página de la Seguridad Social el simulador del Ingreso Mínimo Vital.

Simulador del Ingreso Mínimo Vital​ Bienvenido al simulador del Ingreso Mínimo Vital A través de este simulador y algunas preguntas podrás comprobar si cumples los requisitos para recibir esta prestación y sabrás el importe aproximado que te correspondería. Ten en cuenta que este simulador ...

16/03/2020

COMUNICADO DE LA OFICINA DE EMPLEO DE ARENAS DE SAN PEDRO.
PARA EVITAR EL CONTACTO FÍSICO, COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN FRENTE AL CORONAVIRUS, EL ECYL:

🔹- Renovará automáticamente todas las demandas hasta el día 31 de marzo, NO ES NECESARIO QUE ACUDA A SU OFICINA DE EMPLEO.

🔹- Resto de gestiones (altas, modificaciones, emisión de informes, ofertas, consultas…) puede hacerlas enviando un correo electrónico a [email protected] indicando:
• DNI, NOMBRE Y APELLIDOS, TELÉFONO DE CONTACTO.
• QUÉ ES LO QUE NECESITA.
o bien llamando al teléfono 920-370-071 en horario de 09:00 a 14:00

En ambos casos nos pondremos en contacto con usted para indicarle que su solicitud ha sido gestionada.

13/03/2020

La Junta de Castilla y León ha aprobado hoy en sesión extraordinaria un nuevo paquete de medidas que afectan al sector público de la Comunidad en relación al coronavirus. De igual manera se han aprobado una serie de recomendaciones al sector privado como la suspensión de actividad y cierre al público de todos los establecimientos privados de carácter comercial y de ocio ⬇️
https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284877983892/NotaPrensa/1284939616346/Comunicacion

13/03/2020

Buenos días, os comunicamos que a partir del 16 hasta el 31 de marzo, nuestra Oficina física permanecerá cerrada, pero seguiremos atendiendo a través de los teléfonos:
647681055
622255044
E-mails:[email protected]
[email protected]
Es nuestra pequeña aportación para ayudar a seguir las recomendaciones durante este periodo excepcional debido al Covid-19.

15/12/2018

Aprueba una reforma del régimen de propiedad horizontal que fija que el ejercicio de esta actividad requerirá el voto favorable de las tres quintas partes de los propiet

14/08/2018

NUEVO BENEFICIO DE TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS CON ACTIVIDAD EN MUNICIPIOS DE MENOS DE CINCO MIL HABITANTES
La Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, establece una nueva tarifa plana que incentiva el empleo autónomo en municipios con menos de 5.000 habitantes. Este beneficio es similar al de la tarifa plana tradicional, con la salvedad de que la cuota de 50 euros mensuales (o reducción del 80% si se elige una base superior a la mínima) tiene una duración de 24 meses.

La fecha de inicio de la actividad deberá ser igual o posterior al 01/08/2018 y los requisitos para el acceso a este beneficio son, además de los establecidos hasta ahora:
- Estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, según los datos oficiales del padrón en vigor en el momento del alta.
- Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios de la AEAT o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio de menos de 5.000 habitantes.

En consecuencia, los domicilios comunicados en el momento del alta deberán ser coincidentes EN DICHO MOMENTO con los registrados tanto en el padrón como en la Agencia Tributaria o Hacienda Foral a efectos del IAE.

Deberá comunicarse, en los plazos reglamentariamente establecidos, cualquier variación que pudiera producirse en los domicilios del padrón y de actividad, debiendo resultar coherente con la que figure en los padrones municipales y haciendas tributarias, respectivamente. Se informa asimismo que la ley exige para el mantenimiento del derecho continuar la actividad autónoma durante los dos años siguientes al alta, así como permanecer empadronado en el mismo municipio en los cuatro años siguientes a dicha alta. La TGSS verificará que se cumplan las condiciones establecidas y si se detectara que no se cumplen reclamará las reducciones aplicadas.

12/08/2018

NUEVA CUOTA MÍNIMA DE AUTÓNOMOS: 278,88€
La aplicación de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, ha fijado a partir del 1 de agosto una nueva base mínima de cotización para los trabajadores por cuenta propia de 932,70€, mientras que hasta el mes pasado era de 919,80€. Esta circunstancia provoca que la nueva cuota mínima de Autónomos que se cargará en cuenta a finales de este mes será de 278,88€.

16/07/2018

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizará visitas de inspección en horario especial (horas nocturnas, fin de semana y festivos) para evitar que...

14/06/2018

Representantes oficiales de la organización desmienten el hecho de que no es obligatorio darse de alta como autónomo si se generan pocos ingresos.

Dirección

Calle Triste Condesa, 3. 1°b
Arenas De San Pedro
05400

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